Tratamiento Ambulatorio Asistido (AOT): Cómo se le ordena recibir AOT

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Tratamiento Ambulatorio Asistido (AOT): Cómo se le ordena recibir AOT

Esta publicación es una hoja informativa que explica cómo se ordena el ingreso de alguien en el AOT.

Descargo de responsabilidad: Esta publicación es solo información legal y no es un consejo legal sobre su situación individual. Está vigente a la fecha de publicación. Tratamos de actualizar nuestros materiales regularmente. Sin embargo, las leyes cambian regularmente. Si desea asegurarse de que la ley no haya cambiado, comuníquese con DRC u otra oficina legal.

El Tratamiento Ambulatorio Asistido, también conocido como AOT, es un tratamiento ambulatorio por orden judicial para personas con discapacidades mentales.  

Esta publicación es una hoja informativa que explica cómo se ordena el ingreso de alguien en el AOT.

Si el condado le ha pedido al tribunal que le ordene estar en AOT, usted tiene derecho a un abogado. Si quiere un abogado, pero no tiene suficiente dinero, pida al juez que le asigne un defensor público.

Estos son los pasos para que un juez le ordene ingresar en AOT:

1.   El condado le pide al juez que le ordene el ingreso en AOT.1

  • Esto se denomina petición.
  • El condado no le puede pedir a cualquier tribunal del estado que le de la orden. Tiene que pedírselo al Tribunal Superior del condado en el que se encuentra o en el que tiene motivos para pensar que se encuentra.

2.   Una persona cercana a usted también puede pedirle al condado que solicite el AOT, pero no cualquiera puede pedirle al condado que lo haga.2

  • Cuando una persona cercana a usted le pide al condado que solicite al tribunal que le ordene el ingreso en AOT, esto no es lo mismo que una petición. Sólo se trata de una petición cuando el condado solicita al tribunal que le ordene ingresar en el AOT.
  • Sólo las siguientes personas pueden pedirle al condado que le ordene el ingreso en AOT:3
    • La persona tiene 18 años o más y vive con usted.
    • La persona es su padre, cónyuge, hermano o hijo, y tiene 18 años o más.
    • La persona es el director de una agencia pública o privada, de un centro de tratamiento, de una organización benéfica o de un centro de atención residencial con licencia en el que usted vive y recibe servicios de salud mental.
    • La persona es el director del hospital donde usted está actualmente internado.
    • La persona es su proveedor de tratamiento de salud mental o la persona que supervisa su tratamiento de salud mental.4 La persona que supervisa su tratamiento de salud mental es probablemente el supervisor de su proveedor de salud mental. La persona debe tener una licencia para proporcionar tratamiento de salud mental.
    • La persona es un oficial de policía, un oficial de libertad bajo palabra o un oficial de libertad condicional. No cualquier agente de policía, de libertad bajo palabra o de libertad condicional puede pedirle al condado que haga una petición de AOT. El oficial debe estar asignado a usted.
    • Un juez del Tribunal Superior en un caso en el que usted es parte.

3.   Cuando alguien le pide al condado que solicite el AOT, el condado tiene que investigar para ver si debe solicitar el AOT para usted.5

  • El condado no puede ignorar la solicitud de petición de la persona sin examinar si debe solicitar el AOT para usted.
  • Un proveedor de tratamiento de salud mental con licencia puede examinarlo. Sin embargo, es posible que no se le examine si el condado considera que no se le debe ordenar el AOT.
  • La evaluación por parte de un proveedor de tratamiento de salud mental autorizado es algo que el condado tiene que intentar hacer antes de solicitar el AOT para usted.6 Si usted no permite que el proveedor de tratamiento de salud mental con licencia lo evalúe, el condado aún puede solicitar que se le aplique el AOT. Esto puede suceder si el proveedor pudo haberlo evaluado e intentó hacerlo, pero usted no lo dejó.7
  • Después de la evaluación, el condado no puede esperar más de 10 días antes de realizar la petición de AOT.8 Si usted no permitió que el proveedor lo evaluara, entonces el condado no puede esperar más de 10 días antes de hacer la petición de AOT.9

4.   El condado sólo puede realizar la petición de AOT si hay razones para creer que es probable que reúna los requisitos para el AOT de acuerdo a la ley.10

  • Para obtener información sobre quiénes reúnen los requisitos para la AOT de acuerdo a la ley, puede leer la publicación sobre AOT titulada "Quién puede recibir una orden de AOT".
  • El hecho de que el condado piense que usted reúne los requisitos para el AOT y haga la petición de AOT para usted, no significa que tenga razón o que el tribunal esté de acuerdo con ellos.

5.   Si el condado realiza una petición de AOT, usted tiene derecho a un abogado.11

  • Si quiere un abogado, pero no tiene dinero para pagarlo, puede pedirle al juez que le asigne un defensor público.

6.   Después de que el condado haga la petición de AOT, el juez fijará una fecha para una audiencia en un plazo no superior a 5 días desde que el condado hizo la petición.12

  • Los sábados, domingos y días festivos no cuentan para los 5 días.
  • Se le notificará la fecha de la audiencia.
  • Para obtener información sobre la audiencia y cómo prepararse, lea la publicación titulada "Sus derechos si el condado realiza una petición de AOT y Audiencias de AOT".

7.   A menos que usted renuncie a su derecho a una audiencia, tendrá una audiencia en la que el juez decidirá si reúne los requisitos para el AOT según la ley.13

  • "Renunciar" significa que usted decide voluntariamente no estar en la audiencia. Esto puede ocurrir si usted dice que no quiere asistir, o si no se presenta después de que el tribunal intenta avisarle de la audiencia. 
  • También puede renunciar a su derecho a una audiencia de AOT y llegar a un acuerdo con el condado.14 Para obtener más información sobre los acuerdos de conciliación, puede leer la publicación llamada "Acuerdos de conciliación".
  • Si reúne los requisitos para el AOT según la ley, el juez puede ordenar que se le someta a AOT por un máximo de 6 meses.15

Para obtener más información sobre cuáles son sus derechos de tratamiento mientras está en AOT, puede leer la publicación titulada "Sus derechos de tratamiento mientras está en AOT".

Para obtener más información sobre cómo termina el AOT después de que se le haya ordenado AOT, puede leer la publicación titulada "Cómo termina el AOT".

Información Adicional

Si necesita más información o tiene preguntas puede:

  • Consultar a su abogado. Si el condado le ha pedido (peticionado) al tribunal que le ordene estar en AOT, usted tiene derecho a un abogado. Si quiere un abogado, pero no tiene suficiente dinero, pida al juez que le asigne un defensor público.
  • Póngase en contacto con el Defensor de Derechos del Paciente de su condado. Para encontrar al Defensor de los Derechos del Paciente de su localidad, llame al (916) 504-5810 y pregunte por el Defensor de los Derechos del Paciente local o haga clic en este enlace: https://www.disabilityrightsca.org/post/patients-rights-advocacy-directory.
  • Llame a Disability Rights California al 1-800-776-5746.
  • 1. CÓDIGO DE BIENESTAR E INSTITUCIONES § 5346(b)(1). Todas las secciones del código citadas a continuación son del Código de Bienestar e Instituciones.
  • 2. § 5346(b)(2).
  • 3. § 5346(b)(2)(A)-(G).
  • 4. § 5346(b)(2)(E).
  • 5. § 5346(b)(3).
  • 6. § 5346(b)(5)(A).
  • 7. § 5346(b)(5)(B).
  • 8. § 5346(b)(5)(A).
  • 9. § 5346(b)(5)(B).
  • 10. § 5346(b)(3).
  • 11. § 5346(c).
  • 12. sección 5346(d)(1).
  • 13. § 5346(d)(5)(B).
  • 14. § 5347(b)(1).
  • 15. § 5347(b)(1).