Paquete informativo de la audiencia de servicios de relevo del centro regional

Publications
#7136.02

Paquete informativo de la audiencia de servicios de relevo del centro regional

Los cuidados de relevo son un servicio que presta una persona para cuidar a los clientes del centro regional que viven en el hogar familiar. Este servicio permite a los miembros de la familia descansar de las responsabilidades de cuidar a alguien o disponer de tiempo para hacer otras cosas. Los servicios de relevo los financia el centro regional y pueden prestarse en el hogar o en un entorno alternativo aprobado.

Descargo de responsabilidad: Esta publicación es solo información legal y no es un consejo legal sobre su situación individual. Está vigente a la fecha de publicación. Tratamos de actualizar nuestros materiales regularmente. Sin embargo, las leyes cambian regularmente. Si desea asegurarse de que la ley no haya cambiado, comuníquese con DRC u otra oficina legal.

Capítulo 1 – Introducción

Los cuidados de relevo son un servicio que presta una persona para cuidar a los clientes del centro regional que viven en el hogar familiar. Este servicio permite a los miembros de la familia descansar de las responsabilidades de cuidar a alguien o disponer de tiempo para hacer otras cosas. Los servicios de relevo los financia el centro regional y pueden prestarse en el hogar o en un entorno alternativo aprobado.

Desde el 1 de enero de 2018, no hay límites en el tiempo para los servicios de relevo que puede recibir, por lo que puede tener derecho a percibir más horas de las que está recibiendo en la actualidad. Para obtener más información, consulte la directiva del programa dirigida a los centros regionales en relación con la derogación de las restricciones a los servicios de relevo según la sección 4686.5 del Código de Bienestar e Instituciones (WIC, Welfare and Institutions Code), disponible en inglés y español en https://www.dds.ca.gov/wp-content/uploads/2019/02/SupportSvcs_RespiteEnglish_20190215.pdf . Su necesidad de recibir servicios de relevo se trata en la reunión de su Plan de Programa Individual (IPP, Individual Program Plan).

Según nuestra experiencia, a los clientes de los centros regionales y a sus familias se les suele negar el número de horas y el tipo de servicios de relevo que necesitan. Por ejemplo, es posible que los servicios deban incluir cuidados de relevo de comportamiento o de enfermería. En este paquete se describen las responsabilidades de los centros regionales a la hora de ofrecer servicios de relevo y cómo apelar una denegación, finalización o reducción del relevo.

EL PROCESO DEL IPP

Como ocurre con todos los servicios del centro regional, el relevo se autoriza a través del proceso del Plan de Programa Individual (IPP, Individual Program Plan).

Debe estar preparado para documentar su necesidad de relevo en la reunión del IPP. Una dificultad para demostrar la necesidad del servicio es que las necesidades y razones de cada persona son diferentes. La necesidad puede estar causada principalmente por el tipo y la gravedad de su discapacidad, sus comportamientos o sus necesidades médicas, o puede estar causada por otras necesidades familiares. Por ejemplo, si se trata de una familia monoparental, la salud de alguno de los padres, el número de otros niños en la familia que necesitan cuidados, el trabajo y otras exigencias. Por lo general, el tiempo de relevo necesario lo determinará una combinación de factores.

Los centros regionales a menudo utilizan directrices de “compra de servicio” (POS, Purchase of Service) para decidir el tiempo de relevo que se puede obtener. Los coordinadores de servicios de los centros regionales utilizan las directrices para saber cuánto relevo suelen recibir las personas. Sin embargo, estas directrices no pueden utilizarse para decidir el tiempo real de relevo que se obtiene. La Ley Lanterman (Lanterman Act) dice que los servicios deben adaptarse a las necesidades de cada persona. Las directrices de POS también deben tener excepciones a las cantidades generales de servicio. El equipo del IPP debe tomar en consideración las circunstancias y necesidades de su familia antes de decidir cuántas horas de servicios de relevo le corresponden. Puede pedir a su centro regional una copia de las directrices, incluidas las excepciones, o puede obtenerlas en la página web del centro regional. Puede solicitar una excepción a su centro regional.

Si su solicitud de relevo es inusual, analícela primero con el coordinador de servicios de su centro regional y pídale que invite a la reunión a las personas pertinentes. La ley establece que en la reunión del IPP debe estar presente una persona del centro regional “responsable de tomar decisiones” (decision maker), con autoridad para aceptar o rechazar su solicitud. Si no se llega a un acuerdo en la reunión, la ley estipula que el centro regional debe programar una segunda reunión en un plazo de 15 días, si usted lo solicita o si el equipo de planificación así lo acuerda. Una vez más, debe estar presente en la reunión una persona del centro regional con autoridad para aceptar su solicitud. Al programar la reunión, es útil solicitar que acuda una persona responsable de tomar decisiones.

Si el equipo del IPP está de acuerdo con los servicios de relevo, usted deberá firmar el documento del IPP antes de que estos puedan comenzar. Si usted está de acuerdo con algunas cosas pero no con otras, escriba en el IPP con qué servicios está de acuerdo y con cuáles no. A continuación, firme el IPP para que los servicios acordados puedan entrar en vigor.

Acuda a la reunión preparado para explicar todas las razones por las que necesita el número de horas de relevo que solicita. El relevo, al igual que el resto de servicios del centro regional, es un derecho. Eso significa que el centro regional no puede negarle los servicios de relevo que necesita porque no disponga de fondos suficientes o porque considere que otros servicios son más importantes. Eso no significa que usted obtenga los servicios de relevo que desea. Sin embargo, usted tiene derecho a obtener los servicios de relevo que pueda demostrar que necesita. Intente demostrar su necesidad de recibir los servicios de relevo en una reunión del IPP explicando claramente su necesidad. Puede utilizar ejemplos de por qué necesita el relevo y presentar cartas, documentos y aportar el testimonio de otras personas que puedan ayudar a establecer su necesidad de relevo.

Puede solicitar una audiencia imparcial si no está de acuerdo con una denegación, finalización o reducción del servicio de relevo que cree que necesita del centro regional. Una audiencia imparcial no es lo mismo que un tribunal, pero es importante que esté preparado. Las audiencias imparciales suelen celebrarse en una sala del centro regional o en algún lugar cercano. El juez recibe el nombre de “juez de derecho administrativo” (ALJ, Administrative Law Judge).

Capítulo 2 – El proceso de la audiencia imparcial

Aviso adecuado

Si el centro regional quiere denegar, reducir o poner fin a los servicios de relevo, deberá programar una reunión del IPP. Usted tiene derecho a recibir un aviso de acción (NOA, Notice of Action) por escrito si el centro regional dice “no” a lo que usted desea. Si el centro regional se niega a concederle el número de horas que usted cree que necesita, tiene derecho a recibir un NOA por escrito en un plazo de cinco días después de la reunión. El NOA explica por qué el centro regional deniega los servicios de relevo que desea, cómo solicitar una audiencia imparcial, los pasos de la audiencia y los plazos. Los centros regionales a veces no les informan a usted y a su representante sobre el derecho a un NOA y el proceso de apelación. Es posible que tenga que solicitar un NOA por escrito si el centro regional no se lo ha proporcionado.

Para que sea adecuado, el NOA debe indicarle qué planea hacer el centro regional y qué leyes les permiten hacerlo. Esta información también le ayudará a decidir si apela y a prepararse para la audiencia imparcial. El NOA debe indicar:

  • lo que hará el centro regional;
  • por qué lo va a hacer el centro regional;
  • cuándo lo va a hacer el centro regional;
  • la ley, norma o política que les permite hacerlo;
  • cómo y dónde presentar una apelación;
  • los plazos para presentar una apelación;
  • qué ocurre en el proceso de apelación;
  • cómo revisar los expedientes del centro regional y
  • dónde obtener ayuda de defensa.

Una vez que reciba el NOA, deberá decidir si va a presentar una apelación para intentar obtener los servicios de relevo que necesita.

Solicitud de una audiencia imparcial

Solo dispone de 60 días para solicitar una audiencia imparcial después de la fecha en que reciba el NOA por escrito de la decisión o acción con la que no está de acuerdo. Si actualmente está recibiendo el servicio de relevo, pero el centro regional quiere reducir o cancelar sus horas, debe presentar la apelación en un plazo de 30 días a partir de la fecha en que reciba el NOA. De este modo, seguirá recibiendo las horas de relevo durante el proceso de apelación.

Si incumple el plazo de 60 días porque no recibió un NOA adecuado, o porque no recibió un NOA, debe solicitar una audiencia imparcial inmediatamente. Si el centro regional deniega, reduce o cancela el servicio de relevo sin avisarle, aún puede apelar; no necesita un NOA para apelar.

Para solicitar una audiencia imparcial, llene el formulario de solicitud de audiencia imparcial que el centro regional le envió con su NOA, el cual también puede obtenerse en:

https://www.dds.ca.gov/general/appeals-complaints-comments/fair-hearings-complaint-process/ Si no puede acceder al formulario en línea, póngase en contacto con nosotros. Entregue su solicitud de audiencia imparcial al Departamento de Servicios de Desarrollo (DDS, Department of Developmental Services) y quédese con una copia. El DDS entregará su solicitud al centro regional y a la Oficina de Audiencias Administrativas (OAH, Office of Administrative Hearings). La OAH no acepta documentos por fax. Puede enviar los documentos por correo a la OAH o ponerse en contacto con ellos para obtener más información sobre cómo enviar los documentos electrónicamente. Hay más información sobre cómo enviar documentos electrónicamente en el sitio web de la OAH: https://www.dgs.ca.gov/OAH/Services/Page-Content/Office-of-Administrative-Hearings-Services-List-Folder/File-or-Upload-OAH-Case-Documents?search=file%20electronic.

Seguir recibiendo sus servicios de relevo mientras apela (“pago de ayuda pendiente de la celebración de la audiencia”)

Si el centro regional intenta cambiar los servicios de relevo que ya recibe, tiene derecho a seguir recibiéndolos sin cambios mientras apela. Debe apelar en un plazo de 30 días a partir de la fecha en que recibió su NOA para evitar que se cambien sus servicios de relevo. Esto se conoce como pago de ayuda pendiente de la celebración de la audiencia (aid paid pending).

Reunión informal

Cuando presente el formulario de solicitud de audiencia imparcial, puede solicitar una reunión informal y/o una mediación antes de la audiencia. La reunión informal es un encuentro entre usted (y su representante, si tiene uno) y un administrador del centro regional. El objetivo es resolver el problema. Esta es su oportunidad para reunirse con el centro regional y convencerlos de que le concedan el servicio de relevo que necesita. No tiene obligación de celebrar una reunión informal. Si solicita una reunión informal, el centro regional debe convocarla en un plazo de 10 días a partir de la recepción de su solicitud de audiencia imparcial, a menos que acuerde otra fecha.

El centro regional debe enviarle una decisión por escrito en un plazo de cinco días hábiles después de la reunión informal. La decisión por escrito debe enumerar los asuntos tratados en la reunión. La decisión debe indicar la decisión del centro regional sobre cada asunto, los hechos que justifican cada decisión y las leyes, reglamentos y políticas que el centro regional utilizó para decidir.

Si está de acuerdo con la decisión del centro regional después de la reunión informal, usted puede retirar su solicitud de audiencia imparcial para renunciar a esta. Para ello, llene el formulario de “Notificación de resolución” (Notification of Resolution) que le entregue el centro regional. Este formulario también está disponible en:

https://www.dds.ca.gov/general/appeals-complaints-comments/fair-hearings-complaint-process/ La decisión entrará en vigor 10 días después de que el centro regional reciba el formulario de “Notificación de resolución”. Si no puede acceder al formulario en línea, póngase en contacto con nosotros.

Si no está de acuerdo con la decisión del centro regional después de la reunión informal, puede continuar con la mediación programada o con una audiencia imparcial. No tiene obligación de aceptar la decisión del centro regional.

Mediación

También puede solicitar una mediación. La mediación es una reunión en la que un mediador independiente y capacitado de la Oficina de Audiencias Administrativas (OAH, Office of Administrative Hearings) se reúne con usted y un representante del centro regional. El mediador intenta encontrar puntos en común y nuevas soluciones. A veces, el mediador puede reunirse con cada parte por separado para resolver el problema. El mediador no tiene poder para imponer un acuerdo. Si se llega a un acuerdo, firman un documento de acuerdo y el proceso de apelación se detiene. Si no se llega a un acuerdo, se procede con la audiencia imparcial.

Si usted solicita la mediación, el centro regional debe participar en ella. Usted no tiene obligación de celebrar primero una reunión informal si no lo desea.

La mediación es un paso importante y animamos a las familias a que asistan a la mediación antes de recurrir a una audiencia. Suele ser una buena idea porque les da a usted y al centro regional otra oportunidad de llegar a un acuerdo; sin embargo, lleva su tiempo. Esté preparado para hacer concesiones y piense de forma creativa cómo puede resolver la situación. Por ejemplo, si necesita disponer de los servicios de relevo durante determinados meses más que otros, el centro regional puede proporcionarle un bloque de horas de relevo durante seis meses que podrá utilizar en función de sus necesidades.

Si no se llega a un acuerdo en la mediación, cualquier oferta de compromiso seguirá siendo confidencial y ni usted ni el centro regional podrán utilizarla contra la otra parte en la audiencia imparcial.

Incluso si la mediación no funciona, dispondrá de más información sobre los argumentos del centro regional. Esa información puede ayudarle a prepararse para la audiencia imparcial. Si cree que no hay esperanzas de llegar a un acuerdo, puede decidir NO recurrir a la mediación. Esto se conoce como “renuncia a la mediación” (waiving mediation). No obstante, muchas personas convencidas de que no llegarán a un acuerdo lo logran con la mediación. Si usted o el centro regional renuncian a la mediación, asegúrese de estar preparado para su audiencia imparcial. Es posible que su audiencia se programe en una fecha más temprana si no recure primero a la mediación.

Mociones

Una moción es una solicitud para que un juez de la Oficina de Audiencias Administrativas decida algo antes de la audiencia imparcial. Algunos ejemplos de mociones incluyen la del pago de ayuda pendiente de celebración de audiencia, porque el centro regional puede haber dejado de prestar los servicios, una moción de aplazamiento de la fecha de audiencia o mociones sobre citaciones. Usted puede presentar mociones. El centro regional también puede presentar mociones.

Algunos centros regionales han presentado mociones para desestimar un caso. Una moción para desestimar un caso pide a un ALJ que no permita la celebración de la audiencia imparcial porque usted no tiene derecho a esta. Este tipo de moción es poco frecuente, además de ser contrario a la ley, la cual garantiza su derecho a una audiencia imparcial. La excepción se presenta cuando no existe una cuestión de hecho, por ejemplo, de estipularse por ley que ya nadie tiene derecho a un determinado servicio, independientemente de las necesidades.

Audiencia imparcial

El último paso del proceso de apelación es la celebración de la audiencia imparcial. Se celebra en un plazo de 50 días después de su solicitud de audiencia imparcial, a menos que usted o el centro regional soliciten un aplazamiento (más tiempo). La audiencia imparcial se celebra ante un juez de derecho administrativo (ALJ, Administrative Law Judge) de la Oficina de Audiencias Administrativas (OAH, Office of Administrative Hearings). En la audiencia imparcial, el centro regional debe presentar primero su caso. El ALJ dictará una resolución por escrito unos 10 días después de la audiencia imparcial.

Aplazamiento (prórroga)

Tanto usted como el centro regional pueden pedir a la OAH un aplazamiento de la fecha de la mediación o de la audiencia imparcial. No necesita tener una buena razón para pedir un aplazamiento la primera vez que lo solicite, pero cualquier solicitud adicional debe ser por “causa justificada” para que la OAH se la conceda. “Causa justificada” significa por buena razón. Una “causa justificada” puede ser que un testigo importante no esté disponible en la fecha de la audiencia imparcial, una enfermedad, una emergencia o la muerte de un pariente cercano.

Para aplazar la fecha de la audiencia imparcial, presente una “Moción de aplazamiento de la audiencia y exención de tiempo” (Motion for Continuance of Hearing and Waiver of Time). El formulario para presentar la moción puede obtenerse en el siguiente enlace:

https://www.dgs.ca.gov/-/media/Divisions/OAH/Forms/GJ-Forms/OAH24.pdf?la=en&hash=BEB591E13540FF3FC99D4B5238528704384F7546 Si no puede acceder al formulario en línea, póngase en contacto con nosotros.

En el formulario hay un espacio en el que debe explicar la razón por la que necesita aplazar la audiencia imparcial, si no se trata de su primera solicitud. También puede adjuntar cualquier documento que avale su necesidad de aplazamiento.

En el formulario se le indica que llame al representante del centro regional y le pregunte si acepta aplazar la audiencia imparcial. En el espacio para dicho fin del formulario, escriba el nombre y el número de teléfono de la persona del centro regional con la que habló. Indique en el formulario si la persona ha accedido o se ha opuesto al aplazamiento.

Usted o su representante deben firmar la sección titulada “Renuncia al plazo establecido por la ley para la audiencia imparcial y la decisión de la Ley Lanterman” (Waiver of the Time Set by Law for Lanterman Act Fair Hearing and Decision). Para que se le conceda un aplazamiento, debe aceptar “renunciar” a los plazos de la audiencia. Esto significa que está de acuerdo con que la audiencia imparcial se celebre más de 50 días después de que el centro regional haya recibido su solicitud de audiencia imparcial.

Envíe el formulario de aplazamiento llenado a la OAH. La OAH no acepta documentos por fax. Puede enviar los documentos por correo a la OAH o ponerse en contacto con ellos para obtener más información sobre cómo enviar los documentos electrónicamente.

Si no tiene tiempo suficiente para enviar una moción de aplazamiento por escrito, puede intentar llamar a la OAH y solicitar un aplazamiento por teléfono.

Renuncia sin perjuicio

Si se deniega su solicitud de aplazamiento o prórroga de la fecha de la audiencia, o si no está preparado para acudir a la audiencia imparcial, puede solicitar renunciar a la audiencia imparcial “sin perjuicio”. Esto significa que si renuncia a la audiencia imparcial, su derecho a apelar este asunto más adelante no se verá afectado. Es mejor renunciar sin perjuicio que acudir a la audiencia sin estar preparado. La OAH le exige que llene el formulario de Notificación de resolución. El formulario puede obtenerse en el siguiente enlace: https://www.dds.ca.gov/wp-content/uploads/2019/05/DS1804_SP.pdf Si no puede acceder al formulario en línea, póngase en contacto con nosotros. Consulte el apéndice E para ver un modelo de carta para renunciar sin perjuicio.

Consolidación

La consolidación es cuando un mismo ALJ preside al mismo tiempo dos o más de sus casos de relevo. Usted puede solicitar la consolidación. La OAH también puede consolidar sus casos de relevo. Si no está de acuerdo, usted puede negarse. El ALJ decidirá si consolida sus casos de relevo basándose en la ley y en las circunstancias de estos.

Intérpretes

Si usted o un testigo necesitan un intérprete, póngase en contacto con la OAH inmediatamente. También puede indicar que necesita un intérprete en el formulario de solicitud de audiencia imparcial. La OAH le proporcionará un intérprete certificado sin costo alguno.

Accesibilidad del lugar de celebración de la audiencia

La mayoría de las audiencias imparciales se celebran en el centro regional. Los lugares de celebración de las audiencias deben ser accesibles para las personas con discapacidades. Consulte a la OAH con antelación para asegurarse de que el lugar es accesible. Si una persona con discapacidad necesita una adaptación razonable para asistir a la audiencia imparcial, póngase pronto en contacto con la OAH para que puedan hacer los arreglos necesarios.

Cómo conseguir un juez diferente

Infórmese sobre su juez (ALJ) antes de la audiencia imparcial. Es posible que pueda conseguir un ALJ diferente, si el que se le ha asignado tiene antecedentes de parcialidad o prejuicios. Para ello, presente una moción para recusar (apartar) al ALJ. En el Apéndice B se incluye un modelo de moción para realizar esta solicitud.

Para encontrar información sobre el ALJ asignado a su caso, consulte el sitio web de la OAH en: https://www.dgs.ca.gov/OAH/Case-Types/General-Jurisdiction/GJ-Calendar (calendario de jurisdicción general) e introduzca el número de su caso. El ALJ se asignará cerca de la fecha de la audiencia imparcial. A continuación, vaya a: https://www.dgs.ca.gov/OAH/Case-Types/General-Jurisdiction/Resources/DDS-Decisions y escriba el nombre del ALJ. Verá una lista de los casos que el ALJ ha resuelto. Lea algunos casos para ver si desea que este ALJ decida el suyo. De no ser así, presente una moción para recusar al ALJ y envíela a la OAH con su información de contacto. Si no obtiene respuesta de la OAH, llámelos antes de la audiencia imparcial para averiguar si se ha concedido su petición. Lo normal es que accedan a la petición.

Capítulo 3 – Prepararse para la audiencia imparcial

Determinación de su fundamento legal

Su fundamento legal es la legislación y los hechos en los que se basa para demostrar que reúne los requisitos para recibir el número de horas de relevo que solicita. Para preparar su fundamento legal:

  • Estudie la legislación que respalda su posición. Puede encontrar parte de la legislación en el Apéndice D: Modelo de escrito de audiencia del solicitante, en la página 36 bajo el epígrafe IV. LEGISLACIÓN APLICABLE.
  • Busque y lea decisiones anteriores sobre audiencias imparciales en el siguiente enlace: https://www.dgs.ca.gov/OAH/Case-Types/General-Jurisdiction/Resources/DDS-Decisions. Busque la palabra clave “respite” (relevo) para ver únicamente los casos sobre ese asunto.

Es posible que el centro regional le diga que no puede obtener servicios de relevo porque tiene horas de cuidados de enfermería o de Servicios de Apoyo en el Hogar (IHSS, In-Home Supportive Services). Sin embargo, eso no es necesariamente cierto. Estas horas de servicio solo pueden considerarse de relevo si satisfacen todas sus necesidades de cuidados de relevo. El relevo que reciba no puede reducirse porque tenga horas de cuidados de enfermería o de IHSS. Los cuidados de enfermería y los IHSS son servicios diferentes con fines diferentes.

Preparar las pruebas

Las pruebas son los hechos que respaldan su reclamación sobre los servicios de relevo. Las pruebas pueden incluir documentos y declaraciones de testigos. Utilice únicamente las pruebas que sean pertinentes. Las pruebas son pertinentes si ayudan a demostrar que tiene derecho a recibir los servicios de relevo que el centro regional le denegó, redujo o quitó.

Recopilación de pruebas por escrito (documentos)

Reúna todas las pruebas por escrito que respalden su fundamento legal. Algunas de estas pruebas son:

  • una descripción del servicio de relevo;
  • su IPP en el que se describan los objetivos del servicio de relevo;
  • informes o evaluaciones que acrediten la necesidad del servicio de relevo;
  • informes de progreso del proveedor del servicio de relevo;
  • declaraciones del personal o de otras personas sobre el servicio de relevo;
  • solicitudes anteriores de servicios de relevo; y
  • cualquier otro documento que acredite su necesidad del servicio de relevo.

Puede solicitar expedientes a escuelas, proveedores de atención médica y organismos gubernamentales que puedan tener información útil. No espere para solicitar los expedientes. Reunir estos documentos suele llevar más tiempo del que usted cree.

Puede pedir a las personas que le conocen que escriban cartas o declaraciones. Un ALJ puede valorar más la información aportada por una persona que asista a la audiencia imparcial como testigo que la aportada por una persona que escriba una carta o una declaración.

Tiene derecho a ver cualquier registro que figure en el expediente de su centro regional, incluidos los registros que el centro regional haya obtenido de entidades o personas externas. El centro regional debe darle acceso a sus expedientes en un plazo de tres días hábiles después de que usted solicite verlos. El centro regional también debe ayudarle a comprender sus expedientes. Si el expediente del centro regional contiene documentos que ayuden a probar su caso, inclúyalos en sus pruebas. No dé por hecho que el ALJ dispondrá de ellos porque los tiene el centro regional. El ALJ solo ve los documentos que usted y el centro regional presentan como pruebas.

Consulte las políticas, directrices y excepciones del centro regional relativas a la compra de servicios (POS, Purchase of Service) para el relevo. Pueden estar publicadas en la página web de su centro regional o puede llamar al centro regional y pedir una copia. Si las directrices son útiles para su caso, inclúyalas en sus pruebas.

Envíe un citatorio a una agencia para que aporte sus expedientes para la audiencia imparcial. Un "citatorio duces tecum" (subpoena duces tecum) obliga a una agencia a aportar los expedientes que posea y a verificar ante el ALJ que los documentos o expedientes no han sido modificados. Puede solicitar que la agencia lo haga mediante una declaración por escrito o mediante un testimonio oral. El formulario del citatorio para la audiencia imparcial del centro regional puede obtenerse aquí: https://www.dgs.ca.gov/OAH/Case-Types/General-Jurisdiction/Forms/Page-Content/DDS-Forms Si no puede acceder al formulario en línea, póngase en contacto con nosotros.

Preparar a los testigos

El testimonio de un testigo también es un tipo de prueba. Es necesario citar a los testigos, si no acceden a declarar y sus testimonios son útiles para su caso. Un citatorio es una orden legal que les obliga a asistir a la audiencia imparcial para testificar. Cite a los testigos y pídales que testifiquen tan pronto como le comuniquen la fecha de la audiencia imparcial para que estén disponibles. El formulario del citatorio puede obtenerse aquí:

https://www.dgs.ca.gov/OAH/Case-Types/General-Jurisdiction/Forms/Page-Content/DDS-Forms Si no puede acceder al formulario en línea, póngase en contacto con nosotros.

Piense en lo que quiere que el ALJ averigüe con el testimonio de sus testigos. Escriba las preguntas a sus testigos con antelación. Repase estas preguntas con los testigos para asegurarse de que comprenden lo que se les pregunta. A veces es necesario reformular la pregunta para que el testigo la comprenda. Si descubre que la respuesta no le ayuda, no haga la pregunta en la audiencia imparcial.

Prepárese también para testificar; usted es su mejor testigo y el de su hijo/a. Prepárese para hablar de por qué necesita los servicios de relevo. Diga por qué otros servicios no han tenido éxito o no están disponibles. Dé ejemplos útiles de por qué necesita el servicio de relevo.

Testigos legos

Los testigos legos (no expertos) pueden reforzar los argumentos que usted presente. Los testigos legos pueden testificar sobre hechos que conocen de usted, así que piense en quién le conoce mejor. Los miembros de la familia suelen ser una buena opción, al igual que los cuidadores actuales o anteriores, los vecinos y los proveedores de servicios. Elija testigos legos de quienes se perciba objetividad e imparcialidad ante el ALJ. Los testigos legos pueden aportar la información práctica y realista, y las historias que solo pueden ofrecer aquellos que le conocen bien.

Intercambio de la lista de testigos y pruebas

Al menos dos días hábiles antes de la audiencia imparcial, usted y el centro regional deben intercambiar información sobre las pruebas que utilizarán en la audiencia.

El centro regional tiene que darle a usted y a la OAH lo que se llama una declaración de posición (position statement) dos días hábiles antes de la audiencia. La declaración de posición debe presentarle los hechos y las razones de la decisión del centro regional, incluir información sobre los testigos de la audiencia y los documentos que utilizarán en esta. La declaración de posición también debe estar en su idioma o en el de su representante autorizado.

Usted no tiene la obligación de preparar una declaración de posición si no lo desea, pero 2 días antes de la audiencia tendrá que entregar al centro regional una lista de testigos y cómo le conocen, así como una copia de cualquier evaluación o informe profesional que piense utilizar para probar su caso. Si quiere utilizar otros documentos de prueba, puede entregárselos a la OAH y al centro regional en cualquier momento antes de que comience la audiencia o al inicio de esta.

El ALJ puede impedir que usted o el centro regional presenten documentos y testigos que una parte no haya entregado o notificado a la otra dos días hábiles antes de la audiencia imparcial. El día de la audiencia imparcial, lleve tres copias de estos documentos: una para usted, otra para el ALJ y otra para que los testigos la consulten cuando testifiquen.

Capítulo 4 – Durante y después de la audiencia imparcial

Llegue a la audiencia imparcial con tiempo de sobra. La audiencia imparcial puede ser un proceso largo, así que lleve agua y refrigerios. Lleve papel y bolígrafo para tomar notas.

Alegato inicial

Presente un alegato inicial. El alegato inicial no es obligatorio, pero ayuda a explicar al ALJ de qué trata la audiencia. Su alegato inicial debe describir el servicio de relevo que solicita y por qué. Debe incluir la legislación que respalda su solicitud. Descríbase a sí mismo o a su hijo/a para que el ALJ entienda lo que usted o su hijo/a necesitan. Su alegato inicial debe ser un breve resumen de su caso. El centro regional presentará primero su alegato inicial. Acto seguido, usted presentará el suyo.

Interrogar a los testigos

Testigos de los centros regionales

Primero declararán los testigos del centro regional. Usted puede hacer preguntas al testigo del centro regional después de que el centro regional haya terminado de hacer las suyas. Esto se conoce como “contrainterrogatorio” (cross-examination). Sus preguntas deben servir para demostrar que el testigo no comprende algo, ha olvidado hechos o está equivocado. También puede hacer preguntas que pongan de manifiesto que un testigo se está poniendo de parte de alguien, está cambiando lo que dijo antes o puede no estar diciendo la verdad. Puede hacer preguntas que demuestren que el testigo del centro regional no conoce bien a su hijo/a o no conoce las circunstancias de su familia. También puede hacer preguntas que demuestren que el testigo del centro regional hizo suposiciones inexactas o que se basa en una norma o política arbitraria para determinar su necesidad de recibir servicios de relevo y no en una interpretación individualizada.

Preste mucha atención mientras declaran los testigos del centro regional. Podría percatarse de algún punto débil que pueda plantear más tarde durante el contrainterrogatorio. De no ser así, limítese a formular las preguntas de contrainterrogatorio que escribió antes de la audiencia. No es buena idea hacer una pregunta si no conoce la respuesta de antemano, a menos que piense que la respuesta más probable será muy favorable a su argumento.

Sus propios testigos

A continuación, usted hará preguntas a sus propios testigos. Esto se conoce como “interrogatorio directo” (direct-examination). Los testigos solo deben hablar de cosas que hayan hecho, visto u oído ellos mismos.

Haga preguntas concisas, sencillas y claras.

Además de presentar su argumento principal, puede hacer preguntas a sus testigos para refutar cosas que hayan dicho los testigos del centro regional. Por lo demás, limítese a hacer las preguntas que preparó antes de la audiencia. Puede hacer preguntas de seguimiento si la respuesta de su testigo no es clara.

El centro regional tendrá la oportunidad de contrainterrogar a sus testigos. El ALJ también puede hacer preguntas a los testigos. Después de que el centro regional haya contrainterrogado a su testigo, usted tendrá la oportunidad de hacerle más preguntas. Esto se conoce como “redirigir el interrogatorio” (redirect examination). Puede pedirle a su testigo que aclare o reformule cualquier cosa negativa que haya podido surgir durante el contrainterrogatorio.

Alegato final/Escrito de audiencia

Durante la audiencia imparcial, puede percatarse de que el ALJ no dispone de toda la información para tomar una buena decisión. De ser así, puede pedir al ALJ que “mantenga el acta abierta”. El ALJ puede o no acceder a ello. Si acepta mantener el acta abierta, permitirá a ambas partes entregar al ALJ más documentos e información después de la audiencia.

Por lo general, el ALJ pedirá un alegato final al concluir la audiencia imparcial para resumir las pruebas. Recapitule lo que presentó en la audiencia imparcial y reafirme su postura de que tiene derecho a recibir el servicio de relevo. A veces, ambas partes acuerdan presentar un escrito de audiencia final, en lugar de un alegato final oral. Esta opción le permite reflexionar sobre todos los testimonios antes de resumir su argumentación. El escrito de audiencia debe incluir la información y los hechos que ha presentado y exponer la legislación que respalda su caso de relevo. Si el ALJ mantuvo abierta el acta después de la audiencia y permitió aportar más pruebas, puede incluirlas en su escrito de audiencia. En el Apéndice D se incluye un modelo de escrito de audiencia.

Después de la audiencia imparcial

Después de su audiencia imparcial, el ALJ tiene 10 días hábiles para dictar por escrito su fallo. El fallo debe dictarse en un plazo no superior a 80 días desde que usted solicitó su apelación. El fallo del ALJ debe:

  • estar redactado en un lenguaje sencillo y cotidiano;
  • estar traducido a su idioma de preferencia;
  • incluir un resumen de los hechos;
  • incluir una exposición sobre las pruebas que el ALJ utilizó para decidir;
  • incluir una decisión sobre cada cuestión o pregunta de la solicitud de audiencia y presentada durante la audiencia; e
  • indicar las leyes, reglamentos y políticas que respaldan la decisión del ALJ.

Si no está de acuerdo con la decisión de la audiencia imparcial, tiene dos opciones.

En primer lugar, puede solicitar una reconsideración si cree que la decisión incurrió en errores de hecho o de derecho. Puede solicitar la reconsideración en un plazo de 15 días después de la decisión. Un funcionario de audiencias diferente revisará su solicitud. La decisión de conceder o denegar su solicitud de reconsideración se tomará en un plazo de 15 días.

En segundo lugar, puede apelar ante el tribunal superior de su condado. Debe apelar en un plazo de 180 días después de recibir la decisión de la audiencia imparcial. Se trata de un proceso complicado y probablemente necesitará un abogado. Para obtener más información sobre este proceso, consulte el capítulo 10 del documento Derechos protegidos conforme a la Ley Lanterman: https://rula.disabilityrightsca.org/es/rula-book/capitulo-10-apelaciones-y-reclamos-desacuerdos-con-centros-regionales-centros-de-desarrollo-o-proveedores-de-servicios/

Apéndice

Apéndice B: Modelo de solicitud de cambio de juez

Publicación núm. 7136.02 Apéndice-B (pdf)

Apéndice C: Modelo de lista de testigos y pruebas del solicitante

Publicación núm. 7136.02 Apéndice-C (pdf)

Apéndice D: Modelo de escrito de audiencia del solicitante

Publicación núm. 7136.02 Apéndice-D (pdf)

Apéndice E: Modelo de formulario para renunciar a la audiencia (Formulario de notificación de resolución DS1804)

Clic aquí para Formulario de notificación de resolución DS1804