Justificaciones habituales que el distrito da a los padres/tutores y posibles respuestas de los padres/tutores a estas justificaciones

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Justificaciones habituales que el distrito da a los padres/tutores y posibles respuestas de los padres/tutores a estas justificaciones

Los distritos escolares hacen declaraciones comunes que pueden negar o retrasar el derecho de su hijo a la educación especial y los servicios relacionados. Este recurso tiene declaraciones comunes que los distritos escolares hacen a los padres/tutores. Si el distrito escolar de su hijo le dice una de estas declaraciones comunes, le proporcionamos un breve resumen de la ley y una posible respuesta que puede decirle al distrito escolar.

1.   El Distrito dice: “No tenemos suficiente dinero para financiar o suficiente personal [calificado] para ofrecer ese servicio, dispositivo de tecnología de asistencia o adaptación” O “No tenemos suficiente dinero para financiar ese personal”.

Explicación: Puede ser cierto que el distrito tenga un presupuesto ajustado, sin embargo, este aún está obligado a proporcionar a su hijo una educación pública gratuita y apropiada (FAPE, free appropriate public education).1 Si su hijo requiere un servicio particular, un dispositivo de tecnología de asistencia u otra adaptación para poder acceder a la educación, entonces el Distrito debe proporcionarlo como parte de la FAPE de su hijo.2 El costo no es una razón válida para denegar la FAPE.3

Sus posibles respuestas al distrito:

  1. Usted podría decir: “Mi hijo necesita este [servicio, dispositivo de tecnología de asistencia u otra adaptación] para poder acceder a la educación. Entiendo que los presupuestos pueden ser ajustados, pero la legislación estatal y federal exige que los distritos escolares proporcionen servicios educativos basados en las necesidades educativas del estudiante, no en el costo”.4
  2. Usted podría decir: “Los servicios que se redactan en el IEP deben basarse en lo que mi hijo necesita para acceder y progresar en su educación, no en lo que cuestan”.5
  3. Usted también podría decir: “Como padre, tengo que defender las necesidades educativas de mi hijo. Es responsabilidad del distrito escolar ocuparse de la financiación para satisfacer esas necesidades”.

Para obtener más información sobre la obligación del distrito escolar de comprar el equipo para el IEP de un estudiante, consulte el Manual de SERR de DRC.

2.   El Distrito dice: “El maestro de educación general/maestro de educación especial/proveedor de evaluaciones/administrador pertinente no pudo estar aquí hoy” O “no tengo autoridad para tomar esa decisión”.

Explicación: La legislación federal y estatal exige que el equipo del IEP esté formado por:

  • uno o ambos padres del menor, un representante seleccionado por los padres, o ambos;
  • al menos un maestro de educación general si el menor está, o puede estar, en un entorno de educación general;
  • al menos un maestro de educación especial o un proveedor de servicios;
  • un representante del distrito escolar que: esté cualificado para proporcionar o supervisar la prestación de instrucción especializada y sea conocedor del plan de estudios general y de los recursos del distrito;
  • la persona que haya realizado las evaluaciones del estudiante, o alguien que conozca el procedimiento utilizado y los resultados, y que esté cualificado para interpretar las implicaciones educativas de los resultados;
  • otras personas con experiencia o conocimientos específicos sobre el estudiante, a petición de los padres/tutores o del distrito;
  • el estudiante, cuando corresponda.6

Todos los miembros del equipo del IEP deben asistir a la reunión del IEP. La capacidad del equipo del IEP para elaborar el IEP puede verse gravemente comprometida si se ausenta algún miembro del equipo del IEP esencial para la elaboración del IEP. La legislación federal y estatal permite que los padres y el distrito acuerden por escrito que un miembro del equipo del IEP no tiene que asistir.7 Si se modifica el área del plan de estudios o los servicios relacionados del miembro del equipo del IEP, este debe presentar por escrito su aportación a la elaboración del IEP antes de la reunión del IEP.8 No es necesario que usted esté de acuerdo con la ausencia.

Sus posibles respuestas al distrito:

  1. Si tiene conocimiento de la ausencia con antelación, puede ponerse en contacto con el administrador de educación especial del distrito por escrito (por correo electrónico, y hacer seguimiento con una llamada telefónica) para hacerle saber que le preocupa. Usted puede decir: “Me preocupa que la capacidad del equipo del IEP para elaborar un IEP adecuado para mi hijo se vea gravemente comprometida si [miembro del equipo del IEP] no está presente”.
  2. Puede optar por proceder y celebrar la reunión del IEP con aquellos que puedan asistir. No acepte ninguna parte del IEP que requiera la aportación del miembro del equipo del IEP ausente. Más adelante, puede volver a convocar la reunión cuando todos los miembros del equipo del IEP puedan asistir para terminar de elaborar el IEP.
  3. Rechace proceder con la reunión del IEP si considera que el IEP no se puede elaborar adecuadamente sin la presencia del miembro del equipo del IEP que está ausente. Trabaje con el equipo del IEP para reprogramar la reunión del IEP para una fecha en la que todos los miembros del equipo necesarios puedan asistir.9

Para obtener más información sobre los requisitos de asistencia de los miembros del equipo del IEP, consulte el Manual de SERR de DRC.

3.   El Distrito dice: “Hemos creado un ‘borrador’ del IEP para que usted lo firme” O “Debe firmar el IEP antes de salir de esta reunión”.

Explicación: Es importante recordar que, como padre/tutor, usted es un miembro de pleno derecho del equipo del IEP. No se debe decidir nada sin su aportación, y el equipo del IEP tiene la obligación de hablar a fondo con usted sobre las necesidades de su hijo. Si el distrito acude a la reunión con un “borrador” del IEP, usted no tiene que firmarlo. Puede utilizar el “borrador” como punto de partida de la discusión en la reunión del IEP, pero no debe decidirse nada sin su aportación.10

No tiene que firmar el IEP en la reunión del IEP. Puede llevarse a casa una copia del IEP propuesto para leerlo más detenidamente y hablarlo con su cónyuge, pareja o abogado. Ninguno de los cambios propuestos podrá aplicarse hasta que usted dé su consentimiento al IEP. Su hijo seguirá siendo apto para recibir los servicios de educación especial y permanecerá en su colocación actual mientras usted decide si da su consentimiento, si lo hace parcialmente o si no está completamente en desacuerdo.11 Sin embargo, si usted no da su consentimiento o no presenta una solicitud de debido proceso en un plazo razonable, el distrito puede presentar una solicitud de debido proceso. Hable con el resto de los miembros del equipo del IEP sobre el tiempo que necesitará para estudiar el IEP propuesto.

Sus posibles respuestas al distrito:

  1. Si sabe que el distrito está planeando crear un borrador del IEP con antelación, puede solicitar (por escrito) que el distrito le envíe una copia del mismo diez días antes de la reunión del IEP para que tenga tiempo de revisarlo y pueda venir preparado para discutir las recomendaciones del distrito en el borrador. Podría decir: “Tengo entendido que el distrito está elaborando un borrador del IEP para preparar nuestra reunión. Por favor, envíeme una copia antes del [fecha con diez días de antelación] para que pueda prepararme para discutir las recomendaciones del distrito”.
  2. Si llega a la reunión del IEP y el distrito le presenta un borrador, podría decir: “Puesto que no he podido revisar este borrador con antelación, y porque mi aportación como miembro del equipo del IEP es necesaria, repasemos en equipo cada una de las recomendaciones que se hacen en el borrador. Una vez hecho esto, podremos incorporar las partes del borrador del IEP que todos estamos de acuerdo en que son necesarias para mi hijo en la versión del IEP que redactemos hoy.
  3. Usted también podría decir: “Me alegro de que hoy hayamos podido debatir las necesidades educativas de mi hijo. Antes de firmar el IEP que hemos redactado hoy, me gustaría que me entregaran una copia para que pueda llevármela a casa y estudiarla”.

Para obtener más información sobre la firma de los IEP, consulte el Manual de SERR de DRC.

Para obtener más información sobre la función de un padre/tutor en una reunión del IEP, consulte el Manual de SERR de DRC.

4.   El Distrito dice:     “No es necesario incluirlo en el IEP, simplemente les recordaremos a los maestros esa adaptación o servicio”.

Explicación: En el IEP debe incluirse una declaración de todos los servicios de educación especial y servicios afines que se proporcionarán al estudiante.12Si un servicio o adaptación no está escrito en la última versión del IEP, la ley no exige que se implemente. Incluso si las intenciones del distrito son buenas, los servicios que no aparecen por escrito pueden olvidarse fácilmente o no comunicarse correctamente a los maestros encargados de poner en práctica el IEP. Si el distrito se niega a incluir por escrito algún servicio o adaptación acordado, puede redactar usted mismo una descripción del mismo y solicitar que se adjunte al IEP antes de firmarlo.

Sus posibles respuestas al distrito:

  1. Usted podría decir: “Me alegro de que podamos acordar como equipo que este servicio/adaptación/meta debe incluirse en el IEP de mi hijo. Me gustaría incluirlo por escrito en el IEP para asegurarnos de que no nos olvidamos de implementarlo”.
  2. Usted podría decir: “Me preocupa que si el servicio no figura por escrito, el distrito no tenga que implementarlo. Les pido que lo incluyan por escrito. Si no incluyen por escrito el servicio en el IEP, yo mismo redactaré una descripción del mismo después de la reunión e insistiré en que se adjunte”.
  3. Usted podría decir: “Este IEP se basa en las necesidades únicas de mi hijo y creo que necesita este servicio. Si no están dispuestos a incluir este servicio en el IEP, necesitaré que expliquen por escrito las razones”.

Para obtener más información sobre la información necesaria en lo que respecta a los servicios del IEP, consulte el Manual de SERR de DRC.

5.   El Distrito dice: “Su hijo se ha desempeñado a un nivel adecuado/no ha suspendido una prueba estandarizada, por lo que no reúne los requisitos para recibir servicios de educación especial” O “Sus expectativas para su hijo son demasiado exigentes; necesita tener expectativas más realistas acerca de su progreso”.

Explicación: Los resultados obtenidos en las pruebas estandarizadas y las calificaciones no determinan si un estudiante puede necesitar educación especial o servicios afines.13La ley IDEA no exige que se deban probar, y que deban fracasar, otros programas antes de evaluar a un menor que parece necesitar educación especial y servicios afines. Además, la discapacidad de un menor puede causar problemas en áreas ajenas a la académica (como la movilidad, el lenguaje expresivo, las habilidades sociales o las habilidades de autoayuda), que pueden afectar a la capacidad del estudiante para acceder a su educación. Vuelva a hablar de por qué su hijo necesita lo que usted solicita.

La ley IDEA exige no solo que su hijo tenga acceso a la educación, sino que tenga un acceso significativo a esta.14Esto significa que las metas establecidas en su IEP le desafían adecuadamente y que es capaz de progresar significativamente para alcanzar dichas metas.15Tener expectativas exigentes, pero alcanzables, para su hijo será probablemente beneficioso para su aprendizaje y crecimiento educativo.

Sus posibles respuestas al distrito:

  1. Usted podría decir: “La ley IDEA establece que mi hijo tiene derecho a ser evaluado en todas las áreas en las que se sospecha alguna discapacidad. Si sospecho que mi hijo tiene una discapacidad en               y            , que podrían entrar en estas categorías de elegibilidad,                   y                ”. (Consulte el Manual de SERR de DRC para conocer las categorías de discapacidades que dan derecho a la educación especial).
  2. Usted podría decir: “Al fijar metas para mi hijo, asegurémonos de que estas sean individualizadas y estén relacionadas con su potencial. Deberíamos asegurarnos de que las metas son desafiantes y ‘están 'razonablemente calculadas para permitir que mi hijo progrese adecuadamente dadas sus circunstancias’”.16
  3. Si no está de acuerdo con los resultados de la evaluación del distrito escolar o con el método de la misma, puede solicitar al distrito que pague una evaluación educativa independiente (IEE, independent educational evaluation).17Debe hacer la solicitud por escrito al especialista del programa de su hijo y enviar una copia al director de educación especial del distrito. Es importante que exponga su solicitud como un desacuerdo con una evaluación realizada por el distrito escolar.

Para obtener más información sobre cómo solicitar una IEE, consulte el Manual de SERR de DRC y la Publicación sobre IEE de DRC.

Para obtener más información sobre el fallo judicial en Endrew F., consulte el Manual de SERR de DRC

Para obtener más información sobre el desarrollo de las metas de los IEP, consulte el Manual de SERR de DRC.

6.   El Distrito dice: “No creemos que su hijo se beneficie de ese servicio/dispositivo de tecnología de asistencia/adaptación”.

Explicación: Por alguna razón, ya sea por cuestiones presupuestarias o por falta de capacitación de los maestros, un distrito puede oponerse a un servicio específico, a un dispositivo de tecnología de asistencia o a una adaptación que a usted le gustaría incluir en el IEP. Sin embargo, lo único que importa (y lo que promulga la ley) es que su hijo necesite el servicio, el dispositivo de tecnología de asistencia o la adaptación solicitados para poder beneficiarse de su educación.18Si el distrito insiste en que su hijo no se beneficiará del servicio, la adaptación o el apoyo, pídales que describan las razones específicas por las que piensan así. Si realmente es que su hijo podría no beneficiarse del servicio, la adaptación o el apoyo, pregúnteles qué alternativas sugerirían y colabore con ellos para debatir sobre las opciones para su hijo. Si la razón es algo que no tiene que ver con su hijo (presupuesto, capacitación), recuerde al distrito que estas no son razones suficientes para denegar el servicio según la ley.

Sus posibles respuestas al distrito:

  1. Usted podría decir: “¿Cuáles son sus razones para concluir que mi hijo no necesita         ? Me gustaría revisar la documentación o las evaluaciones que justifican su decisión”.
    1. Usted también podría decir: “Agradezco su opinión; ¿podemos hablar de servicios alternativos que puedan ayudar a lograr esta meta?”
    2. Usted también podría decir: “Agradezco su opinión, pero esa no es una razón que tenga que ver con mi hijo. ¿Qué tal si ponemos esto por escrito para probar si funciona con mi hijo?”
  2. En el caso de los dispositivos de ayuda tecnológica, podría decir: “¿Ha recibido mi hijo capacitación para utilizar el dispositivo de tecnología de asistencia? ¿Han recibido los maestros, ayudantes u otros proveedores capacitación sobre cómo utilizar este dispositivo con mi hijo?”
  3. Si no está de acuerdo con los resultados de la evaluación del distrito escolar o con el método de la misma, puede solicitar al distrito que pague una evaluación educativa independiente (IEE, independent educational evaluation).19 Debe hacer la solicitud por escrito al especialista del programa de su hijo y enviar una copia al director de educación especial del distrito. Es importante que exponga su solicitud como un desacuerdo con una evaluación realizada por el distrito escolar.

Para obtener más información sobre cómo solicitar una IEE, consulte el Manual de SERR de DRC y la Publicación sobre IEE de DRC.

Para obtener más información sobre la tecnología de asistencia, consulte el Manual de SERR de DRC.

Descargo de responsabilidad: Esta publicación es solo información legal y no es un consejo legal sobre su situación individual. Está vigente a la fecha de publicación. Tratamos de actualizar nuestros materiales regularmente. Sin embargo, las leyes cambian regularmente. Si desea asegurarse de que la ley no haya cambiado, comuníquese con DRC u otra oficina legal.

  • 1. Sección 300.101(a) del Título 34 del Código de Reglamentos Federales (C.F.R., Code of Federal Regulations).
  • 2. Sección 1401(9) del Título 20 del Código de los Estados Unidos (U.S.C., United States Code); secciones 104.33(c)(1) y 300.105 del Título 34 del C.F.R.
  • 3. Sección 56505(i) del Código de Educación de California
  • 4. Sección 56505(i) del Código de Educación de California, sección 300.103(c) del Título 34 del C.F.R.
  • 5. Sección 1414 (d)(3)(A) del Título 20 del U.S.C
  • 6. Sección 300.321(a) del Título 34 del C.F.R; secciones 56341(b) y (e) del Código de Educación de California.
  • 7. Sección 1414 (d)(1)(c) del Título 20 del U.S.C.
  • 8. Secciones 300.321(e)(1) y (2) del Título 34 del C.F.R.; secciones 56341(f) y (g) del Código de Educación de California.
  • 9. Sección 300.322 del Título 34 del C.F.R; sección 56341.5 del Código de Educación de California.
  • 10. Sección 300.322 del Título 34 del C.F.R.
  • 11. Sección 56346 del Código de Educación de California.
  • 12. Sección 1414 (d)(1)(A)(i)(IV) del Título 20 del U.S.C.
  • 13. Secciones 300.304(b)(2) y 300.304(c)(2) del Título 34 del C.F.R.
  • 14. Sección 1414 (d)(1)(A)(i)(II)(aa) del Título 20 del U.S.C.
  • 15. Consultar Endrew F. v. Douglas Cnty. Sch. Dist., 137 S. Ct. 988 (2017).
  • 16. Endrew F., 137 S. Ct. en 999.
  • 17. Sección 56329(b) del Código de Educación de California.
  • 18. Sección 1414 (d)(3)(A) del Título 20 del U.S.C.
  • 19. Sección 56329(b) del Código de Educación de California.