Hoja informativa sobre el cierre de los casos de servicios de rehabilitación vocacional

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#F074.02

Hoja informativa sobre el cierre de los casos de servicios de rehabilitación vocacional

Descargo de responsabilidad: Esta publicación es solo información legal y no es un consejo legal sobre su situación individual. Está vigente a la fecha de publicación. Tratamos de actualizar nuestros materiales regularmente. Sin embargo, las leyes cambian regularmente. Si desea asegurarse de que la ley no haya cambiado, comuníquese con DRC u otra oficina legal.

¿Qué quiere decir cuando el Departamento de Rehabilitación (DOR, Department of Rehabilitation) dice que mi caso está cerrado?

El cierre del caso ocurre cuando el DOR decide dejar de ofrecerle servicios de rehabilitación vocacional. Las secciones 7179 a 7181.1 del Título 9 del Código de Reglamentos de California (CCR, California Code of Regulations) establecen las responsabilidades del DOR y del cliente relacionadas con el cierre del caso.

¿Cuándo puede cerrar mi caso el DOR?

Legalmente, el DOR puede cerrar su caso cuando:

  • Usted haya alcanzado su objetivo laboral y ya no necesite los servicios del DOR para conservar el empleo y el DOR haya cumplido con todos los servicios acordados en su Plan Individualizado para el Empleo (IPE, Individualized Plan for Employment);
  • Usted no cumpla los requisitos para recibir los servicios del DOR de acuerdo a varios criterios, entre ellos que su discapacidad sea tan grave que usted no pueda beneficiarse de los servicios del DOR;
  • Usted decida no participar en el programa del DOR o no pueda participar en el programa del DOR por algún otro motivo. Algunos ejemplos de estas situaciones son: problemas graves de salud que le impidan participar en el programa del DOR, incluso si dispone de acomodaciones razonables; negarse a participar en las evaluaciones obligatorias del DOR para determinar la elegibilidad o no poder participar en ellas; si su información de contacto no está actualizada y el DOR no puede localizarle; si está ingresado en un hospital o en la cárcel por un periodo prolongado de tiempo; o si ha participado en actividades delictivas cuando recibía servicios del DOR.

¿Cómo sabré si el DOR cierra mi caso?

El DOR debe enviarle una notificación por escrito para informarle de que su caso se ha cerrado. La notificación debe incluir los motivos del cierre, información sobre sus derechos de apelación y mediación, revisión administrativa, el proceso de audiencia imparcial e información sobre el Programa de Asistencia al Cliente (CAP, Client Assistance Program).

¿Qué puedo hacer si no estoy de acuerdo con la decisión del DOR de cerrar mi caso?

El DOR cuenta con distintos niveles de apelación. El primer nivel de apelación consiste en hablar sobre el cierre del caso con su orientador de rehabilitación y/o el supervisor del orientador. Este proceso puede funcionar, por ejemplo, cuando su caso del DOR se ha cerrado porque se desconocía su paradero, pero usted se puso en contacto con el DOR en una fecha posterior; o en aquellas situaciones en las que usted realmente está progresando hacia el objetivo marcado en su IPE, pero el DOR no está al corriente de su progreso. Si usted solicita la revisión de su caso cerrado y éste se cerró en los últimos 12 meses, el DOR podría verse obligado a revisarlo. En algunos casos, el DOR se comprometerá a reabrirlo si usted puede demostrar que está preparado para progresar hacia el objetivo estipulado en su IPE o cumplir con las solicitudes del DOR.

Si no está de acuerdo con la decisión del DOR de cerrar su caso, también puede solicitar una revisión administrativa al administrador del distrito (District Administrator) del DOR, que se someta a mediación y/o una audiencia imparcial en un plazo de un año a partir de la decisión del DOR. Para obtener más información sobre sus derechos de apelación y los plazos que pueden ser aplicables a su situación, visite el siguiente enlace del DOR: http://www.rehab.cahwnet.gov/Appeals/FairHearForms.html#DR107.

¿Puedo volver a solicitar servicios del DOR después de que se cierre mi caso?

Sí, puede volver a solicitar servicios del DOR si los necesita de nuevo. El DOR deberá determinar su elegibilidad y ayudarle a elaborar un nuevo IPE.

El DOR también puede tener en consideración la información contenida en el archivo de su caso anterior del DOR a la hora de determinar su elegibilidad para recibir servicios al volver a solicitar los servicios del DOR. Para obtener información sobre la elegibilidad para recibir los servicios del DOR, por favor consulte la hoja informativa del CAP titulada Eligibility for Vocational Rehabilitation Services en: http://www.disabilityrightsca.org/pubs/F06601.pdf