Hoja informativa sobre la discriminación por discapacidad: empresas y otros “establecimientos de servicio público”

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Hoja informativa sobre la discriminación por discapacidad: empresas y otros “establecimientos de servicio público”

Descargo de responsabilidad: Esta publicación es solo información legal y no es un consejo legal sobre su situación individual. Está vigente a la fecha de publicación. Tratamos de actualizar nuestros materiales regularmente. Sin embargo, las leyes cambian regularmente. Si desea asegurarse de que la ley no haya cambiado, comuníquese con DRC u otra oficina legal.

Leyes federales y estatales contra la discriminación por discapacidad

Las leyes federales y estatales prohíben la discriminación por discapacidad en empresas y otros “establecimientos de servicio público”. El Título III de la Ley Federal de Estadounidenses con Discapacidades (ADA) (USC, título 42, artículos 12181-12189) prohíbe la discriminación por discapacidad en todos los establecimientos de servicio público. El artículo 504 de la Ley de Rehabilitación también prohíbe la discriminación en empresas que reciben fondos federales.

La Ley de Derechos Civiles Unruh de California (artículo 51 del Código Civil) y la Ley de Personas con Discapacidades (artículos 54-55.32 del Código Civil) prohíben la discriminación por discapacidad por parte de cualquier establecimiento comercial. El artículo 11135 del Código de Gobierno de California prohíbe la discriminación por parte de empresas que reciben fondos estatales. Toda violación de la ADA se considera también una violación de la legislación estatal. Sin embargo, en algunas circunstancias, las leyes estatales u otras leyes federales como el artículo 504 pueden brindar un mayor nivel de protección que el Título III.

La ADA define “establecimientos de servicio público” como empresas o proveedores de servicios sin fines de lucro que poseen, operan o alquilan instalaciones que están abiertas al público. Estas incluyen restaurantes, tiendas minoristas, hoteles, cines, escuelas privadas, centros de convenciones, consultorios médicos, refugios para personas sin hogar, depósitos de transporte, zoológicos, casas funerarias, centros de atención diurna y establecimientos recreativos, como por ejemplo, estadios deportivos y gimnasios. También cubren los servicios de trasporte público.

La discriminación es la exclusión, la segregación y el tratamiento desigual de personas con discapacidades en establecimientos de servicio público. Esto incluye no cambiar las políticas y prácticas (conocido como hacer “modificaciones razonables” o “adaptaciones razonables”) para permitirle a una persona con una discapacidad obtener un acceso igualitario a los servicios e instalaciones de una empresa. Estos cambios son obligatorios si no modifican de manera fundamental la naturaleza de los bienes y servicios de la empresa y no imponen una carga financiera o administrativa indebida.

La discriminación también incluye la imposibilidad de brindar “asistencia y servicios auxiliares”, en caso de ser necesario, para garantizarles una comunicación eficaz a las personas con discapacidades.

Algunos ejemplos de asistencia y servicios auxiliares incluyen intérpretes cualificados de lengua de señas, subtítulos en tiempo real y lectores cualificados para los no videntes. También incluyen brindar documentos en formatos accesibles, como letra grande o braille, documentos compatibles con lectores de pantalla o grabaciones en audio de información impresa. No es obligatorio que las empresas brinden asistencia y servicios auxiliares si esto cambia de manera fundamental la naturaleza de los bienes o servicios que ofrecen o impone una carga financiera o administrativa indebida.

Puede encontrar más información sobre la discriminación por discapacidad, las modificaciones razonables y el derecho a una comunicación eficaz aquí:

Sitio web del Departamento de Justicia de Estados Unidos (DOJ):

Sitio web del Departamento de Empleo y Vivienda de California (DFEH):

Una persona con una discapacidad también puede sufrir discriminación si un comercio no es físicamente accesible. La ADA y las leyes de California brindan normas arquitectónicas para los edificios nuevos o modificados y exigen que los comercios eliminen las barreras físicas en los edificios cuando es factible. Puede encontrar más información sobre la accesibilidad arquitectónica aquí:

Cómo obtener modificaciones razonables o asistencia y servicios auxiliares

Estos son los pasos que debe seguir para obtener una modificación razonable o una asistencia o un servicio auxiliar de una empresa:

  1. Escriba una solicitud de modificaciones razonables o de asistencia y servicios auxiliares. En su solicitud debe explicar lo siguiente:
    • que es una persona que tiene una discapacidad (no es necesario que nombre su discapacidad);
    • las maneras en las que su discapacidad afecta su capacidad para acceder a los bienes o servicios de la empresa o beneficiarse de ellos;
    • las modificaciones o la asistencia y los servicios auxiliares específicos que necesita;
    • la fecha en que espera una respuesta.
  2. A menos que su discapacidad y la necesidad de modificaciones o asistencia y servicios auxiliares sean evidentes, obtenga una carta de apoyo de su médico o de otro profesional de la salud. La carta debe explicar por qué necesita la modificación solicitada en relación con su discapacidad.
  3. Envíe su solicitud escrita y la carta de apoyo, según corresponda, a la empresa.

Al final de esta hoja informativa encontrará una carta de ejemplo para solicitar modificaciones razonables o asistencia y servicios auxiliares, y una carta de apoyo de ejemplo.

Reclamos administrativos

El Título III de la ADA está regulado por el DOJ. La Ley Unruh de California, la Ley de Personas con Discapacidades y el artículo 11135 del Código de Gobierno de California están regulados por el DFEH.

Si cree que ha sufrido discriminación, puede presentar un reclamo administrativo ante el DOJ conforme a la ley federal o ante el DFEH conforme a la ley estatal. El reclamo ante el DFEH se debe presentar dentro del plazo de un año desde la fecha de la conducta discriminatoria. Puede apelar una decisión del DFEH ante el director de dicho departamento dentro de los diez días desde la fecha de la decisión. Consulte el CCR, título 2, artículo 10033.

Los reclamos del Título III pueden presentarse ante el DOJ en cualquier momento. Sin embargo, lo mejor es presentarlo lo antes posible, ya que el paso del tiempo puede hacer que sea más difícil probar el acto de discriminación. A continuación, encontrará la información de contacto del DOJ y del DFEH.

Reclamos ante el DOJ:

U.S. Department of Justice
Civil Rights Division
950 Pennsylvania Avenue, N.W.
Disability Rights Section – 1425 NYAV
Washington, D.C. 20530
Presentación en línea: https://www.ada.gov/filing_complaint.htm
Teléfono: (800) 514-0301
TTY: (800) 514-0383

Reclamos ante el DFEH:

Presentación en línea: https://www.dfeh.ca.gov/complaintprocess/
Teléfono: (800) 884-1684
TTY: (800) 700-2320

Correo electrónico: Llame al (800) 884-1684 y solicite el formulario de reclamo adecuado, imprímalo y devuélvalo. Destine un tiempo adicional para el correo y el procesamiento.

En el caso de algunas empresas, también podría presentar un reclamo ante una autoridad en materia de licencias o ante otro organismo estatal o federal con competencia sobre ese tipo de empresa. Por ejemplo, los reclamos de privacidad contra hospitales privados se pueden presentar ante la Oficina de Derechos Civiles del Departamento de Salud y Servicios Humanos.

Litigio

Las violaciones de las leyes contempladas previamente también se pueden resolver a través de demandas privadas. Tenga en cuenta que los estatutos de limitaciones establecen límites en el plazo para iniciar un proceso judicial y que podría perder la oportunidad de hacer reclamos si no actúa dentro de los estatutos de limitaciones vigentes. Estos plazos pueden ser tan cortos como dos años desde la fecha del acto de discriminación. Si le interesa llevar el reclamo a juicio, deberá consultar con un abogado lo antes posible.

Si le interesa recibir menos de $10.000 como indemnización monetaria, otra opción es presentar un caso por discriminación ante un tribunal para casos menores. Se aplicarán los estatutos de limitaciones mencionados. No puede tener un abogado si se presenta ante un tribunal para casos menores. Puede consultar la publicación de Disability Rights California que explica el proceso en los tribunales para casos menores en relación con casos de discriminación en el siguiente enlace: https://www.disabilityrightsca.org/publications/a-guide-to-small-claims-court-how-to-sue-if-a-business-or-landlord-discriminates

Carta de ejemplo para solicitar modificaciones razonables o asistencia y servicios auxiliares

[Fecha]

Estimado/a [nombre de la empresa]:

Escribo para solicitar [modificaciones razonables/asistencia o servicios auxiliares] debido a mi [discapacidad/discapacidades].

[Soy/Me gustaría ser] un cliente de [nombre de la empresa]. Debido a mi discapacidad, necesito lo siguiente: [lista de modificaciones/asistencia o servicios auxiliares].

Mi [médico/psiquiatra/psicólogo/terapeuta/trabajador social/terapeuta ocupacional/otro individuo (describa)] determinó que estas modificaciones son necesarias en función de mi discapacidad. Consulte la carta adjunta de [nombre del médico o profesional].

Las leyes federales y estatales establecen que las empresas deben brindar modificaciones razonables o asistencia y servicios auxiliares para las personas con discapacidades. Responda a esta solicitud antes del [fecha]. No dude en comunicarse conmigo a través de [su número de teléfono o correo electrónico] si tiene alguna pregunta. Gracias.

Atentamente.

 

[Su nombre]
[Su dirección]

Carta de apoyo de ejemplo

[Fecha]

Estimado/a [nombre de la empresa]:

Soy el [médico/psiquiatra/psicólogo/terapeuta/trabajador social/terapeuta ocupacional] de [nombre] y estoy familiarizado con su afección. [Él/Ella] tiene una discapacidad que le causa ciertas limitaciones funcionales. Dichas limitaciones incluyen [lista de las limitaciones funcionales por las que se solicita la modificación/la asistencia o el servicio auxiliar].

[Nombre] necesita [la modificación/la asistencia y el servicio auxiliar que solicitó] para [solicitar/tener acceso igualitario a los servicios y beneficios de] [nombre de la empresa]. [Describa de qué manera la modificación o la asistencia y los servicios auxiliares ayudarán o apoyarán a la persona].

Gracias por brindar esta [modificación razonable/asistencia y servicio auxiliar] para [nombre].

 

Atentamente.
[Nombre y cargo]