En qué casos el Departamento de Rehabilitación (Department of Rehabilitation, DOR) puede ayudar a pagar los costos de alojamiento para asistir a una institución educativa o capacitación

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En qué casos el Departamento de Rehabilitación (Department of Rehabilitation, DOR) puede ayudar a pagar los costos de alojamiento para asistir a una institución educativa o capacitación

Esta publicación explica en qué casos el DOR podrá pagar los costos de alojamiento si usted está asistiendo a un programa de capacitación que no está a una distancia razonable de viaje desde su casa.

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En algunas situaciones, el Departamento de Rehabilitación (Department of Rehabilitation, DOR) puede ayudar a las personas a pagar sus costos de alojamiento si necesitan asistir a una institución educativa que no está cerca de su hogar.

En el pasado, el DOR negaba las solicitudes de asistencia para la vivienda para hacer una capacitación universitaria porque consideraba que la asistencia para la vivienda a estudiantes era un gasto a largo plazo. Como se explicó en un fallo reciente del Tribunal de Apelaciones de California, una solicitud de asistencia para la vivienda no puede ser negada simplemente porque el DOR considere que es un gasto a largo plazo. En su lugar, cuando se hace una solicitud de asistencia para la vivienda, el DOR debe hacer un análisis caso por caso para determinar lo siguiente:

  • ¿La solicitud de capacitación en una institución educativa específica es necesaria para el objetivo de empleo del cliente o puede ir a un lugar que esté dentro de una distancia razonable de viaje desde su casa?
  • ¿El cliente necesita alojamiento para acceder a la capacitación en esa institución educativa específica?
  • En caso afirmativo, ¿el costo del alojamiento es superior a sus gastos normales de vida?

¿Con qué costos de alojamiento puede ayudar el DOR?

Los costos de alojamiento están dentro de la categoría de servicios del DOR llamados “manutención”. Conforme al Título 9 del Código de Regulaciones de California (California Code of Regulations, C.C.R.), artículo 7019, los servicios de manutención son un apoyo financiero para las personas que deben asumir nuevos gastos de alimentación, vivienda o ropa, que superan sus gastos de vida normales y que son necesarios para que la persona participe en los servicios del DOR o en una evaluación.

Los servicios de manutención no pueden proporcionarse para brindar ayuda con los gastos diarios de una persona. Esto se debe a que se consideran servicios temporales para apoyar la participación de una persona en un servicio específico del DOR. Por ejemplo, a veces puede permitirse el costo adicional de una habitación dentro de la categoría de manutención, en particular cuando una persona necesita el alojamiento para completar su capacitación universitaria en un sitio que no está a una distancia razonable de viaje desde su casa.

¿Qué aclara el fallo reciente del tribunal de apelación?

El 5 de agosto de 2024, el Cuarto Distrito de Apelaciones del Tribunal de Apelaciones de California dictaminó que el análisis del DOR, según el cual se negaba la asistencia para la vivienda a una persona que estaba asistiendo a la facultad de derecho, no cumplía con la ley. John Doe vs. Departamento de Rehabilitación (2024) 103 Cal.App.5th 1327, 324 Cal.Rptr.3d 150, 2024 Daily Journal D.A.R. 7412. Este fallo aclaró que el análisis del DOR se basaba en una interpretación incorrecta de “corto plazo” vs. “largo plazo”, cuando el DOR dijo que la vivienda para la facultad de derecho era un gasto continuo y a largo plazo.

El tribunal dijo que, en el caso de las personas que deben asistir a una capacitación que no está a una distancia razonable de viaje desde su hogar, el DOR debe evaluar si la persona tendrá nuevos costos de alojamiento que superen lo que normalmente pagaría si asistiera a una capacitación cerca de su hogar. En este caso, el DOR no respondió específicamente esas preguntas, por lo que el tribunal ordenó al DOR revaluar la necesidad del cliente de recibir asistencia para la vivienda.

¿Por qué es importante este fallo?

Este fallo es importante porque algunos clientes del DOR, a los que se les niega ayuda con los costos de vivienda, pueden tener derecho a recibir asistencia para la vivienda. Por lo tanto, es probable que las personas quieran pedirle al DOR que reconsidere su decisión si:

  • El DOR les negó el apoyo con los costos de alojamiento para asistir a una institución educativa u otro tipo de capacitación;
  • Una institución educativa o programa de capacitación específico es necesario para satisfacer sus necesidades (generalmente debido a los cursos especializados o las adaptaciones que la escuela ofrece); y
  • La institución educativa no está a una distancia razonable de viaje desde su hogar.

Si considera que esta podría ser su situación, puede hablar con su asesor sobre este nuevo fallo judicial. Si el DOR sigue sin estar de acuerdo en brindar ayuda con los costos de alojamiento que superan sus gastos de vida normales, puede apelar a través de una Revisión Administrativa o presentar una solicitud de mediación o audiencia imparcial. Puede obtener más información sobre ese proceso en esta publicación: Hoja informativa sobre el proceso y las opciones de apelación del Departamento de Rehabilitación de California

Conclusión

Ahora que el fallo del tribunal de apelación ha aclarado el proceso para brindar asistencia para la vivienda, el DOR tiene la responsabilidad de asegurarse de interpretar adecuadamente las regulaciones. Si cree que puede tener derecho a recibir servicios de manutención para la vivienda, o si previamente se le negó una solicitud de manutención para la vivienda, puede comunicarse con el Programa de Asistencia al Cliente (CAP) al 1-800-776-5746 para obtener más información.