Cronología de educación especial
Cronología de educación especial
¡Educación especial tiene muchos plazos y puede ser difícil hacer un seguimiento! ¡Use este documento para buscar cuándo puede esperar reuniones, respuestas, evaluaciones y más!
Evaluación inicial y desarrollo del IEP
Plan de evaluación
El distrito debe enviar a los padres un plan de evaluación en un plazo de 15 días calendario a partir de la derivación. EC 56043(a). Los padres pueden acordar una prórroga por escrito. El plazo de 15 días no incluye los días calendario entre la sesión o los trimestres escolares regulares del alumno ni los días calendario de vacaciones escolares que superen los cinco días.
Los padres pueden decidir si firman el plan de evaluación. Tienen al menos 15 días calendario desde la recepción de la propuesta de plan para decidir. EC 56043(b).
Revisión de la evaluación
El equipo del IEP se reunirá para revisar las evaluaciones iniciales y determinar la elegibilidad del alumno. Una vez que el equipo ha recibido el consentimiento de los padres, dispone de 60 días calendario para la revisión. EC 56043(c). Si el alumno se inscribe en otra Agencia de Educación Local o no se pone a disposición, este plazo no se aplica. Si el alumno califica, el equipo tiene 60 días calendario después de recibir el consentimiento para la evaluación. EC 56043(f)(1). Debe tener lugar dentro de los 30 días de la determinación de la elegibilidad. EC 56043(f)(2). Los padres pueden acordar una prórroga por escrito. Cuando la derivación se hace dentro de los 30 días o menos anteriores al final del año escolar regular, el IEP debe desarrollarse dentro de los 30 días posteriores al inicio del siguiente año escolar. EC 56344(a).
Aplicable a todos los IEP
Los padres deben ser notificados de una reunión del equipo del IEP con la suficiente antelación para garantizar que tengan la oportunidad de asistir. EC 56302.1(e); EC 56341.5(b).
El equipo del IEP debe notificar las garantías procesales en cada reunión del IEP. Sólo tienen que darle una copia de la notificación a los padres una vez por año escolar. EC 56500.1.
El IEP debe aplicarse lo antes posible después de la reunión. EC 56043(i).
Evaluaciones
Elegibilidad trienal
La revisión trienal de la elegibilidad debe realizarse cada tres años, según la fecha de la última revisión trienal. Los padres y el distrito pueden acordar por escrito que la reevaluación es innecesaria. Puede ocurrir con más frecuencia si es necesario.
Solicitud de una IEE (Evaluación educativa independiente)
El distrito escolar debe responder a una solicitud de IEE sin demoras innecesarias. 34 CFR 300.502(b). La ley da un plazo razonable pero corto para que el padre/madre/tutor y el distrito escolar puedan hablar y negociar sobre la solicitud de IEE.
Reuniones del IEP adicionales
Revisión anual del equipo del IEP
Los IEP deben ser revisados cada año. EC 56043(d); EC 56343(d). Puede ser más frecuente. EC 56043(j). Si un alumno se encuentra en colocación residencial, el IEP debe ser revisado cada seis meses. EC 56043(x).
Reunión del IEP solicitada por los padres
Los padres pueden solicitar una reunión del equipo del IEP. La reunión debe celebrarse dentro de los 30 días siguientes a la recepción de la solicitud por escrito. EC 56043(l). Si los padres hacen una solicitud oral, el distrito escolar debe indicarles que hagan una solicitud por escrito. EC 56343.5.
Planificación de la transición
Plan individual de transición
Un Plan individual de transición debe estar incluido en el IEP para cuando el alumno cumpla 16 años. El ITP (plan individual de transición) debe revisarse anualmente. EC 56043(g)(1).
Transferencia de derechos
Los derechos se transfieren de los padres a los alumnos cuando éstos cumplen 18 años. Los alumnos deben ser informados antes de cumplir los 17 años. EC 56043(g)(3).
Solicitudes de expedientes
Los padres deben recibir copias de los expedientes de los alumnos en un plazo de cinco días laborables a partir de su solicitud y antes de cualquier reunión del IEP o sesión de resolución. La solicitud puede ser oral o escrita. EC 56043(n).
Una nueva LEA debe recibir los expedientes del alumno en un plazo de cinco días laborables a partir de la solicitud. EC 56043(o).
Descargo de responsabilidad: Esta publicación es solo información legal y no es un consejo legal sobre su situación individual. Está vigente a la fecha de publicación. Tratamos de actualizar nuestros materiales regularmente. Sin embargo, las leyes cambian regularmente. Si desea asegurarse de que la ley no haya cambiado, comuníquese con DRC u otra oficina legal.