Hoja informativa de discriminación por discapacidad: empleados de gobiernos estatales y locales

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Hoja informativa de discriminación por discapacidad: empleados de gobiernos estatales y locales

Descargo de responsabilidad: Esta publicación es solo información legal y no es un consejo legal sobre su situación individual. Está vigente a la fecha de publicación. Tratamos de actualizar nuestros materiales regularmente. Sin embargo, las leyes cambian regularmente. Si desea asegurarse de que la ley no haya cambiado, comuníquese con DRC u otra oficina legal.

Empleados de gobiernos estatales y locales

Los empleados de los gobiernos estatales y locales están protegidos contra la discriminación por discapacidad conforme a las leyes estatales y federales. El Título I de la Ley para Estadounidenses con Discapacidades (ADA, ley federal) prohíbe la discriminación por discapacidad en el lugar de trabajo. El Título II de la ADA prohíbe la discriminación por discapacidad por parte de los gobiernos estatales y locales. El artículo 504 de la Ley de Rehabilitación también prohíbe la discriminación por discapacidad a las entidades gubernamentales que reciben fondos federales.

La Ley de Vivienda y Empleo Equitativo de California (FEHA) contempla protecciones similares. Toda violación de la ADA o del artículo 504 se considera también una violación de la legislación estatal. Sin embargo, en algunas circunstancias, la legislación estatal puede disponer un grado de protección más alto que la ley federal.

La discriminación incluye el tratamiento desigual, represalias y acoso a empleados y postulantes con discapacidades. A su vez, incluye no cumplir con las modificaciones razonables de las prácticas, políticas o condiciones del lugar de trabajo a fin de adaptarlas a las necesidades de los empleados o postulantes con discapacidades. Determinar si una adaptación o modificación es razonable depende de la situación específica y del tipo de trabajo implicado. Las adaptaciones y modificaciones razonables no pueden representar una carga excesiva (dificultad o gasto significativos) para el empleador. A continuación encontrará una carta de muestra para solicitar una adaptación razonable y una carta de apoyo de muestra de un profesional de la salud.

A continuación encontrará algunos recursos para obtener más información sobre la discriminación por discapacidad y las adaptaciones razonables en el lugar de trabajo:

Autodefensa

Si cree que ha sido discriminado, puede comunicarse con el coordinador de la ADA o la oficina de Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEO) de su organismo, o puede presentar un reclamo administrativo a nivel estatal o federal.

Todos los organismos estatales deben tener una Oficina de Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEO). La EEO es responsable de gestionar todos los reclamos por discriminación y las solicitudes de adaptaciones razonables del organismo. Para encontrar la información de contacto del funcionario de Igualdad de Oportunidades en el Empleo de su organismo, visite: http://www.calhr.ca.gov/state-hr-professionals/Pages/ocr-description.aspx

Los gobiernos locales con 50 empleados o más deben designar al menos a un empleado encargado de coordinar el cumplimiento de la ADA. El coordinador de la ADA trabaja junto con la entidad gubernamental para informar a los departamentos sobre los derechos de los empleados con discapacidades y lleva a cabo investigaciones de los reclamos por incumplimiento de la ADA o las leyes estatales. Encontrará la información de contacto del coordinador de la ADA local en el sitio web de la ciudad o del condado.

También puede presentar un reclamo administrativo en el Departamento de Igualdad en el Empleo y la Vivienda de California (DFEH) o en el Departamento de Justicia de los Estados Unidos.

Se deben presentar los reclamos en el DFEH dentro del año siguiente a la fecha en que ocurrió la discriminación. El sitio web del DFEH ofrece información sobre la presentación y gestión de los reclamos por discriminación: https://www.dfeh.ca.gov/complaintprocess/.

Debe presentar un reclamo administrativo y obtener una “carta de derecho a demandar” por parte del DFEH antes de poder iniciar una demanda de discriminación por discapacidad en tribunales estatales.

En virtud de un acuerdo de distribución de tareas con la EEOC, el Departamento de Justicia (DOJ) de los Estados Unidos es el principal organismo federal responsable de investigar los reclamos por discriminación laboral contra la mayor parte de los empleadores del Título II. Los empleados de las entidades gubernamentales que reciban financiación federal deben presentar los reclamos por discriminación contemplados en el artículo 504 en el organismo federal que proporciona la financiación. Se deben presentar los reclamos en el DOJ o el organismo federal correspondiente dentro de los 180 días siguientes a la fecha de la discriminación.

Para presentar un reclamo relacionado con la ADA en el DOJ, utilice el formulario de reclamo en línea disponible en el sitio web de la ADA del Departamento: www.ada.gov.

Los reclamos también se pueden enviar por correo a la división de derechos de las personas con discapacidad:

U.S. Department of Justice
950 Pennsylvania Avenue, N.W.
Civil Rights Division
Disability Rights Section
Washington, D.C. 20530

Los tribunales sostienen que, a diferencia de las demandas contra empleadores privados contempladas en el Título I de la ADA, no es necesario obtener una carta que otorgue el derecho de demanda del DOJ antes de presentar una demanda contemplada en el artículo 504 o Título II en un tribunal. Dichos tribunales han indicado que, a pesar de que las normas jurídicas del Título I se aplican en los reclamos por discriminación laboral contemplados en el Título II y en el artículo 504, los requisitos procesales no son los mismos. Las demandas contempladas en el artículo 504 o en el Título II se deben presentar dentro del plazo de un año desde la fecha de la discriminación.

Litigio

Las violaciones de la ley contempladas previamente también se pueden resolver a través de demandas privadas. Tenga en cuenta que las leyes de prescripción establecen límites en el plazo para iniciar un proceso judicial, y que potencialmente podría perder un reclamo si no actúa dentro del marco de la ley de prescripción correspondiente. La inmunidad soberana también puede limitar el amparo disponible por parte de las entidades gubernamentales. Si le interesa proceder con un litigio, deberá consultar un abogado lo más pronto posible.

 

Carta de muestra para solicitar una adaptación razonable

[Fecha]

Estimado [empleador]:

Le escribo para solicitar [una] adaptación[es] razonable[s] para mi discapacidad/mis discapacidades. Soy [un empleado de/un postulante a un cargo en] [entidad pública]. Debido a mi discapacidad, necesito las siguientes adaptaciones: [lista de adaptaciones]. Mi [médico/psiquiatra/psicólogo/terapeuta/trabajador social/terapeuta ocupacional/otra persona (describir)] considera que estas adaptaciones/modificaciones son necesarias en función de mi discapacidad.  Consulte la carta adjunta de [nombre del médico o profesional].

Las leyes estatales y federales exigen a los empleadores que proporcionen adaptaciones para los empleados o postulantes con discapacidades. Por favor, responda a esta solicitud antes del [fecha]. No dude en comunicarse conmigo al [su número de teléfono y/o dirección de correo electrónico] si tiene alguna pregunta.  Gracias.

 

Atentamente.

[Su nombre]

[Su domicilio]

Carta de apoyo de muestra

[Fecha]

Estimada [entidad pública]:

Soy el [médico/psiquiatra/psicólogo/terapeuta/trabajador social/terapeuta ocupacional] de [nombre], y conozco su condición. Tiene una discapacidad que produce ciertas limitaciones funcionales. Estas limitaciones incluyen [lista de limitaciones funcionales que requieren la adaptación solicitada].

[La adaptación solicitada] es necesaria para [nombre] para [trabajar/solicitar un empleo] en [empleador]. [Describa la manera en que la adaptación ayudará o apoyará a la persona].

Gracias por proporcionar esta adaptación razonable para [nombre].

Atentamente.

[Nombre y cargo]