CONOZCA SUS DERECHOS: Prohibición del uso de mascarillas en los campus universitarios de California

CONOZCA SUS DERECHOS: Prohibición del uso de mascarillas en los campus universitarios de California
Los campus universitarios de California han estado incluyendo en sus políticas y procedimientos la “prohibición del uso de mascarillas” para los estudiantes. Los funcionarios del campus dicen que quieren que estas prohibiciones eviten que los estudiantes oculten su identidad. Dicen que necesitan prohibir el uso de mascarillas para la seguridad del campus. Utilizan la policía universitaria para hacer cumplir estas prohibiciones.
Descargo de responsabilidad: Esta publicación es solo información legal y no es un consejo legal sobre su situación individual. Está vigente a la fecha de publicación. Tratamos de actualizar nuestros materiales regularmente. Sin embargo, las leyes cambian regularmente. Si desea asegurarse de que la ley no haya cambiado, comuníquese con DRC u otra oficina legal.
Resumen
Los campus universitarios de California han estado incluyendo en sus políticas y procedimientos la “prohibición del uso de mascarillas” para los estudiantes. Los funcionarios del campus dicen que quieren que estas prohibiciones eviten que los estudiantes oculten su identidad. Dicen que necesitan prohibir el uso de mascarillas para la seguridad del campus. Utilizan la policía universitaria para hacer cumplir estas prohibiciones.
Estas prohibiciones se dirigen a los manifestantes estudiantiles, y perjudican injustamente a los estudiantes con discapacidades que usan mascarillas por su salud y seguridad. La policía universitaria no puede distinguir entre un manifestante que oculta su identidad y una persona con una discapacidad que usa una mascarilla por razones de salud. Tendrían que hacer preguntas invasivas sobre la discapacidad de la persona y su información médica para saber cuándo pueden hacer cumplir la prohibición del uso de mascarillas. A veces, un estudiante con una discapacidad puede usar una mascarilla por razones de salud mientras participa en una protesta. Las personas con discapacidades corren un mayor riesgo de sufrir violencia cuando interactúan con las fuerzas del orden, y estas no deberían tomar decisiones sobre quiénes pueden usar mascarillas en los campus públicos.
Esta guía fue creada para informarle sobre sus derechos en lo referente a usar una mascarilla en la escuela y brindarle información sobre qué hacer si se violan estos derechos.
Preguntas frecuentes:
1. En mi campus está prohibido el uso de mascarillas. ¿Puedo seguir usando una mascarilla en la escuela?
Sí, puede seguir usando una mascarilla en la escuela. Usted tiene derecho a la salud y la seguridad en el campus. Tiene el mismo derecho a elegir si desea usar una mascarilla en público y no debería ser perseguido por esa decisión.
2. Si alguien me pregunta por qué llevo mascarilla ¿tengo que responder? ¿Tengo que divulgar mi discapacidad?
No es necesario que revele detalles específicos sobre su discapacidad o diagnóstico. Puede que sea útil hacerle saber a la persona que pregunta que usted tiene una discapacidad simplemente diciendo: “Tengo una discapacidad y necesito usar esta mascarilla por mi salud y seguridad”.
3. Si un profesor me pide que me quite la mascarilla, ¿tengo que hacerlo?
Usted tiene derecho a usar una mascarilla en el campus. Puede explicarle al profesor que está usando una mascarilla por razones de salud y seguridad.
4. ¿Existen leyes que protejan mi derecho a usar una mascarilla?
Sí, existen leyes estatales y federales que prohíben la discriminación.
Si necesita usar una mascarilla por una razón relacionada con una discapacidad, entonces prohibirle usarla por ese motivo es discriminatorio.
Las leyes federales que protegen su derecho a usar una mascarilla incluyen la ley de Estadounidenses con Discapacidades (Secciones 12101 y siguientes del Título 42 del Código de los Estados Unidos [U.S.C., United States Code]) y la Sección 504 de la ley de Rehabilitación de 1973. (Sección 701 y siguientes del Título 29 del U.S.C.).
El Título II de la ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA, Americans with Disabilities Act) prohíbe la discriminación por motivos de discapacidad en todos los servicios, programas y actividades que ofrecen las instituciones públicas. La mayoría de las universidades de California se consideran como instituciones públicas, incluido el sistema de la Universidad de California, el sistema de la Universidad Estatal de California y el sistema de Universidades Técnicas de California.
El Título III de la ADA prohíbe que las instituciones privadas de educación superior discriminen por motivos de discapacidad. Según el Título II y el Título III, usted tiene derecho a solicitar una “modificación razonable” o una “adaptación razonable” si son necesarias para acceder a los servicios, programas, actividades o instalaciones de una universidad o institución de educación superior. Consulte la pregunta 8 para obtener más información sobre las modificaciones y adaptaciones razonables.
La Sección 504 de la ley de Rehabilitación evita que las entidades públicas que reciben fondos federales discriminen por motivos de discapacidad. La mayoría de las universidades de California reciben financiamiento federal, como subvenciones de ayuda financiera federal. Esto incluye el sistema de la Universidad de California y el sistema de la Universidad Estatal de California. Usted tiene derecho a solicitar adaptaciones razonables al amparo de la Sección 504. Los derechos que le confiere la Sección 504 son similares a los que le confiere la ADA.
California también tiene leyes que lo protegen contra la discriminación. La Sección 11135 del Código de Gobierno de California corresponde para el estado, las agencias estatales, y los programas y actividades que reciben fondos estatales. La mayoría de las universidades e instituciones de educación superior de California reciben fondos estatales. (Secciones 14020(m) del Código de Reglamentos de California [CCR, California Code of Regulations]). Esto incluye el sistema de la Universidad de California, el sistema de la Universidad Estatal de California y el sistema de Universidades Técnicas de California. La Sección 11135 prohíbe la discriminación por motivo de varias características protegidas, como “una discapacidad mental, una discapacidad física [y] una afección médica”. Recientemente, se adoptó un reglamento para la Sección 11135 que aclara que sus protecciones legales también corresponden para las personas con problemas de salud inmunológica. (Secciones 14020(4)(A) y 14020(12) del CCR).
Según la Sección 11135 y su reglamento de implementación, las universidades de California y otras escuelas financiadas por el estado no pueden tener políticas que discriminen por motivos de discapacidad, como las prohibiciones del uso de mascarillas.
Puede haber otras leyes que correspondan para su situación.
5. Trabajo en un campus con una política restrictiva sobre el uso de mascarillas. ¿Existen leyes que protejan mi derecho a usar una mascarilla en el trabajo?
Sí, el Departamento de Reglamentaciones Industriales de California tiene implementadas políticas por el COVID-19 que no son de emergencia, al menos hasta el 3 de febrero de 2025. De acuerdo con esta política, los empleadores deben permitir que los trabajadores usen cubiertas faciales, si deciden hacerlo (Sección 3205(f)(4) del Título 8 del CCR).
6. ¿Hay otras leyes que pudieran corresponder para mi situación?
Sí, puede haber otras leyes que correspondan, dependiendo de su escuela y del servicio, programa, actividad o instalación involucrados. Por ejemplo, las leyes estatales y federales de vivienda justa corresponderían para los programas de vivienda de su escuela, y las leyes estatales que corresponden para las empresas privadas y otros lugares públicos pudieran corresponder para su escuela o para las entidades que operen en el campus. Se le recomienda consultar con un abogado para obtener orientación legal sobre su situación en particular. Nada de lo contenido en esta guía pretende proporcionar asesoramiento jurídico individualizado.
7. Mi campus está implementando una prohibición del uso de mascarillas en un intento por limitar las protestas. ¿Puedo seguir usando mascarilla en una protesta?
Sí, puede seguir usando mascarilla en una protesta. Además de las protecciones específicas para las personas con discapacidades que implica el uso de una mascarilla, la Primera Enmienda protege su derecho a la libertad de expresión. Esto incluye el derecho a protestar anónimamente.
Sin embargo, la prohibición de usar mascarillas en los campus universitarios puede resultar en sanciones por usar una mascarilla para ocultar su identidad en una protesta. Si usa una mascarilla por razones de salud o discapacidad, no debería estar sujeto a estas sanciones. Sin embargo, es posible que las autoridades policiales o los funcionarios universitarios no apliquen esta norma de manera justa. Tal vez quiera considerar la posibilidad de decirles a las autoridades que cuestionan su uso de una mascarilla: “Estoy usando una mascarilla para proteger mi salud”, pero debe estar preparado porque eso podría no evitar que lo hostiguen.
Para obtener más información sobre sus derechos al protestar, consulte la Guía de Conozca sus Derechos para los manifestantes con discapacidades.
8. ¿Qué es una adaptación/modificación razonable?
Una adaptación o modificación razonable es un cambio en una norma, política o práctica que es necesario para brindar a una persona con una discapacidad igualdad de acceso a un servicio, programa o instalación en una escuela. Los centros educativos deben proporcionar dichos cambios, a menos que supongan una carga económica o administrativa excesiva para ellos; cambien de manera fundamental la naturaleza de los servicios, programas o actividades de la escuela; o supongan una amenaza directa para la salud o la seguridad de los demás. Los términos “modificación razonable” y “adaptación razonable” son intercambiables en el contexto de las escuelas y las prohibiciones del uso de mascarillas. En el resto de esta guía utilizamos el término “adaptación razonable”.
Para obtener más detalles sobre las adaptaciones razonables en entornos de educación superior, consulte la Hoja informativa sobre discriminación por discapacidad para las universidades y los campus de educación superior.
9. ¿Cómo puedo solicitar una adaptación razonable para usar una mascarilla?
Para solicitar una adaptación razonable a una prohibición del uso de mascarillas debido a su discapacidad, debe explicar por qué es necesario que usted use una mascarilla para acceder a los servicios, programas, actividades o instalaciones de la escuela. No es necesario que proporcione a la escuela un diagnóstico ni que entre en detalles sobre su discapacidad o afección médica, pero sí debe explicar la conexión entre la adaptación que solicita y la necesidad relacionada con su discapacidad.
Puede hacer su solicitud verbalmente o por escrito, pero por lo general es mejor hacerla por escrito para tener constancia de ella.
Si alguien le detiene por usar una mascarilla, es posible que solo pueda expresar verbalmente la adaptación que se le concedió. Luego deberá documentar esto lo antes posible por escrito a la oficina correspondiente de Servicios para Estudiantes con Discapacidades del campus.
10. Si siento que estoy siendo acosado por estudiantes, profesores o personal por usar una mascarilla, ¿qué debo hacer?
El acoso basado en la discapacidad es ilegal conforme a las leyes federales y de California, incluidas las leyes mencionadas anteriormente. Si está siendo acosado, documente su experiencia. Si un miembro del profesorado es responsable, se puede acudir a un empleado de nivel superior (supervisores y gerentes). Documente las conversaciones a lo largo de la cadena de mando de los diferentes empleados y miembros del personal con los que hable, y hágalo por escrito, o con fotografías, textos o testigos. Guarde una copia de todos los correos electrónicos, quejas y documentos. También puede contactar por escrito a recursos internos dentro del sistema universitario para dejar constancia de lo que ha experimentado. Luego, comuníquese también con otros recursos externos, como agencias estatales y federales que aceptan quejas, y cuénteles su experiencia en el campus.
11. Si un policía me detiene por llevar mascarilla ¿qué debo hacer? ¿Cuáles son mis derechos al interactuar con la policía?
Usted tiene derecho a usar mascarilla en el campus. Puede explicarle al oficial de policía que está usando una mascarilla por razones de salud y seguridad. La policía del campus debe acatar las leyes estatales y federales contra la discriminación, incluida la ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA).
Si el oficial continúa exigiendo que se quite la mascarilla, puede pedir verbalmente una adaptación razonable. No es necesario que declare su discapacidad, pero sí debe explicar el “por qué” de su necesidad de usar una mascarilla para realizar una solicitud de adaptación razonable. Es importante documentar su experiencia. Es útil grabar en video su experiencia o escribirla después. Anote los datos de identificación del policía, incluido el nombre o el número de la agencia policíaca con la que interactúa, si es posible. Tiene derecho a pedir una copia de los informes o partes policiales como constancia.
12. Si me arrestan o me detienen, ¿puedo seguir usando una mascarilla?
Si lo arrestan o detienen, puede solicitar verbalmente una adaptación razonable para continuar usando una mascarilla. Para obtener más detalles sobre las adaptaciones razonables al interactuar con las fuerzas policiales, consulte ¡Sus Derechos! Las personas con discapacidades y las fuerzas policiales.
13. ¿Cómo puedo plantear mis inquietudes ante el sistema universitario?
Si ha sido discriminado, tiene derecho a presentar quejas internas por escrito para documentar su experiencia. Puede utilizar estas quejas internas como pruebas para denuncias externas. Hay varias vías que puede seguir:
Los recursos a continuación son específicos del sistema de la Universidad de California. Si está en una universidad diferente, puede buscar recursos similares en su campus.
Quejas ante la Policía de la UC: Las quejas, generalmente llamadas “quejas civiles”, pueden ser recogidas por el departamento de policía de su campus. Debe recibir una respuesta oportuna a su queja. Es posible que pueda presentar una queja anónima.
- Todos los datos de las quejas de civiles sobre las escuelas de la UC se encuentran aquí: Seguridad comunitaria: Quejas civiles | Universidad de California
- La policía del campus debe reportar toda acción policial indebida, según el código penal 832.5.
- No hay fecha límite para presentar una queja, pero es mejor hacerlo lo antes posible.
Plan de seguridad comunitaria de la UC
- Comuníquese por escrito con los miembros del grupo de trabajo y con el funcionario responsable de su escuela para denunciar las infracciones al Plan de Seguridad Comunitaria de la UC.
- Lista de miembros del grupo de trabajo.
- Lista de funcionarios responsables del campus encargados de implementar el Plan de Seguridad Comunitaria.
Denuncie su experiencia por escrito ante la Oficina de Derechos Civiles del Sistema
- Presente una denuncia aquí: https://uctitleix.i-sight.com/portal
- Las denuncias se pueden presentar de forma anónima.
- No hay fecha límite para presentar una queja, pero es mejor hacerlo lo antes posible.
Comuníquese o reporte un incidente ante la oficina encargada de asuntos de la ADA de su campus:
- Lista de todas las oficinas encargadas de asuntos de la ADA:
- https://www.ucop.edu/ethics-compliance-audit-services/compliance/american-disabilities-act-ada/campus-ada-coordinator-contacts.html
- Comuníquese con el coordinador de asuntos de la ADA de su escuela específica de la UC.
Comuníquese o denuncie un incidente ante las Oficinas de No Discriminación de su campus
- Aquí encontrará una lista de oficinas de combate a la discriminación: Oficinas del campus contra la discriminación
- Algunas escuelas de la UC también pueden tener un equipo de “combate a los prejuicios”, como el Equipo de Recursos y Educación sobre Prejuicios (BERT, Bias Education and Resource Team) de la Universidad de San Francisco. Si su escuela cuenta con uno de estos, acuda a ellos para denunciar el problema por escrito.
14. ¿Existen recursos de denuncia externos a los que pueda recurrir si creo haber sido discriminado?
Sí.
- Denuncia ante el Departamento de Derechos Civiles de California (CRD, Civil Rights Department)
- Para denuncias al amparo de la legislación estatal
- Anteriormente conocido como el Departamento de Vivienda y Empleo Justo (DFEH, Department of Fair Employment and Housing)
- Cómo presentar una denuncia: https://calcivilrights.ca.gov/complaintprocess/
- Presente la denuncia en el plazo de un año a partir de cometida la presunta práctica ilícita
- Oficina de Denuncias de Derechos Civiles (OCR, Office of Civil Rights) del Departamento de Educación
- Para denuncias al amparo de la legislación federal
- Cómo presentar una denuncia: https://www2.ed.gov/about/offices/list/ocr/complaintintro.html
- Formulario a llenar: http://www.ed.gov/about/offices/list/ocr/complaintintro.html.
- Presente su denuncia en un plazo de 180 días a partir de cometido el acto de discriminación más reciente
- Denuncia ante el Departamento de Justicia de EE. UU. (DOJ, Department of Justice)
- Presente una denuncia aquí: https://civilrights.justice.gov/
- Se puede presentar en cualquier momento, pero es mejor hacerlo lo antes posible.
- Recursos legales
- Usted tiene derecho a entablar una demanda si ha sido discriminado como miembro de una categoría protegida. Las demandas tienen límites de tiempo para entablarse una vez que se ha cometido un acto discriminatorio y pueden ser de tan solo un año. Es posible que desee acudir a un abogado para recibir información y preguntar por los plazos para sus reclamaciones específicas.
15. ¿Dónde encuentro otros recursos para conocer más sobre este tema?
- Sus derechos como persona con discapacidad y el cumplimiento de la ley:
- https://www.disabilityrightsca.org/publications/your-rights-people-with-disabilities-and-law-enforcement
- Guía de Conozca sus derechos para manifestantes con discapacidades: DREDF
- Recursos de DRC sobre la educación superior: https://www.disabilityrightsca.org/resources/higher-education
- Sus derechos y la discriminación por discapacidad en la educación superior: https://www.disabilityrightsca.org/publications/disability-discrimination-fact-sheet-colleges-and-universities
- Conozca sus Derechos: Derechos de las personas con sordera: Qué hacer al interactuar con la policía
- Sus derechos al participar en protestas: Folleto Conozca sus derechos 2022 de NLG
- DREDF Lucha por un acceso seguro en un entorno sanitario en el que el uso de mascarillas es opcional