Cómo obtener una evaluación educativa independiente a cargo del Estado
Cómo obtener una evaluación educativa independiente a cargo del Estado
Esta publicación proporciona información sobre cómo obtener una evaluación educativa independiente a cargo del público de un distrito escolar. Otra forma de obtener una evaluación educativa independiente es pagar la evaluación por su cuenta.
Esta publicación le proporciona información sobre cómo obtener una evaluación educativa independiente con fondos públicos por parte del distrito escolar. Otra manera de obtenerla es pagándola usted mismo. Existen varias razones por las que usted podría querer solicitar una evaluación educativa independiente para su hijo o hija:
- que esté en desacuerdo con la última evaluación de educación especial realizada por el distrito escolar;
- que el distrito escolar haya llevado a cabo una evaluación inicial o una reevaluación, pero no haya identificado completamente todas las áreas que debían ser evaluadas y que usted esté en desacuerdo con el resultado de dicha evaluación; o
- que el distrito escolar le haya denegado la elegibilidad a su hijo o hija para acceder a los servicios de educación especial o cualquier otro apoyo o servicio necesarios en virtud de las recomendaciones de una evaluación del distrito mal ejecutada.
Ley aplicable
Los reglamentos federales de la Ley de Educación para Personas con Discapacidades establecen lo siguiente, con algunas condiciones:
“Los padres de un alumno o alumna tendrán derecho a pedir una evaluación educativa independiente a cargo del Estado si están en desacuerdo con una evaluación realizada por un organismo público (como puede ser el distrito escolar)…”.1
Una evaluación educativa independiente (Independent Educational Evaluation, IEE) consiste en una evaluación que debe llevar a cabo una persona calificada que no sea empleada del distrito escolar del alumno.2 El padre, la madre o el tutor legal de un alumno o alumna pueden solicitar al distrito escolar una IEE a cargo del Estado. Al recibir esta solicitud, el distrito escolar tiene solo dos opciones:
- pagar la IEE, o bien
- solicitar una audiencia de debido proceso en la que deberá demostrar que la evaluación fueadecuada.3
Por lo general, los distritos escolares eligen pagar la IEE, ya que es la opción más económica. Les supondría un costo mayor solicitar una audiencia de debido proceso contra usted y demostrar que la evaluación era adecuada. El distrito escolar no puede, desde el punto de vista legal, ignorar su reclamo o simplemente negarse.
Cómo solicitar una IEE
Estos son los pasos por seguir si desea solicitar una IEE a cargo del Estado para su hijo o hija:
Paso 1: Enviar una solicitud por escrito para pedir una IEE a cargo del Estado.
Si está en desacuerdo con la evaluación realizada por el distrito escolar, envíe una carta o un correo electrónico al administrador de casos de su hijo o hija o al director de educación especial correspondiente a su distrito. En el cuerpo de la carta o correo, declare que está en desacuerdo con la evaluación del distrito escolar y que desea solicitar una IEE a cargo del Estado.
Aunque las regulaciones no lo especifiquen, es importante que la solicitud se haga por escrito. En tanto no le provea al distrito escolar una notificación en la que exprese su desacuerdo con la evaluación y en la cual solicite una IEE a cargo del Estado, el distrito escolar quedará exento de financiar la evaluación. A su vez, esa carta o correo electrónico puede constituir prueba de la notificación, en caso de que se produjera un conflicto más adelante. Conserve una copia de la carta o del correo para su registro.
Es posible que, después de recibir la carta, el distrito escolar le pida que explique el motivo del desacuerdo con la evaluación. Aun así, usted no tiene la obligación de explicar las razones del desacuerdo. En caso de que decidiera no hacerlo, el distrito escolar no puede tomar su rechazo como excusa para retrasar la respuesta a la solicitud.4
Paso 2: Esperar la respuesta
Después de que envíe la carta o el correo electrónico, el distrito escolar debe dar una respuesta a su solicitud “sin incurrir en demoras innecesarias”.5 La ley no especifica cuánto tiempo puede demorar el distrito en responder, pero sí estipula un plazo breve, pero razonable, para que el padre, la madre o el tutor legal puedan discutir y negociar con el distrito sobre la solicitud de la IEE.6 Lo que constituya un plazo razonable dependerá de la situación específica. Por ejemplo:
- En J.P. v. el Distrito Escolar Unificado de Ripon, el distrito presentó una solicitud para audiencia de debido proceso más de dos meses después de que los padres hubieran solicitado la IEE. El tribunal determinó que el distrito había presentado la solicitud de manera oportuna, ya que los padres y el distrito escolar se mantuvieron en comunicación sobre la solicitud de la IEE durante los dos meses anteriores a que el distrito presentara la solicitud de debido proceso.7
- En el Distrito Escolar Unificado de Pajaro Valley v. J.S., el distrito no explicó por qué se demoró 11 semanas en presentar la solicitud de debido proceso, por lo que el tribunal determinó que el distrito escolar había violado la ley.8
Como regla general, un plazo razonable de espera sería de 15 días escolares, ya que los distritos escolares deben entregar a los padres o tutores legales un plan de evaluación dentro de los 15 días de la fecha en la que se solicitó.
Tras enviar la carta o el correo electrónico, podrían darse los siguientes escenarios:
- que, si el distrito escolar no responde en absoluto, este se encontrará incumpliendo la ley; que no reciba ninguna respuesta del distrito; en tal caso avance directamente al Paso 4 de esta publicación;
- que el distrito escolar acepte financiar la IEE, entonces podrán trabajar juntos en seleccionar a un evaluador independiente;
- que el distrito escolar presente una solicitud de debido proceso; en tal caso, prepárese para asistir a la audiencia. Necesitará explicarle al juez por qué cree que la evaluación del distrito es inadecuada y por qué necesita una IEE. Para obtener más información sobre cómo prepararse para la audiencia, consulte el capítulo 6, Información sobre el debido proceso y los procedimientos de cumplimiento, del Manual de responsabilidades y derechos de la educación especial.
Paso 3: No acepte un “No” por respuesta
Si el distrito escolar no ha respondido a su solicitud o la ha denegado sin presentar una solicitud de debido proceso, proceda a escribirle otra carta. En esa carta, declare que el distrito ha violado sus derechos en virtud del reglamento federal de educación especial CFR, título 34, artículo 300.502(b).
A su vez, si no ha recibido una respuesta del distrito, puede decirle que tomará su inacción como señal de que accede a financiar la IEE. También, tiene la opción de hacer lo siguiente:
- puede notificarle al distrito escolar que usted pagará por la IEE y que luego le enviará la factura para su reembolso, o bien
- puede pedirle al distrito escolar que le pague de manera directa al proveedor que usted ha seleccionado para realizar la IEE.
Si decide continuar con el proceso de la IEE sin antes haber obtenido una respuesta por parte del distrito, asegúrese de que el evaluador independiente reúna todos los criterios estipulados en las pautas para las IEE del distrito, incluso los criterios de elegibilidad y el costo. También puede optar por no escribirle ninguna carta al distrito escolar y avanzar directamente al Paso 4 de esta publicación.
Paso 4: Si nada de lo anterior diera resultado, presente un reclamo ante el Departamento de Educación de California
Si el distrito escolar aún no ha accedido a financiar la IEE ni ha presentado una solicitud del debido proceso, usted puede presentar un reclamo de cumplimiento ante el Departamento de Educación de California (California Department of Education, CDE). En el reclamo, debe indicar que el distrito escolar ha violado sus derechos procesales en virtud del CFR, título 34, artículo 300.502(b), y exigirle al CDE que el distrito le garantice una IEE de manera inmediata.
Para obtener más información sobre cómo presentar reclamos de cumplimiento, consulte el capítulo 6, Información sobre el debido proceso y los procedimientos de cumplimiento, del Manual de responsabilidades y derechos de la educación especial.
Preguntas frecuentes
¿Cómo elegir quién llevará a cabo la IEE de mi hijo?
El distrito escolar debe proveerle información sobre las IEE, incluidos un listado de posibles proveedores, una lista de precios y los requisitos del distrito escolar con respecto a las IEE.9 No tiene la obligación de elegir un evaluador de los sugeridos en la lista del distrito. Aunque, si decide elegir uno que no está en la lista, asegúrese que el evaluador que escoja reúna todos los requisitos del distrito en torno a las IEE.10
Si el distrito escolar limita sus opciones de evaluador de manera tal que la evaluación ya no sería autónoma o independiente del distrito, usted puede presentar un reclamo de cumplimiento ante el CDE.
¿Qué puedo hacer si no cuento con el dinero suficiente para pagar la IEE por adelantado y el distrito insiste en que la única opción disponible es el reembolso?
Las leyes y los reglamentos de educación especial no especifican la manera en la que el distrito debe proveer la financiación de la IEE. Sin embargo, si usted no pudiera pagar una IEE por adelantado, aún si esta le fuera reembolsada luego, el distrito escolar deberá encargarse de tomar las medidas pertinentes, lo que puede incluir pagarle al evaluador independiente de manera directa. Si el distrito escolar se rehúsa a tomar dichas medidas, usted puede presentar un reclamo de cumplimiento ante el CDE. En dicho reclamo, puede señalar que el requisito de pago por adelantado del distrito escolar le impide obtener la IEE.
Si tengo el dinero para pagar la evaluación, ¿debería pagarla ahora y luego pedir el reembolso?
Como padre, madre o tutor legal, usted siempre tendrá el derecho de obtener una IEE a su cargo y exigir que el distrito considere dicha evaluación al elaborar el Programa de Educación Individualizada (Individualized Education Program, IEP) de su hijo o hija.11
Antes de recurrir a pagar una evaluación independiente por su cuenta, le recomendamos solicitar al distrito que le provea una a cargo del Estado. Si usted paga por una IEE antes de solicitarle al distrito que financie la evaluación, el distrito escolar no estará obligado a reembolsarle el dinero.
¿Qué tipo de evaluaciones puedo solicitar como IEE a cargo del Estado?
Usted puede solicitar una IEE a cargo del Estado para llevar a cabo cualquier evaluación que el distrito escolar ya haya realizado y con la cual usted esté en desacuerdo. Puede solicitar una IEE para cualquier tipo de evaluación que el distrito haya llevado a cabo a fin de evaluar la elegibilidad del niño o niña para acceder a servicios de educación especial o a fin de determinar sus necesidades educativas en el área en la que se sospecha una discapacidad. Esto puede incluir evaluaciones psicoeducativas, de tecnología asistencial, de habla y lenguaje o de transición.
Si el padre, la madre o el tutor legal obtienen una IEE, ya sea mediante financiación del Estado o a su propia costa, el distrito deberá tener en cuenta dicha evaluación al tomar decisiones en lo que respecta al alumno o alumna.12
¿Puede el distrito escolar prohibir que el evaluador independiente ingrese a las instalaciones escolares, incluido el entorno de la clase, para evaluar a mi hijo o hija?
No. Si el distrito escolar observó a su hijo o hija en clase como parte de las evaluaciones o si los procedimientos de evaluación del distrito admiten la observación en clase, le debe brindar la misma oportunidad al evaluador independiente. Si el distrito escolar se niega a permitir que el evaluador independiente lleve a cabo una observación en clase, usted puede presentar un reclamo de cumplimiento ante el CDE. En el reclamo, puede indicar que el evaluador independiente no es capaz de completar su evaluación porque el distrito escolar no le provee la oportunidad de observación que sí tuvo el personal escolar.
Para obtener más información sobre cómo presentar reclamos de cumplimiento ante el CDE, consulte el capítulo 6, Información sobre el debido proceso y los procedimientos de cumplimiento, del Manual de responsabilidades y derechos de la educación especial.
¿Con que frecuencia puedo solicitar una IEE a cargo del Estado?
Puede solicitar solo una IEE por cada evaluación del distrito con la que no esté de acuerdo.13 Lo cual significa que, si no estuviera de acuerdo con el resultado de la IEE a cargo del Estado, deberá esperar a que el distrito escolar vuelva a evaluar al niño o niña antes de poder solicitar otra IEE a cargo del Estado.
Para obtener más información, consulte el Capítulo 2, Información sobre las evaluaciones, del Manual de responsabilidades y derechos de la educación especial.
Descargo de responsabilidad: Esta publicación es solo información legal y no es un consejo legal sobre su situación individual. Está vigente a la fecha de publicación. Tratamos de actualizar nuestros materiales regularmente. Sin embargo, las leyes cambian regularmente. Si desea asegurarse de que la ley no haya cambiado, comuníquese con DRC u otra oficina legal.
- 1. 34 C.F.R. § 300.502(b); ver también Cal Educ. Code § 56329(b).
- 2. 34 C.F.R. § 300.502(a)(3)(i).
- 3. 34 C.F.R. § 300.502(b)(2).
- 4. 34 C.F.R. § 300.502(b)(4).
- 5. 34 C.F.R. § 300.502(b)(2).
- 6. Carta a destinatario anónimo, 56 IDELR 175 (OSEP 2010), disponible en: https://www2.ed.gov/policy/speced/guid/idea/letters/2010-3/redacteda081310iee3q2010.pdf.
- 7. 2009 WL 1034993, at *7-8 (E.D. Cal. Apr. 15, 2009).
- 8. 2006 WL 3734289, at *5 (N.D. Cal. Dec. 15, 2006).
- 9. 34 C.F.R. § 300.502(a)(2).
- 10. Carta a destinatario anónimo, 56 IDELR 175 (OSEP 2010), disponible en: https://www2.ed.gov/policy/speced/guid/idea/letters/2010-3/redacteda081310iee3q2010.pdf.
- 11. 34 C.F.R. §§ 300.502(a), (c)(1).
- 12. 34 C.F.R. § 300.502(c)(1).
- 13. 34 C.F.R. § 300.502(b)(5); Cal. Ed. Code § 56329(b).