Derecho a negarse al tratamiento para convulsiones
Derecho a negarse al tratamiento para convulsiones
Su objetivo es que los lectores entiendan mejor las leyes del estado de California y federales relacionadas con el tratamiento para convulsiones, como la terapia electroconvulsiva (Electroconvulsive Therapy, ECT), incluido el derecho de una persona a dar su consentimiento informado para someterse al tratamiento.
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- ¿Qué es el tratamiento para convulsiones?
- ¿Qué es la terapia electroconvulsiva y cómo está regulada?
- ¿Quién está autorizado a realizar un tratamiento para convulsiones?
- ¿Se requiere un consentimiento informado por escrito para realizar el tratamiento para convulsiones?
- ¿Qué es el consentimiento informado por escrito?
- Si una persona da su consentimiento informado por escrito para someterse a un tratamiento para convulsiones, ¿cuánto dura el consentimiento?
- ¿Para cuántos tratamientos puede una persona dar su consentimiento?
- ¿Puede una persona recibir un tratamiento para convulsiones que supere los límites establecidos?
- ¿Puede una persona revocar su consentimiento escrito?
- ¿Puede una persona negarse al tratamiento para convulsiones?
- ¿Qué significa “capacidad”?
- ¿Tiene una persona “capacidad” para negarse a un tratamiento para convulsiones si tiene una enfermedad mental, discapacidad del desarrollo o enfermedad física?
- ¿Qué sucede si alguien piensa que una persona no tiene capacidad para tomar una decisión sobre el tratamiento para convulsiones?
- ¿Puede una persona con un curador negarse al tratamiento para convulsiones?
- ¿Puede una persona recuperar la capacidad?
- ¿Puede un médico realizar un tratamiento para convulsiones a un niño?
- ¿Puede un médico realizar un tratamiento electroconvulsivo a un cliente del centro regional?
- ¿Puede un médico realizar un tratamiento electroconvulsivo a una persona que está en prisión?
- ¿Hay algún comité que revise el uso del tratamiento para convulsiones?
- ¿Cuáles son los requisitos de presentación de informes correspondientes al tratamiento para convulsiones?
- ¿Qué puede hacer una persona si un médico violó sus derechos?
- ¿Puede una persona presentar una demanda si cree que se violaron sus derechos sobre el tratamiento para convulsiones?
1. ¿Qué es el tratamiento para convulsiones?
La ley de California define el tratamiento para convulsiones como “la inducción planificada de una convulsión a través de medios eléctricos o químicos con fines terapéuticos”.1
2. ¿Qué es la terapia electroconvulsiva y cómo está regulada?
La terapia electroconvulsiva (Electroconvulsive Therapy, ECT) es el tratamiento más común para convulsiones. La ECT se administra con un dispositivo de ECT, que es “un dispositivo recetado, que incluye el generador de impulsos y sus electrodos de estimulación, utilizado para tratar trastornos psiquiátricos graves al inducir en el paciente una convulsión motora grave mediante la aplicación de una breve corriente eléctrica intensa en su cabeza”.2 La ECT también se conoce como “tratamiento por electrochoques”.3
La Administración de Alimentos y Medicamentos (Food and Drug Administration, FDA) no regula el tratamiento de ECT, pero sí regula los dispositivos de ECT, y exige que todos los dispositivos de ECT tengan el siguiente descargo de responsabilidad: “Advertencia: el uso del dispositivo de ECT puede estar asociado con: desorientación, confusión y problemas de memoria.”4 En caso de que falten datos de rendimiento que demuestren el efecto beneficioso a largo plazo, los dispositivos de ECT también deberán incluir la siguiente información: “Advertencia: cuando se usa de manera correcta, este dispositivo alivia los síntomas a corto plazo. No se ha demostrado la seguridad ni la eficacia a largo plazo del tratamiento de ECT”.5
3. ¿Quién está autorizado a realizar un tratamiento para convulsiones?
En California, solo los médicos matriculados para ejercer en California pueden realizar tratamientos para convulsiones.6
4. ¿Se requiere un consentimiento informado por escrito para realizar el tratamiento para convulsiones?
Sí. Si una persona tiene “capacidad” (la capacidad de entender la información que el médico le da) para dar su consentimiento informado por escrito, debe efectivamente hacerlo antes de someterse a un tratamiento para convulsiones.7
Si un tribunal determina que una persona no tiene capacidad para dar su consentimiento informado por escrito, la persona que tiene autoridad legal para tomar decisiones en su nombre debe dar su consentimiento informado por escrito antes del tratamiento.8
El tratamiento para convulsiones deberá preservar siempre el derecho de una persona a la dignidad, la privacidad y la atención humanitaria, incluso cuando se realice involuntariamente.9
5. ¿Qué es el consentimiento informado por escrito?
El consentimiento informado por escrito significa que una persona, a sabiendas y con conocimiento de causa, sin coacción o coerción, da su consentimiento por escrito a la terapia propuesta por su médico.10 Antes de que una persona pueda dar su consentimiento, el médico debe explicar detalles importantes y específicos sobre el tratamiento para convulsiones de manera clara.11 En particular, el médico debe hablar sobre:
- La naturaleza de la enfermedad del paciente y la razón por la que el médico sugiere un tratamiento para convulsiones;
- Los procedimientos que se llevarán a cabo en el tratamiento para convulsiones, incluida la cantidad de veces que una persona puede recibir el tratamiento para convulsiones y durante cuánto tiempo;
- La probabilidad de mejoría o remisión esperada con o sin el tratamiento para convulsiones, por ejemplo, si es probable que una mejoría en los síntomas de una persona sea temporal o permanente;
- La naturaleza, el grado, la duración y la probabilidad de los efectos secundarios y los riesgos significativos del tratamiento para convulsiones, “teniendo en cuenta, en particular, el grado y la duración de la pérdida de memoria (incluida su irreversibilidad), y cómo y en qué medida pueden ser controlados, si es que se pueden controlar”;
- Las diferentes opiniones que existen sobre la efectividad del tratamiento para convulsiones, por qué y cómo funciona, así como sobre los riesgos y efectos secundarios comúnmente conocidos;
- Los tratamientos alternativos razonables, y por qué el médico recomienda un tratamiento para convulsiones, en lugar de otros tratamientos; y
- El derecho de la persona a aceptar o rechazar el tratamiento para convulsiones, y que si da su consentimiento, tiene derecho a revocarlo por cualquier motivo y en cualquier momento antes del tratamiento o entre tratamientos.12
El médico también debe darle el “Formulario de consentimiento informado para el tratamiento electroconvulsivo (ECT)” y:
- Darle al menos 24 horas para decidir si quiere firmar el formulario;
- No puede presionar a la persona para que firme el formulario ofreciendo privilegios adicionales, como prometerle que regresará a casa, ni amenazando con enviar a la persona a un establecimiento más restrictivo si se niega a recibir tratamiento.13
Si una persona acepta el tratamiento para convulsiones, debe firmar el formulario antes de que el médico realice el tratamiento. En la historia clínica del paciente, se agrega una copia del formulario y una nota en la que se indica que el médico ha explicado el tratamiento para convulsiones al paciente y considera que es la “opción menos drástica disponible”.14
6. Si una persona da su consentimiento informado por escrito para someterse a un tratamiento para convulsiones, ¿cuánto dura el consentimiento?
El consentimiento informado por escrito para realizar el tratamiento para convulsiones solo puede cubrir una cantidad limitada de tratamientos y no puede durar más de 30 días.15 Por lo tanto, si un médico desea realizar más tratamientos a una persona después de 30 días, debe obtener el consentimiento informado por escrito del paciente nuevamente.
7. ¿Para cuántos tratamientos puede una persona dar su consentimiento?
Más de 15 tratamientos en 30 días o 30 tratamientos en un año se considera “excesivo”.16
8. ¿Puede una persona recibir un tratamiento para convulsiones que supere los límites establecidos?
El médico puede realizarle a una persona un tratamiento para convulsiones que supere los límites establecidos solo si el médico recibe la aprobación de un comité de revisión del establecimiento o condado donde vive el paciente.17 La solicitud de aprobación para realizar tratamientos para convulsiones adicionales debe incluir:
- El diagnóstico del paciente;
- El motivo por el que el médico recomienda tratamientos adicionales;
- Si el médico consideró otros tratamientos;
- Si los tratamientos para convulsiones adicionales son menos riesgosos que las alternativas; y
- Una cantidad máxima de tratamientos adicionales.
Aunque el comité de revisión apruebe el tratamiento adicional para convulsiones, el médico y el establecimiento deben igualmente cumplir con todos los procedimientos correspondientes del consentimiento informado.
9. ¿Puede una persona revocar su consentimiento escrito?
Sí, una persona puede revocar el consentimiento en cualquier momento, por cualquier razón, aunque ya haya recibido algunos de los tratamientos para convulsiones programados.18 Una persona puede retirar su consentimiento, ya sea de forma verbal o por escrito, y la revocación debe tener efecto inmediatamente.19 Si una persona da su consentimiento para someterse al tratamiento para convulsiones, pero luego cambia de opinión, el médico debe obtener su consentimiento informado por escrito de nuevo antes de realizar el tratamiento para convulsiones.20
10. ¿Puede una persona negarse al tratamiento para convulsiones?
Sí. Si una persona tiene “capacidad”, tiene derecho a negarse al tratamiento para convulsiones.21 Esto incluye a las personas internadas o admitidas en un hospital estatal, centro comunitario de atención o centro de salud.22
Si, a pesar del asesoramiento médico, una persona se niega a someterse al tratamiento para convulsiones, el médico debe registrar esta negación en el historial de tratamiento y explicar al paciente que es responsable de cualquier cosa que le pueda suceder por haberse negado a recibir el tratamiento.23
El derecho a negarse al tratamiento para convulsiones, incluido el ECT, es importante porque tiene efectos secundarios potencialmente graves. Consulte el apéndice A para obtener una descripción de los posibles efectos secundarios del ECT. Consulte también el apéndice B para obtener una lista de preguntas que un paciente puede querer hacer al médico antes de dar su consentimiento para el tratamiento para convulsiones.
11. ¿Qué significa “capacidad”?
Se considera que una persona tiene la “capacidad” de tomar una decisión voluntaria si entiende y puede actuar de acuerdo con la información proporcionada por un médico sobre el tratamiento para convulsiones (descrito anteriormente en la sección 5).24 En particular, es importante que la persona entienda los beneficios y riesgos potenciales del tratamiento propuesto, como los siguientes:
- La enfermedad del paciente;
- Qué es el tratamiento para convulsiones, incluida la información sobre los efectos secundarios y riesgos, como la pérdida de memoria;
- Cuánto tiempo y con qué frecuencia el paciente recibirá tratamiento para convulsiones;
- Si el tratamiento para convulsiones cambiará su funcionamiento cognitivo, psicológico y fisiológico durante poco o mucho tiempo;
- Si mejorará sin el tratamiento para convulsiones;
- Otros tratamientos que podrían realizarse y por qué su médico piensa que el tratamiento para convulsiones es mejor;
- Que algunos médicos no están de acuerdo con el tratamiento para convulsiones debido a los riesgos y efectos secundarios;
- Que tiene derecho a dar su consentimiento o negarse a un tratamiento para convulsiones; y
- Que si el paciente acepta recibir el tratamiento para convulsiones, puede cambiar de opinión más tarde, por cualquier razón, y pedir que se detenga el tratamiento.
No se puede utilizar una directiva anticipada de atención médica, como una directiva psiquiátrica anticipada (Psychiatric Advance Directive, PAD), para autorizar el tratamiento para convulsiones de un paciente.25
Sí. Una persona con diagnóstico de enfermedad mental, discapacidad del desarrollo o enfermedad física tiene derecho a rechazar el tratamiento para convulsiones,26 a menos que un tribunal quite ese derecho inmediatamente.
13. ¿Qué sucede si alguien piensa que una persona no tiene capacidad para tomar una decisión sobre el tratamiento para convulsiones?
Si el médico o abogado de un paciente considera que este no tiene la capacidad de tomar una decisión informada sobre el tratamiento para convulsiones, puede presentar una petición ante el Tribunal Superior para solicitar al tribunal que determine la capacidad del paciente para tomar una decisión informada.27El tribunal programará una audiencia en la que se presentarán pruebas. Si el tribunal cree que el abogado que expresó la duda sobre la capacidad del paciente tiene un conflicto de intereses, designará a un abogado diferente para el paciente. El paciente tiene derecho a estar presente en la audiencia y a presentar pruebas que demuestren por qué tiene capacidad.28
El tribunal solo determinará si el paciente tiene la capacidad de dar su consentimiento informado por escrito para recibir el tratamiento para convulsiones. El tribunal no decidirá si la persona recibirá un tratamiento para convulsiones. Si el tribunal determina que el paciente no tiene capacidad, el consentimiento para realizar el tratamiento para convulsiones deberá darlo un familiar responsable, tutor o curador designado.29
14. ¿Puede una persona con un curador negarse al tratamiento para convulsiones?
Si una persona tiene un curador y el tribunal que ordenó la curatela determinó que el paciente no tenía capacidad para tomar decisiones médicas, el paciente no tiene derecho a negarse al tratamiento para convulsiones. Sin embargo, el curador debe igualmente dar su consentimiento informado por escrito antes de realizar el tratamiento para convulsiones a la persona bajo curatela.30
15. ¿Puede una persona recuperar la capacidad?
Sí, en cualquier momento durante un tratamiento para convulsiones, una persona puede decir que ha recuperado la “capacidad”. En ese caso, se debe interrumpir el tratamiento para convulsiones y se debe volver a evaluar al paciente.31
16. ¿Puede un médico realizar un tratamiento para convulsiones a un niño?
En California, los tratamientos para convulsiones no pueden realizarse a niños menores de 12 años.32
Sin embargo, el tratamiento para convulsiones se puede realizar a niños mayores de 12 años, pero menores de 16 años, si:
- Se trata de una situación de emergencia y el tratamiento para convulsiones “se considera un tratamiento que salvará la vida”;33
- Todos, es decir, tres psiquiatras infantiles calificados o certificados por la junta están de acuerdo en que: (1) es una emergencia, (2) el tratamiento para convulsiones “se considera un tratamiento que salvará la vida”, y (3) el tratamiento para convulsiones es necesario y apropiado;34
- Se realiza de conformidad con el Departamento de Hospitales del Estado;35 y
- Se documenta e informa inmediatamente al Departamento de Servicios de Salud.36
Los niños de 16 o 17 años y los pacientes voluntarios,37 o menores “emancipados”,38 pueden dar o negarse a dar el consentimiento para el tratamiento para convulsiones al igual que los adultos que son pacientes voluntarios.
En el caso de niños de otras edades, el padre, la madre o el tutor legal tiene el derecho de tomar esta decisión (siempre y cuando se cumpla con todas las leyes y procedimientos).39
17. ¿Puede un médico realizar el ECT a un cliente del centro regional?
Los médicos no pueden realizar el ECT a clientes del centro regional, a menos que el ECT se haya incluido como parte de un plan de tratamiento aprobado por el comité de revisión del ECT del centro regional.40 El comité de revisión del ECT debe aprobar de forma unánime el plan de tratamiento de ECT.41 La aprobación se limita a 30 días.42 Además, el plan de tratamiento de ECT debe identificar de forma clara los métodos que se utilizarán para determinar y documentar los resultados de los tratamientos.43 Una vez aprobado, el plan de tratamiento debe llevarse a cabo exactamente como está escrito; de lo contrario, la aprobación queda anulada.44
Los requisitos para la aprobación del ECT de un cliente del centro regional no reemplazan ni sustituyen los requisitos para la administración del ECT de los clientes de salud mental, sino que son una protección adicional para los clientes del centro regional.45 Por lo tanto, si una persona tiene tanto una discapacidad del desarrollo como una enfermedad mental y el médico que lo atiende quiere utilizar el ECT, el médico que lo atiende deberá cumplir con los requisitos del cliente del centro regional, así como con los requisitos de salud mental para demostrar el consentimiento o falta de capacidad.46
18. ¿Puede un médico realizar el ECT a una persona encarcelada?
Derechos de una persona que está en prisión y tiene capacidad
Si una persona que está en prisión tiene capacidad para dar su consentimiento informado para el ECT, los médicos no pueden realizar el ECT sin el consentimiento informado de la persona.47 Aunque una persona tenga capacidad y dé su consentimiento para el ECT, hay pasos adicionales que los médicos deben seguir antes de realizar el ECT.
Primero, si un médico considera que el ECT es necesario para la salud y seguridad de una persona, un comité de médicos debe revisar el historial de tratamiento del paciente y determinar si (1) se necesita el ECT y (2) si la persona tiene la capacidad de dar su consentimiento informado.48 Si el comité de médicos no está de acuerdo de forma unánime en que se necesita el ECT o que la persona ha dado su consentimiento informado, entonces no se puede realizar el ECT a la persona.49
Segundo, las autoridades carcelarias deben obtener autorización de un tribunal superior para realizar un ECT que no sea de emergencia.50
Sin embargo, un médico puede realizar el ECT como medida de emergencia para salvar la vida sin autorización del tribunal, siempre que la persona competente dé su consentimiento.51
Derechos de una persona que está en prisión, pero que no tiene capacidad
En caso de medida de emergencia para salvar la vida, los médicos pueden realizar el ECT a una persona que está en prisión que no tiene capacidad para dar su consentimiento informado para el ECT, incluso sin autorización previa del tribunal.52
Para realizar un tratamiento que no sea de emergencia, las autoridades carcelarias deben obtener la aprobación unánime de un comité de médicos que indiquen que el ECT es necesario para la salud y seguridad de una persona.53 De esta manera, el director de la prisión debe obtener la aprobación del jefe de servicios médicos de la prisión y del secretario del Departamento de Rehabilitación y Correccional de California. El director de la prisión debe presentar una petición ante el tribunal superior del condado en el que vive el paciente para solicitar una audiencia.
El paciente tiene derecho a un abogado para la audiencia, que generalmente es un defensor público. Aunque un tribunal determine que un paciente no tiene capacidad para dar su consentimiento informado, el tribunal debe igualmente tener en cuenta los deseos sobre el tratamiento de ECT manifestados por el paciente cuando tenía capacidad.54
Además, el paciente o su abogado, tutor o curador también pueden presentar una petición ante el tribunal superior del condado en el que viven para solicitar una orden que prohíba el ECT en el paciente.55
Derechos de una persona que está en una cárcel del condado o de un joven que está en un centro de menores
No hay ninguna ley o reglamento específico que permita el ECT en una persona que está en una cárcel del condado o centro de menores. Generalmente, las personas que tienen capacidad y están en una cárcel del condado tienen el derecho de negarse a recibir atención médica o de salud mental que no sea de emergencia.56 Los jóvenes también tienen ese derecho.57
Ante la falta del consentimiento informado en situaciones que no son de emergencia, se requiere una orden judicial antes de realizar un tratamiento médico involuntario a una persona encarcelada. En el caso de los menores o las personas bajo curatela, el consentimiento informado del padre, madre, tutor o custodio legal se aplica cuando lo exige la ley.58
19. ¿Hay algún comité que revise el uso del tratamiento para convulsiones?
Sí. Los establecimientos que realizan el tratamiento para convulsiones deben tener un comité que revise todos los tratamientos para asegurarse de que sean necesarios.59 Los comités deben revisar todos los tratamientos para convulsiones realizados en el establecimiento. El director local de salud mental también debe establecer un comité para revisar los tratamientos para convulsiones realizados fuera de un establecimiento.60 Los registros de estos comités de revisión se tratan de la misma manera que los registros de los comités de utilización y auditoría hospitalaria.61
20. ¿Cuáles son los requisitos de presentación de informes correspondientes al tratamiento para convulsiones?
El médico o establecimiento que realiza un tratamiento para convulsiones debe enviar un informe cada 3 meses al director local de salud mental, quien debe enviar una copia del informe al director de servicios de salud.62 El informe debe incluir la cantidad de personas que recibieron ECT en cada una de estas categorías: (1) pacientes involuntarios que dieron su consentimiento informado; (2) pacientes involuntarios que, conforme a la decisión de un tribunal, no podían dar su consentimiento informado y recibieron tratamiento para convulsiones en contra de su voluntad; (3) pacientes voluntarios que dieron su consentimiento informado; y (4) pacientes voluntarios que, conforme a la decisión de un tribunal, no podían dar su consentimiento informado. El Departamento Estatal de Hospitales del Estado también debe presentar estos informes al director de servicios de salud cada 3 meses.63
21. ¿Qué puede hacer una persona si cree que un médico violó sus derechos?
Clientes del centro regional
Si un cliente del centro regional o su representante cree que se están violando los derechos del cliente, puede presentar un reclamo inicial ante el defensor de los derechos de los clientes, quien es responsable del establecimiento en el que la persona vive o del cual es cliente.64 El defensor de los derechos de los clientes investigará el reclamo y enviará una resolución propuesta por escrito al demandante dentro de los 10 días hábiles.
Para conocer quién es el defensor de los derechos de los clientes, visite los enlaces de la Oficina del Personal de los Derechos de los Clientes de DRC o comuníquese con:
Disability Rights California
Office of Client Rights
1831 K Street
Sacramento, California 95811-4114
Norte de California 1-800-390-7032 (TTY 877-669-6023)
Sur de California 1-866-833-6712 (TTY 877-669-6023)
Clientes que no son del centro regional
Si una persona que no es cliente de un centro regional cree que un médico o establecimiento violó sus derechos, puede denunciar la violación ante:
Disability Rights California
Office of Patients’ Rights
1831 K Street
Sacramento, California 95811-4114
Teléfono: (916) 504-5810
http://www.disabilityrightsca.org/
Correo electrónico: COPRINFOREQUEST@disabilityrightsca.org
o bien
Department of Health Care Services
Office of the Ombudsman
Teléfono: (888) 452-8609
Correo electrónico: MMCDOmbudsmanOffice@dhcs.ca.gov
El director local de salud mental o una persona designada (otra persona asignada), y en algunas circunstancias el director de servicios de salud o la persona designada por este (otra persona designada para actuar en su nombre), debe investigar el informe.65 Si la persona es paciente del Departamento de Hospitales del Estado cuando sus derechos son violados, el director del Departamento de Hospitales del Estado o la persona designada por este también debe llevar a cabo una investigación.
Si el director local de salud mental, el director de servicios de salud o el director del Departamento de Hospitales del Estado determinan que se violaron los derechos de un paciente, pueden tomar varias medidas, como:
1. Exigir que se dejen de violar los derechos dentro de un cierto período de tiempo;
2. Derivar el asunto al Consejo Médico de California u otro organismo de licencias profesionales para investigar y sancionar al médico, si es necesario;
3. Quitar el permiso de un establecimiento para tratar a los pacientes involuntariamente; o
4. Derivar el asunto al fiscal local o al fiscal general para iniciar una causa judicial.66
Si el fiscal general decide llevar el caso a juicio y se determina que un médico ha violado intencionalmente los derechos de una persona con respecto al tratamiento para convulsiones, es posible que el médico tenga que pagar una multa de cinco mil dólares ($5,000) por cada violación y que le quiten su matrícula de médico.67
Prisión
Si una persona que está en prisión cree que sus derechos fueron o son violados, puede presentar una queja de atención médica a través de un formulario CDCR 602 HC.68 Debe presentar la queja dentro de los 30 días calendario posteriores a la acción o decisión que es objeto de la queja.69 En general, el personal de atención médica del CDCR debe procesar la queja dentro de 45 días hábiles.70
Cárceles de condado y centros de menores
Cada cárcel del condado y centro de menores debe desarrollar políticas y procedimientos escritos para procesar las quejas.71 En las cárceles del condado, las personas tienen derecho a recibir una respuesta inicial a su queja dentro de 15 días calendario como máximo.72 Los menores tienen derecho a recibir una respuesta inicial dentro de 3 días hábiles.73
22. ¿Puede una persona presentar una demanda si cree que se violaron sus derechos sobre el tratamiento para convulsiones?
Si una persona está interesada en iniciar acciones legales en relación con su experiencia con el tratamiento para convulsiones, debe tener en cuenta que puede haber estatutos de limitaciones (límites legales sobre la cantidad de tiempo que puede pasar antes de que pueda presentar un reclamo). Para conocer los plazos, debe comunicarse con un abogado cuanto antes. El programa de autoayuda de los tribunales de California también publica información sobre algunos estatutos de limitaciones comunes, para obtener más información, haga clic aquí. Si no cumple con los plazos, es posible que no pueda seguir adelante con su asunto.
Si una persona quiere presentar una demanda contra los fabricantes de un dispositivo de ECT porque el fabricante no advirtió los riesgos del ECT, tendrá que demostrar que el fabricante del dispositivo de ECT debería haber proporcionado advertencias más fuertes sobre los efectos secundarios del dispositivo al médico que lo recetó.74
Apéndice A: Efectos secundarios potenciales de la terapia electroconvulsiva (ECT)
Los efectos secundarios más comunes de la ECT son la desorientación, confusión y pérdida de memoria.75 Algunos estudios demuestran que al menos “algunas formas de ECT tienen efectos que persisten a largo plazo en la capacidad de pensar con claridad”.76 En el estudio más grande de beneficiarios de ECT, el 84.5 % de los encuestados informaron de manera espontánea la pérdida de memoria, el 70.3 % dijo que tenía problemas para retener información nueva (amnesia anterógrada), y el 80.4 % dijo que tenía pérdida de memoria de situaciones de la vida. “Para el 65 % de los que experimentaron amnesia anterógrada, y el 81 % de los que sufrían amnesia retrógrada, la pérdida duró 3 años o más”. “No había evidencia de que la pérdida de memoria se hubiera reducido en los últimos años, como se sugiere a menudo”.
Algunos estudios indican que la ECT puede “no tener beneficios a largo plazo en comparación con [un] placebo”.77 Los fabricantes de dispositivos de ECT reconocen que, “[e]n casos raros, los pacientes pueden experimentar pérdida de memoria permanente o daño cerebral permanente”.78
Los críticos de la ECT señalan que, como la FDA no exige un registro de pacientes para registrar los resultados, y como un fabricante admitió en la declaración ante el tribunal federal que nunca investigó ningún efecto negativo de la ECT informado a la FDA en más de 30 años, es difícil saber con exactitud cuán común es que un paciente experimente una pérdida de memoria permanente o un daño cerebral permanente.79
Los riesgos físicos de la ECT también pueden incluir varias lesiones, incluido, entre otros:80
- complicaciones cardiovasculares, como arritmia, infarto, hipertensión aguda, hipotensión, y accidente cerebrovascular;
- complicaciones pulmonares (por ejemplo, aspiración/inhalación de material extraño, neumonía, hipoxia, obstrucción respiratoria, embolia pulmonar, apnea prolongada);
- convulsiones o de inicio tardío o prolongado;
- inicio/exacerbación de los síntomas psiquiátricos;
- síntomas neurológicos (por ejemplo, parestesia, discinesias, disfunción motora);
- dolor/malestar somático (incluido dolor de cabeza, dolor muscular y náuseas);
- quemaduras en la piel;
- trauma físico (incluidas fracturas, contusiones, lesiones por caídas, lesiones dentales y orales); y
- la muerte.
Si bien no está prohibido realizar ECT a una persona embarazada, según un estudio científico en el que se analizaron muchos otros estudios se observó que el 29 % de las veces hubo un efecto secundario, como la disminución de la frecuencia cardíaca fetal, contracciones uterinas y trabajo de parto prematuro.81 En ese estudio también se observó que la tasa de mortalidad infantil por ECT realizada bajo el protocolo moderno era del 9.4 %.82
Como se indicó anteriormente, debido a los posibles efectos secundarios a corto y largo plazo de la ECT, es fundamental que el paciente hable con un proveedor de servicios de salud para analizar los beneficios, riesgos y efectos secundarios de la ECT en relación con su cuidado y tratamiento individual. En un estudio reciente se observó que el 59 % de los beneficiarios de ECT informaron que no recibieron “información adecuada”, como los riesgos y los posibles efectos secundarios, antes de recibir ECT.83
En otra publicación reciente, en la que se informaron respuestas de más de 1,100 experiencias de ECT, el 62 % de los pacientes informaron que la ECT redujo la calidad de vida, de los cuales el 27 % dijo que la calidad de vida después de la ECT era “mucho peor”.84
El relator especial de la ONU sobre tortura y otros tratos o castigos crueles, inhumanos o degradantes ha “pedido a los países que impongan una prohibición total de todas las intervenciones médicas forzadas y no consentidas, incluida la administración involuntaria de… terapia electroconvulsiva…”.85
Hace poco, personas que afirman que sufrieron daños de los dispositivos de ECT presentaron demandas.86 Un experto en una demanda declaró que un dispositivo de ECT emite 16 veces más corriente que una pistola Taser promedio.87
Apéndice B: Preguntas sobre tratamiento, alternativas y riesgos
Los médicos deben informar a los pacientes sobre los riesgos, las razones y las diferentes opiniones del tratamiento para convulsiones, incluida la ECT, pero es posible que el paciente quiera hacer preguntas adicionales para informarse. Al hablar con un médico, el paciente puede pensar en el acrónimo “TAR” (Tratamiento, Alternativas y Riesgos) y hacer algunas de las siguientes preguntas:
- Tratamiento:
- ¿Por qué me recomienda ECT a mí?
- ¿Qué implicará recibir ECT?
- ¿Cuántas veces necesitaré el tratamiento?
- ¿Cuánto durará cada tratamiento?
- ¿Qué tan probable es que la ECT mejore mi enfermedad?
- ¿Esto será temporal o permanente?
- ¿Qué tan probable es que mi enfermedad mejore sin ECT?
- Alternativas
- ¿Qué otras opciones de tratamiento hay disponibles para tratar mis enfermedades?
- ¿Qué implican esos tratamientos alternativos?
- ¿Qué tan probable es que esos tratamientos alternativos mejoren mis enfermedades de forma temporal o permanente?
- ¿Por qué cree que la ECT puede ser mejor para mí, en vez de esos otros tratamientos?
- Riesgos
- ¿Cuáles son los posibles efectos secundarios y riesgos de la ECT?
- ¿Qué tan graves pueden ser estos efectos secundarios?
- ¿Serían temporales o permanentes?
- ¿Qué tan probable es que experimente estos efectos secundarios?
- ¿Qué pasos va a tomar para minimizar el riesgo de sufrir cualquier efecto secundario?
- 1. Cal. Code Regs. tit. 9, § 836.
- 2. 21 CFR § 882.5940(a).
- 3. Cal. Code Regs. tit. 15, § 3999.348(a).
- 4. 21 CFR 882.5940(b)(1)(viii)(I).
- 5. 21 CFR 882.5940(b)(1)(viii)(J).
- 6. Cal. Code Regs. tit. 9, § 835.
- 7. Cal. Welf. & Inst. Code § 5326.75; Cal. Welf. & Inst. Code § 5326.7(d); consulte también Cal. Code Regs. tit. 9, § 839; Cal. Welf. & Inst. Code § 5326.5; consulte también Cal. Welf. & Inst. Code § 5326.2; consulte en general Canterbury vs. Spence, 464 F.2d 772, 780, avocación rechazada, 409 U.S. 1064 (1972) (“La premisa básica” del consentimiento informado “es el concepto, fundamental en la jurisprudencia estadounidense, de que “un ser humano mayor de edad y en uso pleno de sus facultades mentales tiene derecho a decidir lo que debe hacerse con su propio cuerpo”) (cita de Schloendorff vs. Society of New York Hospital, 105 N. E. 92, 93 (1914) (Cardozo, J.)); consulte también Washington vs. Harper, 494 U.S. 210, 241 (1990) (STEVENS, J., disentimiento) (“No hay duda... de que el derecho de una persona competente a rechazar medicamentos [psicotrópicos] es un derecho fundamental en la libertad que merece el más alto nivel de protección”).
- 8. Cal. Welf. & Inst. Code § 5326.6(b); consulte también la Organización Mundial de la Salud (“OMS”) y la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos (Office of the High Commissioner on Human Rights, OHCHR), salud mental, derechos humanos y legislación: orientación y práctica 58 (2023), https://iris.who.int/bitstream/handle/10665/373126/9789240080737-eng.pdf?sequence=1(stating que la “ECT sin consentimiento… puede constituir tortura y malos tratos”.). [En adelante, la Organización Mundial de la Salud].
- 9. Cal. Welf. & Inst. Code § 5325.1.
- 10. Cal. Welf. & Inst. Code § 5326.5(a).
- 11. Cal. Welf. & Inst. Code § 5326.4.
- 12. Cal. Welf. & Inst. Code § 5326.2.
- 13. Cal. Welf. & Inst. Code § 5326.5; consulte también el Departamento de Servicios de Salud 1800 (junio de 2013), disponible en https://www.dhcs.ca.gov/hm/formsandpubs/forms/Forms/Mental_Health/DHCS_1800.pdf (último acceso el 17 de octubre de 2025).
- 14. Cal. Welf. & Inst. Code § 5326.4.
- 15. Cal. Welf. & Inst. Code § 5326.7(d).
- 16. Cal. Code Regs. tit. 9, § 849(a); tenga en cuenta que en algunos estudios se ha observado que más de 10 tratamientos pueden aumentar el riesgo de desarrollar otras enfermedades, como la esclerosis lateral amiotrófica (“ELA”), aunque se necesitan más estudios para refutar o probar esta asociación (consulte, por ejemplo, Gabor Mezei et al., Recepción de terapia electroconvulsiva y desarrollo posterior de esclerosis lateral amiotrófica: un estudio de cohorte, 43 Bioelectromagnética 81 (2022)).
- 17. Cal. Code Regs. tit. 9, § 849(b).
- 18. Cal. Welf. & Inst. Code § 5326.2(g).
- 19. Cal. Welf. & Inst. Code § 5326.6(d).
- 20. Cal. Welf. & Inst. Code § 5326.7(d).
- 21. Cal. Welf. & Inst. Code §§ 5325(f), 5326.2(g), 5326.85; Cal. Code Regs. tit. 9, § 841.
- 22. Cal. Welf. & Inst. Code § 4503(f).
- 23. Cal. Welf. & Inst. Code § 5326.85; Cal. Code Regs. tit. 9, § 841.
- 24. Cal. Code Regs. tit. 9, § 840; consulte la Curatela de Pamela J., 133 Cal. App. 4th 807, 824, 35 Cal. Rptr. 3d 228, 239 (Tribunal de Apelaciones de California, 4.o 2005); consulte en general Riese vs. St. Mary's Hosp. & Med. Ctr., 209 Cal. App. 3d 1303, 1323, 271 Cal. Rptr. 199, 211 (Cal. Ct. de California, 1.o 1987).
- 25. Cal. Prob. Code §§ 4617, 4652.
- 26. Cal. Code Regs. tit. 9, § 840(b); Cal Wel & Inst Code § 4503(f).
- 27. Cal. Welf. & Inst. Code § 5326,7(f).
- 28. Íd.
- 29. Cal. Welf. & Inst. Code § 5326.7(g).
- 30. Íd.
- 31. Cal. Welf. & Inst. Code § 5326.7(h).
- 32. Cal. Welf. & Inst. Code § 5326.8; tenga en cuenta que debido a la naturaleza controversial del ECT, se ha solicitado la prohibición total del ECT (consulte, por ejemplo, Organización Mundial de la Salud, nota viii más arriba en 58; consulte también John Read et al., Should we stop using electroconvulsive therapy? BMJ 364 (2019); Peter R. Breggin, Electrochoque: cuestiones científicas, éticas y políticas, 11 Int’l. J. Risk Saf Med. 5 (1998), disponible en http://www.ectresources.org/ECTscience/Breggin_1998_ECT__Overview.pdf).
- 33. Cal. Welf. & Inst. Code § 5326.8(a).
- 34. Cal. Welf. & Inst. Code § 5326.8(b).
- 35. Cal. Welf. & Inst. Code § 5326.8(c).
- 36. Cal. Welf. & Inst. Code § 5326.8(d).
- 37. Cal. Code Regs. tit. 9, § 845(d).
- 38. Cal. Code Regs. tit. 9, § 845(c).
- 39. Íd.
- 40. Cal. Code Regs. tit. 17, § 50830.
- 41. Cal. Code Regs. tit. 17, § 50833(a)(2).
- 42. Cal. Code Regs. tit. 17, § 50833(a)(3).
- 43. Cal. Code Regs. tit. 17, § 50831(a)(2).
- 44. Cal. Code Regs. tit. 17, § 50833(a)(3).
- 45. Cal. Code Regs. tit. 17, § 50833(a)(4).
- 46. Íd.
- 47. Cal. Code Regs. tit. 15, § 3999.348(a).
- 48. Cal. Code Regs. tit. 15, § 3999,348(c).
- 49. Cal. Code Regs. tit. 15, § 3999.348(c)(2).
- 50. Cal. Code Regs. tit. 15, §§ 3999.348(a)(2).
- 51. Cal. Code Regs. tit. 15, § 3999,348(a)(1).
- 52. Íd.
- 53. Cal. Code Regs. tit. 15, § 3999.348(g)(1).
- 54. En relación con Terrazas, 288 Cal.Rptr.3d 801, 805 (Tribunal de Apelaciones de California, 4.o 2022).
- 55. Cal. Code Regs. tit. 15, § 3999.348(e)(1).
- 56. Consulte Cal. Code Regs. tit. 15, § 1214.
- 57. Consulte Cal. Code Regs. tit. 15, § 1434.
- 58. Consulte Cal. Code Regs. tit. 15, § 1214.
- 59. Cal. Wel. & Inst. Code § 5326.91; Cal. Code Regs. tit. 9 CCR § 847(a).
- 60. Cal. Wel. & Inst. Code § 5326.91.
- 61. Íd.
- 62. Cal. Welf. & Inst. Code § 5326.15(a). Podrá obtener una copia del formulario trimestral 1011 del DHCS en EL INFORME TRIMESTRAL PARA LOS TRATAMIENTOS PARA CONVULSIONES Y PSICOCIRUGÍA REALIZADOS (DHCS 1011).
- 63. Cal. Welf. & Inst. Code § 5326.15(b).
- 64. Cal. Code Regs. tit. 17, § 50540(b).
- 65. Cal. Welf. & Inst. Code § 5326.9(a).
- 66. Cal. Welf. & Inst. Code § 5326.9(b)-(c).
- 67. Cal. Welf. & Inst. Code § 5326.9(d).
- 68. Cal. Code Regs. tit. 15, §§ 3999.226, 3999.227(a).
- 69. Cal. Code Regs. tit. 15, § 3999,227(b).
- 70. Cal. Code Regs. tit. 15, § 3999.228(i).
- 71. Cal. Code Regs. tit. 15, §§ 1073(a), 1361.
- 72. Cal. Code Regs. tit. 15, §§ 1073(a)(7).
- 73. Cal. Code Regs. tit. 15, § 1361(d).
- 74. Himes vs. Somatics, LLC, 549 P.3d 916, 933 (Cal. 2024).
- 75. Consulte 21 CFR § 882.5940(b)(1)(ix)(H); consulte, por ejemplo, Glenda MacQueen et al., El impacto a largo plazo del tratamiento con terapia electroconvulsiva en sistemas de memoria discretos en pacientes con trastorno bipolar, 32 J. Psychiatry Neurosci. 241 (2007), https://www.ncbi.nlm.nih.gov/pmc/articles/PMC1911194/pdf/20070700s00003p241.pdf
- 76. Consulte, por ejemplo, Harold A. Sackeim et al., Los efectos cognitivos de la terapia electroconvulsiva en entornos comunitarios, 32 Neuropsychopharmacol 244 (2007), https://doi.org/10.1038/sj.npp.1301180; consulte también Read, nota xxxii más arriba en 1 (grandes preocupaciones de que la terapia electroconvulsiva “no tiene beneficios a largo plazo en comparación con el placebo y a menudo causa daño cerebral”).
- 77. Consulte, por ejemplo, Read, nota xxxii más arriba en 1; Breggin, nota xxxii más arriba en 5 (“El tratamiento electroconvulsivo (TEC) se utiliza cada vez más en América del Norte y hay intentos de promover su uso en todo el mundo. Sin embargo, la mayoría de los estudios controlados de eficacia en la depresión indican que el tratamiento no es mejor que el placebo, sin efectos positivos en la tasa de suicidio”).
- 78. Consulte Somatics LLC, actualización reglamentaria del manual de instrucciones Thymatron System IV 10 (2021) (http://www.thymatron.com/ downloads/System_IV_Regulatory_Update.pdf, consultado el 29 de mayo de 2024). Archivado https://web.archive.org/web/20200718120228/http://www.thymatron.com/downloads/System_IV_Regulatory_Update.pdf
- 79. Dispositivos neurológicos; reclasificación de dispositivos de terapia electroconvulsiva; fecha de entrada en vigencia del requisito para la aprobación antes de la comercialización de dispositivos de terapia electroconvulsiva para ciertos usos específicos § 3(D), comentarios sobre el proceso regulatorio de la orden propuesta, 83 Fed. Reg. 66116 (26 de diciembre de 2018).
- 80. Consulte 21 CFR § 882.5940(b)(1)(ix)(H)(3); consulte también Somatics LLC, manual del usuario - Thymatron System IV 9 (2021) (lista de efectos secundarios que han ocurrido como resultado de dispositivos de ECT).
- 81. Kari Ann Leiknes et al., Terapia electroconvulsiva durante el embarazo: una revisión sistemática de estudios de caso, 18 Archivos de la salud mental de las mujeres 1 (2015).
- 82. Íd. en 6.
- 83. John Read et al., Una gran encuesta exploratoria de los beneficiarios de terapia electroconvulsiva, familiares y amigos: ¿Qué información recuerdan haber recibido?, J. of Med. Ethics, 14 de agosto de 2025, https://jme.bmj.com/content/early/2025/08/25/jme-2024-110629.
- 84. John Read et al., Una encuesta de 1144 beneficiarios de ECT, familiares y amigos: ¿Funciona la ECT?, Int’l J. of Mental Health Nursing, 10 de agosto de 2025, https://onlinelibrary.wiley.com/doi/10.1111/inm.70109.
- 85. Organización Mundial de la Salud, nota viii más arriba en 15; consulte Juan E. Méndez, Informe del relator especial sobre tortura y otros tratos o castigos crueles, inhumanos o degradantes, Asamblea General de las Naciones Unidas Consejo de Derechos Humanos (1 de febrero de 2013) en 23 (https://docs.un.org/en/A/HRC/22/53).
- 86. Consulte, por ejemplo, Himes vs. Somatics, LLC, 549 P.3d 916 (Cal. 2024); Thelen vs. Somatics, LLC, 672 F.Supp.3d 1216 (M.D. Fl. 2023).
- 87. Consulte Thelen vs. Somatics, LLC., Testimonio de Kenneth Castleman, 39:25-40:5 (5 de junio de 2023), disponible en https://www.wisnerbaum.com/wp-content/uploads/Day-4-REDACTED-Thelen-Jury-Trial.pdf.


