Derechos escolares después de un desastre

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Derechos escolares después de un desastre

Sus hijos tienen el derecho de asistir a la misma escuela que antes, incluso si viven fuera de los límites del distrito escolar. Esto se llama “derechos de la escuela de origen” según la ley federal (la Ley McKinney-Vento), para ayudar a mantener la estabilidad escolar de los estudiantes. Comuníquese con la escuela de sus hijos y pida hablar con el enlace educativo para personas sin hogar.

Descargo de responsabilidad: Esta publicación es solo información legal y no es un consejo legal sobre su situación individual. Está vigente a la fecha de publicación. Tratamos de actualizar nuestros materiales regularmente. Sin embargo, las leyes cambian regularmente. Si desea asegurarse de que la ley no haya cambiado, comuníquese con DRC u otra oficina legal.

Derechos para todos los estudiantes

Tuvimos que mudarnos debido al desastre.

Sus hijos tienen el derecho de asistir a la misma escuela que antes, incluso si viven fuera de los límites del distrito escolar. Esto se llama “derechos de la escuela de origen” según la ley federal (la Ley McKinney-Vento), para ayudar a mantener la estabilidad escolar de los estudiantes. Comuníquese con la escuela de sus hijos y pida hablar con el enlace educativo para personas sin hogar.

Si no es posible que sus hijos asistan a la escuela anterior, o no cree que sea lo mejor para ellos, la ley federal también dice que puede inscribirlos en una escuela cerca de donde se está hospedando. Esto se debe a una ley federal (la Ley McKinney-Vento) que dice que los niños sin hogar pueden inscribirse en una escuela cerca de donde viven. Póngase en contacto con el distrito escolar local y diga que tuvo que mudarse debido a un desastre y desea inscribir a sus hijos en la escuela. Para obtener más información, consulte la publicación de DRC sobre los derechos de los estudiantes sin hogar.

¿Por qué debería inscribir a mi hijo en la escuela?

Ir a la escuela después de un desastre es bueno para muchos niños porque les sirve de ayuda para volver a una rutina normal y les permite mantenerse al día con sus tareas escolares. Algunos estudiantes también se alimentan a través de programas de desayuno y almuerzo, que pueden ayudar a las familias que perdieron alimentos debido al desastre o que no pueden pagar la comida. La escuela también les da a los padres tiempo para hacer lo necesario para ayudar a la familia a recuperarse del desastre.

¿Mi hijo puede ir a la escuela si estamos viviendo en un refugio?

Sí. No importa dónde vivan. Pueden estar viviendo en un refugio, una tienda de campaña, un remolque, un hotel, un motel, un campamento, su automóvil o un parque, o con amigos o familiares. Su hijo tiene derecho a ir a la escuela en California.

¿Qué documentos necesita mi hijo para volver a la escuela?

Si tuvo que mudarse debido a un desastre, su hijo puede inscribirse en la escuela de inmediato sin mostrar los documentos que las escuelas generalmente requieren, como una prueba de residencia, registros escolares o registros de vacunas. La nueva escuela de su hijo se comunicará con su antigua escuela para obtener estos registros.

¿Cómo puedo participar en la educación de mi hijo durante un desastre o después?

Los padres tienen derecho a participar en las decisiones sobre la educación de sus hijos. Las escuelas deben encontrar formas creativas de asegurar la participación de los padres, lo que incluye realizar reuniones virtuales si la disponibilidad de los padres se ve afectada por un desastre. Además, las escuelas deben respetar su idioma o su método de comunicación preferidos.

Derechos adicionales para estudiantes con discapacidades

¿Qué pasa si mi hijo tiene una discapacidad?

Las escuelas deben asegurarse de que todos los estudiantes, incluidos aquellos con discapacidades, tengan acceso a su educación, lo que incluye el acceso a los materiales y las plataformas durante un desastre. Si, por ejemplo, una escuela pasa al aprendizaje en línea, las adaptaciones podrían incluir subtítulos, lectores de pantalla, letra grande o formatos alternativos. Estos deben describirse en un Plan 504 (504 Plan). Si su hijo cumple con los requisitos para recibir educación especial, debe documentarse en el IEP, lo que se trata con más detalle a continuación.

Para obtener más información acerca de los Planes 504, haga clic aquí.

¿Mi hijo seguirá recibiendo los servicios de educación especial enumerados en su Programa de Educación Individualizada (Individualized Education Program, “IEP”) incluso si la escuela ha cerrado debido a un desastre?

Su hijo tiene el derecho de acceder a los servicios de educación especial que necesita en cualquier escuela pública. Este derecho está protegido por las leyes federales y de California. Los servicios del IEP que su hijo debe recibir durante el cierre de la escuela deben estar documentados en su IEP, en la sección “Plan de emergencia”. Para obtener más información sobre los planes de emergencia del IEP, haga clic aquí.

Si el IEP de su hijo no incluye esta sección o usted no está de acuerdo con su contenido, debe solicitar una reunión del IEP para hacer revisiones. La escuela debe llevar a cabo una reunión del IEP dentro de los 30 días posteriores a la fecha de su solicitud. Para obtener más información sobre cómo solicitar una reunión del IEP, haga clic aquí.

¿Mi hijo seguirá recibiendo los servicios de educación especial incluso si nos mudamos y va a un nuevo distrito escolar?

Sí, el nuevo distrito escolar debe proporcionar los servicios y apoyos descritos en el IEP de su hijo. Si el nuevo distrito escolar quiere cambiar el IEP de su hijo, primero debe discutir los cambios propuestos con usted en una reunión del IEP y obtener su consentimiento.

Incluso si no tiene la documentación de su hijo, como el IEP, debe recibir los servicios de educación especial. Si la nueva escuela no puede obtener los registros de la escuela anterior, usted puede decirle a la nueva escuela cuáles son las necesidades de su hijo. La escuela debe trabajar con usted para proporcionar los mismos servicios que su hijo recibía o trabajar con usted y su hijo para desarrollar un nuevo plan.

Para obtener más información sobre el proceso del IEP, haga clic aquí.

¿Qué sucede si mi hijo no recibe los servicios del IEP durante un desastre o después?

Si la escuela no puede proporcionar los servicios del IEP de su hijo durante un desastre o cierre, puede que el estudiante tenga derecho a servicios de compensación (“educación compensatoria”) para compensar aquellos que no recibió.

Si su hijo no está recibiendo los servicios del IEP, debe mantener un registro de los servicios que no recibe y cuándo. Usted debe entonces solicitar una reunión del IEP para discutir los servicios que su hijo no recibió y cómo el distrito escolar los compensará.

¿Qué pasa si el desastre afectó la discapacidad de mi hijo y necesita apoyos nuevos o diferentes?

Su hijo puede requerir adaptaciones, apoyos o servicios nuevos o diferentes durante un desastre o después. Por ejemplo, puede tener una afección médica que empeora por el humo de incendios forestales (es decir, asma) o puede tener nuevas necesidades de salud mental después de sufrir un trauma relacionado con el desastre. Si su hijo ya tiene un Plan 504 o un IEP, puede solicitar una reunión para discutir las nuevas necesidades. Si su hijo aún no tiene un Plan 504 o un IEP, puede solicitar evaluaciones para ver si cumple con los requisitos.

Para obtener más información sobre cómo solicitar una evaluación del Plan 504 o cambios en el Plan 504 de su hijo, haga clic aquí.

Para obtener más información sobre cómo solicitar una evaluación del IEP o cambios en el IEP de su hijo, haga clic aquí.

¿Cómo puedo asegurarme de que mi hijo con discapacidad esté seguro si ocurre una emergencia o un desastre mientras está en la escuela?

Las escuelas deben tener un plan de seguridad escolar integral que incluya cómo mantendrán a los estudiantes seguros durante una emergencia o un desastre. Estos planes deben incluir adaptaciones para los estudiantes con discapacidades. Por ejemplo, un plan de evacuación del aula que incluya escaleras debe adaptarse para un estudiante que use una silla de ruedas.

Si le preocupa la seguridad de su hijo en la escuela durante un desastre o una emergencia, puede solicitar una reunión del IEP o del Plan 504 para discutir las necesidades únicas relacionadas con la discapacidad de su hijo.

Gracias a los Servicios Legales del Vecindario del Condado de Los Ángeles (Neighborhood Legal Services of Los Angeles County), a la Ayuda Legal Lone Star (Lone Star Legal Aid) y al Centro Nacional de Leyes para las Personas sin Hogar (National Homelessness Law Center) por el uso de sus recursos.