Pagos en exceso del Título II y Título XVI de la Ley de Seguro Social

Pagos en exceso del Título II y Título XVI de la Ley de Seguro Social
Esta hoja informativa proporciona información sobre los sobrepagos del Seguro de Ingreso Suplementario (SSI): qué son, qué los causa, quién es responsable de ellos y cuáles son sus opciones si recibe un sobrepago del SSI. Esta hoja informativa no aborda los sobrepagos de otros tipos de prestaciones del Seguro Social, como el Seguro de Incapacidad del Seguro Social (SSDI).
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Descargo de responsabilidad: Esta publicación es solo información legal y no es un consejo legal sobre su situación individual. Está vigente a la fecha de publicación. Tratamos de actualizar nuestros materiales regularmente. Sin embargo, las leyes cambian regularmente. Si desea asegurarse de que la ley no haya cambiado, comuníquese con DRC u otra oficina legal.
1. ¿Qué es un pago en exceso del Título II o Título XVI conforme a la Ley de Seguro Social?
Un pago en exceso ocurre cuando un beneficiario recibe más beneficios que la cantidad a la que tiene derecho, en un determinado mes.1 Los pagos en exceso pueden ocurrir tanto en los casos de jubilación, sobrevivientes y Seguro Social para Personas con Discapacidades del Título II, como en las situaciones de beneficios de Ingreso del Seguro Suplementario (Supplemental Security Income, SSI) del Título XVI.
2. ¿Qué puedo hacer si la Administración del Seguro Social afirma que realizaron un pago en exceso y creo que eso no es así?
Si la Administración del Seguro Social (Social Security Administration, SSA) afirma que realizaron un pago en exceso, usted tiene derecho de presentar una solicitud de reconsideración, es decir, una apelación. Consulte las preguntas 10, 12 y 18 a continuación. Otra opción es solicitar una exención del pago en exceso. Consulte las preguntas 13-18 y 22-26 a continuación.
3. ¿Qué puede ocasionar un pago en exceso?
Los pagos en exceso pueden ocurrir por varias razones. Los pagos en exceso pueden ocurrir porque alguien no brindó la información que debía dar a la SSA. Sin embargo, aunque una persona brinde toda la información que debe dar a la SSA, la SSA sigue sin hacer los ajustes necesarios para los pagos mensuales, lo que ocasiona pagos en exceso. Consulte las preguntas 4 y 5 para obtener más información sobre el informe.
4. ¿Qué debo informar para reducir la posibilidad de realizar un pago en exceso?
Debe informar determinados eventos que pueden afectar el monto de sus beneficios del SSI o Seguro Social para Personas con Discapacidades (Social Security Disability Income, SSDI), o la continuación de su elegibilidad para estos beneficios, dentro de los primeros 10 días del mes siguiente al que ocurrió el cambio.2 La SSA necesita un mes a partir de la fecha de su informe para utilizar la información para ajustar el monto de su beneficio mensual. Por ejemplo, un cambio de ingreso que tiene lugar en enero, que usted informa antes del 10 de febrero, supuestamente se verá reflejado en su cheque de marzo. Si la SSA no obtiene la información a tiempo, no puede modificar su cheque y esto puede ocasionar un pago en exceso.
Debe informar lo siguiente:3
- Todos los ingresos percibidos y no percibidos;
- Cambios en el ingreso percibido y no percibido;
- Cambio en la situación de vida, como un cambio de domicilio o en la composición de su hogar;
- Un cambio en los recursos;
- Divorcio, matrimonio o separación;
- Elegibilidad para otros beneficios;
- Salir de los Estados Unidos temporalmente (durante 30 o más días consecutivos), entre otros eventos que deben informarse de conformidad con el título 20 del C.F.R., artículo 416.708.
No informar estos eventos significa que el monto de su beneficio del SSI o SSDI estará basado en información faltante o errónea. Si más tarde la SSA descubre la información faltante o incorrecta, puede ajustar sus pagos, aunque ya le haya pagado. Todo pago efectuado que sea superior al que tenía derecho, se calculará como un pago en exceso. La SSA emitirá una notificación de pago en exceso. Cabe destacar que puede recibir una notificación de pago en exceso en cualquier momento. Si usted informó a la SSA sobre los cambios y la SSA aún sostiene que le han realizado un pago en exceso, consulte las preguntas 13-18 y 22-26 a continuación para solicitar una exención.
5. ¿Por qué la SSA sostiene que recibí un pago en exceso aunque informé los cambios de manera oportuna?
A veces las personas informan cambios relevantes de manera oportuna, pero la SSA sigue sin hacer un nuevo cálculo de los beneficios, lo que ocasiona pagos en exceso. Por ejemplo, algunas personas informan cambios en los ingresos percibidos cuando vuelven a trabajar, pero la SSA no hace los cambios en los montos de sus beneficios mensuales. Muchas veces, los beneficiarios no se dan cuenta de que les están pagando en exceso hasta que reciben una notificación de la SSA meses o años más tarde. En este caso, el beneficiario recibe pagos en exceso, pero no es su culpa. Una exención es, probablemente, la mejor opción en estos casos. Consulte las preguntas 13-18 y 22-26.
6. ¿Quién debe devolver un pago en exceso?
La SSA puede determinar que las siguientes personas deben devolver un pago en exceso:4
- Usted, la persona que recibe el SSI o SSDI.
- Su representante autorizado para recibir pagos (representante autorizado). Para obtener más información, consulte la pregunta 7.
- En determinados casos, su padrino, si usted es un extranjero que recibe el SSI o SSDI 5.
- Su cónyuge, si durante el período de pago en exceso convivían y la SSA no puede cobrárselo a usted.6
- Su patrimonio o el patrimonio de su representante autorizado, cónyuge o padrino.7
7. ¿Cuándo puede mi representante autorizado responder personalmente por un pago en exceso?
Si su representante autorizado utiliza indebidamente el monto pagado en exceso, la SSA puede solicitar el pago en exceso directamente a su representante autorizado. En otras palabras, su representante autorizado responderá personalmente por el pago en exceso.8 Si los fondos no fueron destinados a su manutención, entonces únicamente el representante autorizado será responsable del pago en exceso, aunque no tuviera conocimiento del pago en exceso.9
Si los pagos del SSI o SSDI fueron destinados a su manutención y su representante autorizado tenía o debería haber tenido conocimiento del pago en exceso, entonces usted y su representante autorizado responderán por el pago en exceso.10 Sin embargo, si los pagos del SSI o SSDI fueron destinados a su manutención, y su representante autorizado no tenía conocimiento de los hechos en torno al pago en exceso, usted será responsable del pago en exceso.11
8. ¿Me enviará la SSA una notificación de pago en exceso?
Sí. Usted tiene el derecho a recibir una notificación por escrito si la SSA considera que le han realizado un pago en exceso. La notificación debe incluir la siguiente información:12
- El motivo del pago en exceso.
- El monto del pago en exceso.
- El/los mes/es en el/los que se realizó el pago en exceso.
- Una lista en la que se describe en detalle qué montos se pagaron en exceso y cuánto se le debería haber pagado;
- La tasa de ajuste de su cheque del SSI o SSDI si usted no paga la totalidad y sigue recibiendo el SSI o SSDI.
- Su derecho a solicitar una exención o presentar una apelación (solicitud de reconsideración).
- Cómo solicitar una exención o una solicitud de reconsideración (apelación).
También se enviará una notificación a su representante autorizado o su representante legal o defensor si presentaron un formulario 1696 de representante autorizado de la SSA13 ante la oficina de campo de la SSA que se ocupa de su caso.
Si recibe una carta o una persona de la SSA le informa que le realizaron un pago en exceso, pero usted no recibió una notificación del pago en exceso, solicite a la SSA que le envíe una.
9. ¿Qué sucederá con mi SSI o SSDI si recibí un pago en exceso?
En 2024, la SSA hizo cambios útiles y generales en sus políticas de pagos en exceso. Estos incluyen cambios en el monto máximo que la SSA puede tomar de los beneficios del SSDI de una persona si no responde dentro de 60 días a partir de una notificación de pago en exceso. Según estos cambios realizados en 2024, en esa situación, la SSA solo podía retener el 10 % del SSDI mensual de una persona para recuperar un pago en exceso.14
Sin embargo, el 25 de abril de 2025, la SSA emitió un mensaje de emergencia titulado “La tasa de retención de beneficios ahora es del 50 % en caso de no responder a la notificación del pago en exceso del Título II”. Este mensaje de emergencia establece que la SSA retendrá el 50 % del SSDI de un beneficiario si no responde a la notificación de pago en exceso de la SSA dentro de los 90 días, y esto se aplica a todas las notificaciones enviadas después del 25 de abril de 2025.15
Con respecto al SSI, si una persona no responde a una notificación de pago en exceso dentro de los 60 días, entonces la SSA podrá retener hasta el 10 % de su beneficio mensual, hasta $96.70 en 2025.16
Puede pedirle a la SSA que retenga un monto diferente. Por ejemplo, puede solicitarle a la SSA devolver $10 por mes si eso es todo lo que puede pagar.17
10. ¿Puedo apelar un pago en exceso e impedir las reducciones?
Sí. Para seguir recibiendo su SSI o SSDI sin cambio alguno, debe enviar su solicitud de reconsideración (apelación) dentro de los 10 días posteriores a la recepción de la notificación del pago en exceso.18
La SSA supone que usted recibió la notificación dentro de los cinco días posteriores a la fecha que figura en la notificación. Por ejemplo, si la fecha de su notificación es 1 de enero, la SSA asumirá que la habrá recibido para el 6 de enero. En este ejemplo, no podrá enviar la solicitud de reconsideración a la SSA después del 16 de enero. Si apela dentro de los 10 días, la SSA no reducirá el monto de su beneficio hasta que se haya tomado una decisión final. Esto se denomina asistencia pagada pendiente y es su derecho al debido proceso.19
De acuerdo con el Sistema Manual de Operación de Programas (POMS) SI 02301.310, vigente desde el 10/12/2024, “los beneficiarios que apelen 11 o más días después, pero dentro de los 60 días posteriores a la recepción de la notificación de pago en exceso por anticipado, pueden experimentar una reducción en el pago. Sin embargo, serán reintegrados en el pago del nivel de pago protegido (Protected Payment Level, PPL)”.20 El nivel de pago protegido es el “monto del beneficio no reducido que un beneficiario puede seguir recibiendo hasta que haya una decisión en el primer nivel de apelación”.21
Si se encuentra una situación por la cual no puede presentar su apelación para la asistencia pagada pendiente dentro del plazo de 60 días, podrá continuar recibiendo el pago si la SSA considera que hay una buena razón para que usted presente la apelación fuera del plazo. Consulte la pregunta 12 a continuación para saber qué es una buena razón.
11. ¿Qué puedo hacer para oponerme o hacerle frente a la notificación de pago en exceso de la SSA?
En general, hay seis maneras diferentes de afrontar un pago en exceso:
- Apelar (la SSA usa el término solicitud de reconsideración para referirse a la apelación).
- Solicitar una exención de recuperación del pago en exceso (exención).
- Apelar y solicitar una exención al mismo tiempo.
- Negociar un compromiso de pago (consulte la pregunta 19).
- No hacer nada.
- Declararse en quiebra.
A continuación, se explica con más detalles cada acción, excepto la opción de no hacer nada.
12. ¿Cuándo tiene sentido apelar?
Presente una apelación si: 22
- Su ingreso indicado en la notificación del pago en exceso es incorrecto.
- El monto de su beneficio indicado en la notificación del pago en exceso es incorrecto.
- Usted considera que hay una diferencia entre lo que debe y lo que la SSA sostiene que usted debe.
- Considera que no recibió un pago en exceso.
- Usted no es responsable de la devolución.23
Si los datos que se indican en la notificación de la SSA son incorrectos, entonces debe apelar. También puede solicitar una “reunión informal” para reunirse con alguien de su oficina de campo de la SSA para que revise el pago en exceso con usted.24
Hay diferentes maneras de solicitar una reconsideración: (1) por llamada telefónica a la SSA; y (2) al presentar, por correo electrónico, fax o personalmente, una declaración escrita en el formulario SSA-561-U2 (02_2025) de la SSA (o mecanografiado/escrito en papel) para indicar que desea apelar porque no está de acuerdo con la notificación de pago en exceso (incluya la fecha de la notificación) o no está de acuerdo con los hechos que menciona la SSA en la notificación.
Haga clic aquí para apelar en línea a través de la solicitud de reconsideración en línea
Si vence el plazo de apelación de 60 días, aun así, puede apelar si tiene una “buena razón”.25 Se considera una buena razón, por ejemplo, si no pudo apelar dentro de los 60 días porque estuvo gravemente enfermo o falleció un familiar.26
13. ¿Qué es una exención y cuándo tiene sentido solicitar una exención?
En una exención, usted le dice a la SSA: “probablemente exista un pago en exceso, pero no es mi culpa; por lo tanto, yo no debería devolverlo”. No deberá devolver un pago en exceso que recibió si la SSA le otorga su solicitud de exención.27 Si la SSA no puede aprobar su solicitud de exención, deberá tener una reunión personal con usted. En la reunión, usted y la SSA hablarán sobre el pago en exceso y la información de su expediente. Si la SSA niega la exención después de su reunión, usted puede apelar esa denegación.28
Cuando solicita una exención, por lo general, debe demostrar que el pago en exceso no fue su culpa y que se aplica una de las siguientes situaciones:29
- Devolver el dinero representaría una dificultad financiera porque necesita el dinero para cubrir sus gastos básicos para vivir. Prepárese para presentar las facturas que demuestren que sus gastos mensuales consumen todo su ingreso.30
- Si todavía recibe el SSI o SSDI, la devolución podría ser perjudicial para el propósito de estos programas que existen para ayudar a las personas con discapacidades a cubrir las necesidades básicas, como alimentos, ropa y alquiler.31
- La devolución del pago va “contra la equidad y la buena fe”, por ejemplo, si usted dependía del pago del SSI, que luego se consideró incorrecto, y renunció a un derecho valioso o empeoró su situación por esa devolución.32
- Si tuvo recursos excedentes de $50 o menos, incluidos los recursos previstos, y este es el único motivo del pago en exceso, su solicitud de exención será aprobada, salvo que, deliberadamente, no haya informado sus recursos o el valor de sus recursos de manera oportuna o precisa.33
- El monto del pago en exceso es de $1000.01 o menos, y esto puede utilizarse para cada período individual de pago en exceso.34
Puede solicitar una exención para cualquier parte de un pago en exceso. Por ejemplo, si no informó un cambio dentro de los primeros 10 días del mes siguiente a un cambio en su ingreso, pero lo hizo a finales del mes, podría solicitar una exención de al menos una parte de un pago en exceso recibido.35
Para obtener un Formulario de solicitud de exención, diríjase a la oficina de la SSA, llame por teléfono a la SSA y pida que le envíen uno por correo o descárguelo en el sitio web de la SSA.
14. ¿Cuál es el plazo límite para solicitar una exención?
No hay plazo límite para solicitar una exención. Puede solicitar una exención en cualquier momento. Incluso puede solicitar una exención después de cancelar un pago en exceso.36 Luego de presentar una solicitud de exención, la SSA la analizará y, o bien decidirá favorablemente, o bien tendrá una reunión personal con usted si la decisión no es favorable.37
15. Si solicito una exención, ¿cómo decidirá la SSA que no soy culpable?
La SSA lo considerará “no culpable” si usted:38
- Comprendió la obligación de devolver los pagos que no debería haber recibido.
- Comprendió que había recibido un pago en exceso al momento que ocurrió.
- Comprendió los requisitos de información de la SSA. La SSA evaluará su capacidad de lectura, nivel de educación, si el inglés es su segunda lengua o si tiene alguna discapacidad que le impida comprender.
- Aceptó informar eventos que afecten el monto del beneficio o su elegibilidad.
- Era consciente de los eventos que debería haber informado.
- Intentó cumplir con los requisitos de información.
- Cumplió con los requisitos de información.
- Tenía la capacidad y la oportunidad de cumplir con los requisitos de información.
- Recibió información engañosa o incorrecta de una fuente oficial, como un empleado o publicación de la SSA.
- Tenía conocimiento de la necesidad de informar un evento, pero lo consideraba tan insignificante que pensó que no podía tener ningún efecto importante en su monto de beneficios o elegibilidad.
NOTA: Si la SSA no puede corroborar y documentar la causa del pago en exceso, o no puede explicarle en detalle los hechos sobre el pago en exceso que usted debe según la SSA, usted será automáticamente considerado no culpable.39
16. ¿En qué casos puede la SSA negar una solicitud de exención porque decide que estoy en falta?
Puede considerárselo “en falta” en relación con un pago en exceso cuando se realizó un pago incorrecto a causa de una de las siguientes situaciones:40
- No le proporcionó a la SSA la información que debía informar. Por ejemplo, no le brindó la información de los puntos mencionados en la pregunta 4.
- Usted tenía conocimiento de que le dio información incorrecta a la SSA.
- Recibió o cobró cheques duplicados.
- Ha recibido pagos en exceso similares en el pasado.
- Recibió un pago condicional y no cumplió. Por ejemplo, si se le otorgaron beneficios por discapacidad presunta, pero luego se determinó que no cumplía con los requisitos, tendrá que devolver los beneficios por discapacidad presunta, o incurrirá en un pago en exceso.
La culpa o el conocimiento de otro no se le pueden adjudicar a la persona que solicita la exención. Por ejemplo, en el caso de un niño que recibe el SSI, el incumplimiento de sus padres de informar un evento que puede afectar el monto de los beneficios del SSI o su elegibilidad no se le puede adjudicar al niño. El niño no será culpable. Esto no implica que el padre, como representante autorizado, no sea culpable o no deba responder por la devolución del pago.41
17. Si solicito una exención, ¿cómo decidirá la SSA si implica una dificultad para mí devolver el pago en exceso?
Si recibe un SSI, entonces la SSA automáticamente considera que le representa una dificultad tener que devolver un pago en exceso. Si ya no recibe un SSI, deberá demostrar que le es imposible devolver el pago de un pago en exceso, en base a su ingreso y sus gastos. Le recomendamos adjuntar todos los documentos que cree que respaldarán su postura al formulario de solicitud de exención, como facturas, resúmenes de cuentas bancarias o cartas de la SSA. Sin embargo, si aún recibe el SSI, no es necesario adjuntar nada ni responder determinadas preguntas sobre sus ingresos y gastos, ya que se presume alguna dificultad.42
Si se le niega una exención porque la SSA sostiene que no sería una dificultad devolver el pago en exceso y su situación cambia (su situación financiera empeora), puede basarse en el cambio de situación para demostrar que le representaría una dificultad devolver el pago en exceso.
18. ¿En qué casos tiene sentido presentar una solicitud de reconsideración (apelación) y solicitar una exención al mismo tiempo?
Si no está seguro de qué hacer, apele dentro de los 60 días y solicite una exención al mismo tiempo.
19. ¿En qué consiste un compromiso de pago?
Puede ofrecerse a pagar a la SSA un monto menor que el total adeudado como pago total.43 Los factores que la SSA considerará son:
- Su capacidad de pagar el total de la deuda;
- La posibilidad de que haya ajustes en la actualidad o en el futuro;
- El monto que ofrece en comparación con lo que debe;
- Otros acuerdos de compromiso que haya tenido y las circunstancias en torno a ellos; y
- El costo de la SSA para demandarlo judicialmente con el objetivo de recuperar el pago en exceso.
20. ¿Puedo declarar quiebra para cancelar un pago en exceso del SSI?
Sí. Puede solicitar al tribunal de quiebras que considere un pago en exceso una deuda no garantizada, la cual puede cancelarse.44
21. ¿Cómo puedo evitar un pago en exceso en el futuro?
- Informe todos los cambios en su situación de vida que puedan afectar el monto de los beneficios del Seguro Social que recibe o su elegibilidad. Conviene informar los cambios a la SSA por escrito y guardar una copia de lo que envió por correo o lo que acercó personalmente a la oficina de campo de la SSA. En su copia, anote la fecha en que envió los cambios por correo. Si los informa telefónicamente, anote la fecha, hora, número al que llamó y el nombre de la persona con la que habló.
- No gaste dinero que recibió de la SSA si sospecha que no debería haberlo recibido. En su lugar, informe a la SSA. Si la SSA se niega a darle una respuesta por escrito para resolver su inquietud, comuníquese con su senador o miembro de la Cámara de Representantes de los Estados Unidos y pídale ayuda.
- Conozca las normas de la SSA relacionadas con la ayuda y manutención no monetarias (In-Kind Support and Maintenance, ISM) y cómo este “ingreso” puede afectar su monto de beneficios o su elegibilidad. Consulte la publicación de DRC sobre las normas de la SSA relacionadas con la ayuda y manutención no monetarias.
22. ¿Cuáles son los cambios recientes que hizo la SSA en los pagos en exceso del SSI y SSDI?
En 2024, la SSA hizo cambios útiles y generales en sus políticas de pagos en exceso. Por ejemplo, ahora se permiten exenciones administrativas para pagos en exceso de hasta $2,000;45 además, la SSA también ha implementado un período de recuperación más largo de 60 meses para que los pagos no sean una carga tan pesada para las personas con discapacidades.46
23. ¿Qué normas agregó la SSA en 2024 para determinar las suposiciones de “no culpable” en las exenciones de pagos en exceso?
El primer paso de la SSA en cada solicitud de exención de un pago en exceso es determinar si la persona fue “culpable” de provocar el pago en exceso. El estándar anterior imponía al beneficiario la carga de demostrar que era “inocente” del pago en exceso. La SSA cambió la evaluación de la culpa, ahora es más neutral, equilibrada y justa, tiene muchos más ejemplos de situaciones con suposiciones de “no culpable”, de acuerdo con las normas de la SSA. Estas suposiciones se aplican a los pagos en exceso del Título II y Título XVI.47
La SSA supone que usted “no culpable” en las siguientes situaciones: (1) informó los cambios oportunamente; (2) la SSA continuó pagándole beneficios incluso después de que usted informara los cambios oportunamente; (3) recibió un pago en exceso debido a las ganancias (Título II únicamente);48 o, (4) recibió un pago en exceso debido a información errónea de una fuente oficial.
La SSA puede considerar que una persona es culpable solo si tiene pruebas que demuestren que el pago en exceso ocurrió porque la persona:
- Hizo una declaración incorrecta que sabía o debió haber sabido que era incorrecta.
- No proporcionó información que sabía o debió haber sabido que era fundamental.
- Los pagos aceptados que sabía o debió haber sabido eran incorrectos.
Si la SSA no tiene pruebas que demuestren alguna de estas opciones, la persona no es culpable.49
Si la persona no es culpable, la SSA determinará si puede aprobar la exención de conformidad con una de las siguientes disposiciones:
- Denegar la exención podría ser perjudicial para el propósito del Programa del SSI o SSDI;50 o
- Denegar la exención va contra la equidad y la buena fe. (POMS GN 02250.150).
24. ¿Cuáles son las normas nuevas que la SSA agregó en 2024 al estándar de “perjudicial para el propósito del programa” para otorgar exenciones?
La SSA determinará que es perjudicial para el propósito del programa del SSI o SSDI para otorgar una exención si recuperar el pago en exceso priva a la persona que recibió el pago en exceso de los ingresos y recursos necesarios para los gastos comunes y corrientes. Esto significa que después de pagar todas sus facturas en un mes, lo que queda del ingreso no es más de $250. Para que esto se aplique, la persona no puede tener más de $6,000 en recursos. Sin embargo, las cuentas de CalABLE generalmente están exentas de este límite de recursos.51
La SSA considerará que es perjudicial para el propósito del programa del SSI o SSDI y, por lo tanto, eximirá el pago en exceso si la persona que recibió el pago en exceso o cualquier miembro del hogar de esa persona recibe asistencia basada en las necesidades. Algunos ejemplos de asistencia basada en las necesidades son: la SSI; la asistencia temporal para familias necesitadas (Temporary Assistance for Needy Families, TANF); el servicio de Asuntos de Veteranos y las pensiones por discapacidad no relacionadas con el servicio basados en la necesidad; el programa de asistencia nutricional suplementaria (Supplemental Nutrition Assistance Program, SNAP); el programa de ayuda adicional de la Parte D de Medicare (subsidio por bajos ingresos); o, el ingreso familiar total es igual o inferior al 150 % del Índice Federal de Pobreza y la familia tiene recursos limitados.52
25. ¿Cuáles son las normas que la SSA agregó en 2024 con respecto al estándar de “contra la equidad y la buena fe” para las exenciones?
La SSA considerará que va “contra la equidad y la buena fe” denegar una solicitud de exención de pago en exceso cuando una persona confió en una notificación de pago o confió en el pago incorrecto en sí, y su situación financiera empeoró, o renunció a un derecho valioso, debido a esto.
Además, la SSA ahora considerará que va contra la equidad y la buena fe denegar una solicitud de exención de pago en exceso cuando se dé una de las siguientes situaciones:
- La SSA no puede encontrar los documentos ni determinar la causa del pago en exceso.53
- La persona que recibió el pago en exceso confió en la información errónea de una fuente oficial.54
- La persona que recibió el pago en exceso razonablemente creía que la SSA tenía en cuenta las ganancias netas, en lugar de las ganancias brutas.55
- Otras situaciones mencionadas en POMS GN 02250.150.
26. ¿Qué es el acuerdo Campos v. Kijakazi y cómo afecta los pagos en exceso?
El acuerdo de demanda colectiva nacional aprobado por el tribunal, llamado Campos vs. Kijakazi, un caso que surge en el Distrito Este de Nueva York, debería beneficiar a más de dos millones de beneficiarios del SSI en todo Estados Unidos que incurrieron en pagos en exceso durante la emergencia nacional del COVID-19 (de marzo a septiembre de 2020).56
Según este acuerdo, se supone que la SSA eximirá todos los pagos en exceso del SSI incurridos en los meses de marzo a septiembre de 2020 que fueron procesados de forma manual. Esto significa que la SSA debe eximir todos los pagos en exceso incurridos durante esos meses, a excepción de los pagos en exceso identificados a través de un proceso automatizado, como la coincidencia de datos del Departamento de Asuntos de Veteranos.
La SSA debe otorgar estas exenciones sin que los beneficiarios del SSI tengan que tomar medidas o presentar alguna solicitud u otra documentación.
La SSA debe enviar a las personas que reúnen los requisitos una notificación para informarles la exención. Según este acuerdo de resolución, se debe emitir un pago para compensar los pagos que ya haya efectuado por un pago en exceso incurrido entre marzo y septiembre de 2020, y esto debe hacerse sin que el beneficiario del SSI tenga que hacer algo.
Para obtener más información, consulte estos enlaces de la SSA: “Notificación de resolución final en el caso Campos” y Directiva de emergencia sobre cómo manjar los casos Campos, con fecha 6 de enero de 2025.
- 1. Título 20 del C.F.R., artículo 416.537(a); título 20 del C.F.R, artículo 416.538(a)
- 2. Título 20 del C.F.R., artículo 416.708; título 20 del C.F. R., artículo 416.714
- 3. Título 20 del C.F.R., artículo 416.708
- 4. Título 20 del C.F.R., artículo 416.570; POMS SI 02201.020 B.1
- 5. Título 42 del U.S.C., artículo 1382j(e); POMS SI 02201.005.F
- 6. Título 42 del U.S.C., artículo 1383(b); POMS SI 02201.005.F
- 7. Título 20 del C.F.R., artículo 416.537(a); POMS SI 02201.005.F
- 8. POMS SI 02201.005.G.2.c, d
- 9. POMS SI 02201.005.G.2.b
- 10. POMS SI 02201.005.G.2
- 11. POMS SI 02201.005.G.2.a
- 12. Título 20 del C.F.R., artículo 416.558; POMS SI 02201.025
- 13. Formulario de la SSA: SSA-1696 (12-2024)
- 14. POMS GN 02210.030
- 15. Mensaje de emergencia de la SSA: La tasa de retención de beneficios ahora es del 50 % en caso de no responder a la notificación del pago en exceso del Título II (abril de 2025)
- 16. Consulte el POMS SI 02220.016
- 17. Título 20 del C.F.R., artículo 416.571
- 18. Título 20 del C.F.R., artículo 416.1336(b)
- 19. Goldberg v. Kelly, 397 U.S. 254 (1970); POMS SI 02301.310
- 20. POMS SI 02301.310; POMS SI 02301.313
- 21. POMS SI 02301.300
- 22. Título 20 del C.F.R., artículo 416.1408
- 23. POMS SI 02201.005
- 24. Título 20 del C.F.R., artículo 416.1413
- 25. Título 20 del C.F.R., artículo 416.1411; título 20 del C.F.R., artículo 404.911
- 26. POMS GN 03101.020
- 27. Título 20 del C.F.R., artículo 416.551
- 28. Título 20 del C.F.R., artículo 416.557
- 29. Título 20 del C.F.R., artículo 416.550
- 30. Título 42 del U.S.C., artículo 1383(b); título 20 del C.F.R., artículo 416.553
- 31. Íd.
- 32. Título 42 del U.S.C., artículo 1383(b); título 20 del C.F.R., artículo 416.554
- 33. Título 20 del C.F.R., artículo 416.556; POMS SI 02260.025.C.2; SI 02260.035
- 34. Título 20 del C.F.R., artículo 416.555; POMS SI 02260.030
- 35. Título 20 del C.F.R., artículo 416.551
- 36. POMS SI 02260.001.A.3
- 37. Título 20 del C.F.R, artículo 416.557
- 38. Título 20 del C.F.R., artículo 416.552
- 39. POMS SI 02260.015.B.1.b
- 40. Íd
- 41. POMS SI 02260.010.B.3
- 42. Título 20 del C.F.R., artículo 416.553
- 43. Título 20 del C.F.R., artículo 416.571
- 44. POMS SI 02220.040; POMS GN 02215.185; POMS SI 02220.040
- 45. POMS GN 02250.350
- 46. POMS GN 02210.030
- 47. POMS GN 02250.350
- 48. POMS GN 02250.025
- 49. Consulte el POMS GN 02250.005
- 50. POMS GN 02250.110; POMS GN 02250.100
- 51. Consulte el POMS GN 02250.100
- 52. POMS GN 02250.110
- 53. POMS GN 02250.011
- 54. POMS GN 02250.061
- 55. POMS GN 02250.025B.5
- 56. Campos, et al. vs. Kijakazi, N.o 21 Civ. 5143 (Distrito Este de Nueva York), junio de 2023