Hoja informativa sobre la elección informada: un componente vital del proceso de rehabilitación vocacional

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Hoja informativa sobre la elección informada: un componente vital del proceso de rehabilitación vocacional

La legislación federal exige que todos los programas, proyectos y actividades financiadas gracias a la Ley de Rehabilitación (Rehabilitation Act), incluidos los programas estatales de rehabilitación vocacional, “se lleven a cabo de forma acorde con el principio de respeto a la dignidad y responsabilidad personal, la autodeterminación y la búsqueda de profesiones útiles, sobre la base de la elección informada, de las personas con discapacidades”.

Descargo de responsabilidad: Esta publicación es solo información legal y no es un consejo legal sobre su situación individual. Está vigente a la fecha de publicación. Tratamos de actualizar nuestros materiales regularmente. Sin embargo, las leyes cambian regularmente. Si desea asegurarse de que la ley no haya cambiado, comuníquese con DRC u otra oficina legal.

1. ¿Qué es una “elección informada” y por qué es importante?

La legislación federal exige que todos los programas, proyectos y actividades financiadas gracias a la Ley de Rehabilitación (Rehabilitation Act), incluidos los programas estatales de rehabilitación vocacional, “se lleven a cabo de forma acorde con el principio de respeto a la dignidad y responsabilidad personal, la autodeterminación y la búsqueda de profesiones útiles, sobre la base de la elección informada, de las personas con discapacidades”. Sección 701(c)(1) del Título 29 del Código de los Estados Unidos (United States Code [29 USC]). El Congreso estipula que entre los objetivos de estos servicios debe estar el de “proporcionar a las personas con discapacidades las herramientas necesarias para… tomar decisiones y hacer elecciones informadas; y alcanzar la igualdad de oportunidades, la inclusión y la integración total en la sociedad y en el empleo, vivir independientemente, y tener autosuficiencia económica y social”. Sección 701(a)(6) del Título 29 del USC.

Los solicitantes y clientes del Departamento de Rehabilitación (DOR, Department of Rehabilitation) deben recibir información y servicios de apoyo que les ayuden a hacer elecciones informadas —tomar decisiones útiles— durante el proceso de rehabilitación. Sección 7029.6(a) del Título 9 del Código de Reglamentos de California (CCR, California Code of Regulations). El DOR debe ofrecer la posibilidad de hacer elecciones informadas durante la elaboración de su Plan Individualizado para el Empleo (IPE, Individualized Plan for Employment) y del objetivo laboral; determinar los servicios específicos del DOR necesarios para alcanzar su objetivo laboral; indicar la entidad que prestará los servicios; definir los entornos en los que se prestarán dichos servicios; y estipular los métodos disponibles para obtener los servicios. Sección 7029.6(b)(4) del Título 9 del CCR. La elección informada puede incluir la posibilidad de ofrecer información al cliente o solicitante en un idioma o mediante un método de comunicación que la persona entienda, u ofrecer servicios de apoyo a las personas con discapacidades cognitivas. Sección 7029.6(b)(1) del Título 9 del CCR.

2. ¿Cómo puedo poner en práctica mi derecho de elección informada para decidir un resultado laboral?

Como cliente del DOR, usted tiene derecho a ser un socio activo y con plena potestad en el proceso de rehabilitación vocacional, incluida la elección del objetivo de empleo y la elaboración de su IPE, así como a hacer elecciones informadas en todo momento. Sección 7029.7(b)(1) del Título 9 del CCR y sección 120(b)(2)(B) de la Ley de Rehabilitación. Los IPE deben diseñarse para obtener un resultado laboral específico en un entorno integrado seleccionado por la persona que sea coherente con sus fortalezas, recursos, prioridades, inquietudes, destrezas, capacidades, e intereses únicos, así como con la elección informada que haga. Sección 7128(d) del Título 9 del CCR; sección 361.45 del Título 34 del Código de Reglamentos Federales (CFR). Para evaluar su objetivo, el DOR puede necesitar información sobre el desempeño obtenida mediante una evaluación exhaustiva, o puede fijar unos objetivos concretos a corto plazo en el IPE. Consulte la Directiva de Política núm. 97-04 de la Administración de Servicios de Rehabilitación (RSA, Rehabilitation Services Administration).

3. ¿Puedo obtener información que me ayude a elegir la entidad que me prestará los servicios?

Sí. El DOR debe ayudarle a obtener la información que le permita seleccionar la entidad que le prestará los servicios. Sección 7029.6(b)(4) (C) del Título 9 del CCR. El DOR debe facilitar información, o ayudar a los clientes a obtenerla, sobre, entre otros: el costo, la accesibilidad y la duración de los posibles servicios; la satisfacción de los clientes con dichos servicios (en la medida que esta información esté disponible); las cualificaciones de los posibles proveedores de los servicios; los tipos de servicios ofrecidos por los posibles proveedores; la medida en que los servicios se prestan en un entorno integrado; y los resultados obtenidos por las personas que trabajan con los proveedores de servicios, en la medida que esta información esté disponible. Sección 7029.6(d) del Título 9 del CCR.

Usted debe solicitar la información previa sobre el prestador o proveedor que el DOR recomiende. También debe solicitar que el DOR le ofrezca varias opciones de proveedores de servicios entre los que elegir.

4. ¿Puedo elegir el entorno laboral y el ámbito en el que se prestarán los servicios?

Sí. El DOR puede ayudar a los clientes a obtener empleo en diversos entornos. Su IPE debe diseñarse para alcanzar un resultado laboral en un entorno integrado. Sección 7128(d) del Título 9 del CCR. Los entornos integrados suelen encontrarse en la comunidad, y es donde las personas con discapacidades interactúan con otras no discapacitadas que, aparte de aquellas que les prestan los servicios. Sección 7018.4(a) del Título 9 del CCR.

En algunos casos, el DOR también puede ayudar a las personas a participar en un programa de ampliación laboral (extended employment), en el cual los clientes trabajan en un entorno no integrado o protegido, a modo de paso intermedio y de transición en el proceso de rehabilitación con el fin de prepararlos para el empleo en un entorno integrado. La ampliación laboral no es la culminación del proceso de rehabilitación y no se considera un resultado laboral. Sección 7013.6 del Título 9 del CCR. Si el DOR no le ofrece otras oportunidades, servicios y resultados laborales en un entorno integrado, debe llamar al Programa de Asistencia al Cliente (CAP, Client Assistance Program).

Además de los lugares de trabajo integrados públicos o privados, los entornos laborales pueden incluir el empleo con apoyos, el empleo por cuenta propia o el negocio propio. También puede elegir si desea trabajar a tiempo completo o parcial. Los resultados laborales de las personas dedicadas a las labores del hogar y de los trabajadores familiares no remunerados están disponibles en la comunidad, se considera que suceden en entornos integrados y satisfacen la definición de resultado laboral en ciertas situaciones.  Sección 7011 del Título 9 del CCR. Si decide dedicarse a las labores del hogar como ámbito laboral, debe existir la expectativa de beneficios tanto sociales como económicos, entre otros criterios. Sección 7136 del Título 9 del CCR. Si no está de acuerdo o no ha elegido dedicarse a las labores del hogar o trabajar en un entorno familiar no remunerado como su objetivo laboral, debe informar a su orientador de rehabilitación que desea cambiar de objetivo, y debe llamar al CAP si el DOR no acepta cambiarlo.

5. ¿Que pasa si considero que no se me ha ofrecido la oportunidad de hacer una elección informada en el proceso de rehabilitación vocacional?

Si usted considera que no se le ha ofrecido la oportunidad de hacer una elección informada en ningún momento durante el proceso de rehabilitación vocacional, debe hablar con su orientador y/o supervisor del DOR para intentar resolver la disputa u obtener información que le ayude a tomar decisiones útiles sobre los servicios y el programa de rehabilitación. También tiene el derecho de solicitar una revisión administrativa ante el administrador del distrito y solicitar una mediación y/o audiencia imparcial.

Si necesita ayuda para resolver alguna disputa con el DOR, puede ponerse en contacto con el Programa de Asistencia al Cliente llamando al (800) 776-5746.