Autoevaluación y guía para audiencias imparciales de IHSS

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Autoevaluación y guía para audiencias imparciales de IHSS

Esta guía es para ayudarle a prepararse para la evaluación inicial de admisión del trabajador de Servicios de Apoyo en el Hogar (IHSS, In-Home Supportive Services) del condado o la revisión anual. Esta guía también le ayudará a representarse a sí mismo y a otros en audiencias imparciales cuando haya una disputa sobre el número de horas de IHSS que necesita.

Esta guía es para ayudarle a prepararse para la evaluación inicial de admisión del trabajador de Servicios de Apoyo en el Hogar (IHSS, In-Home Supportive Services) del condado o la revisión anual. Esta guía también le ayudará a representarse a sí mismo y a otros en audiencias imparciales cuando haya una disputa sobre el número de horas de IHSS que necesita.

Hacer una autoevaluación le ayudará a calcular cuántas horas necesita y qué señalar al trabajador de IHSS que complete la evaluación. Esta guía no cubre todo acerca de cómo funciona el programa IHSS. Por favor, consulte nuestras otras publicaciones sobre IHSS o llámenos si tiene preguntas sobre otras áreas que esta guía no cubre, como las reglas de horas extra de IHSS, recursos alternativos, problemas de apelación o de audiencia (por ejemplo, la negativa a aceptar un poder notarial), o problemas con residentes permanentes legales o veteranos que necesitan IHSS.

Nuestras otras publicaciones sobre IHSS pueden consultarse aquí:

https://www.disabilityrightsca.org/publications/in-home-supportive-services-ihss

Esta guía tiene 3 partes.

  1. La parte uno describe las evaluaciones de IHSS y cómo prepararse, hacer preguntas y obtener respuestas acerca de IHSS, cómo preguntar y prepararse para una audiencia y qué se puede esperar de una audiencia.
  2. La parte dos es una hoja de trabajo para hacer una autoevaluación y calcular cuántas horas necesita.
  3. La parte tres tiene ejemplos de beneficiarios de IHSS que explican por qué necesitan más tiempo de IHSS.

Parte 1: Evaluaciones y audiencias imparciales de IHSS

¿En qué consiste el proceso de evaluación de IHSS?

Durante una evaluación IHSS, el trabajador del condado acudirá a su casa y determinará para qué servicios es usted apto y cuántas horas recibirá por mes. Tendrá una evaluación del condado:

  • cuando solicite IHSS por primera vez;
  • normalmente, una vez al año; y
  • siempre que usted lo solicite. El condado debe hacer la evaluación en un plazo de 30 días de su solicitud y entregarle una Notificación de medida (NOA, Notice of Action) de IHSS.

La NOA de IHSS indicará cuánto tiempo ha decidido el condado que usted necesita para cada tarea de IHSS con la que usted necesita ayuda. El tiempo en la NOA de IHSS se indica en horas y minutos. La NOA de IHSS también contendrá información sobre sus derechos de apelación.

¿Cómo mide el condado la necesidad de IHSS?

  • Ley y normativas o La norma para medir las necesidades individuales de servicios se establece en la sección 12300 del Código de Bienestar e Instituciones (Welfare and Institutions Code).
    • Usted debe ser incapaz de realizar los servicios necesarios debido a su discapacidad.
    • Usted necesita los servicios para (1) permanecer con seguridad en su propio hogar o donde elija vivir, y/o (2) establecer y mantener un arreglo de vida independiente.
    • El tiempo que se autorizará se basa en el tiempo que su proveedor tarda en realizar las tareas autorizadas.
    • No se autorizará ninguna cantidad de tiempo para servicios que sean únicamente por su “comodidad”.
    • El número máximo de horas permitidas al mes es de 283.
  • Pautas horarias estatales para tareas: para obtener información detallada sobre las Pautas horarias estatales para tareas

    (HTG, Hourly Task Guidelines), consulte el Aviso informativo para todos los condados (ACIN, All County Information Notice) núm. I-82-17 (5 de diciembre de 2017), disponible en Internet, en: http://www.cdss.ca.gov/inforesources/2017-All-County-Information-Notices

    Las HTG ofrecen asesoramiento a los trabajadores sociales de IHSS del condado para determinar el funcionamiento según clasificaciones y calcular las horas con base en esas clasificaciones.

Paso uno: determinar el funcionamiento

Los trabajadores sociales de IHSS deben determinar cuánta ayuda necesita para cada tarea de IHSS. Para hacerlo, utilizan las HTG. El trabajador social de IHSS comienza clasificando su nivel de funcionamiento en cada una de las áreas siguientes:

  • Servicios domésticos (tareas del hogar);
  • Lavado de ropa;
  • Compras y mandados;
  • Preparación de comidas/limpieza después de la comida;
  • Ambulación (previamente, movilidad en interiores);
  • Baños, higiene oral y aseo/Rutina cama-baño (bañarse y asearse);
  • Vestirse/Prótesis (ponérselas);
  • Capacidad para hacer sus necesidades;
  • Transferencia (cambio de posición);
  • Comer;
  • Respiración;
  • Memoria;
  • Orientación; y
  • Juicio.

Los niveles de clasificación van de 1 a 5. Por ejemplo, una clasificación de 1 significa que usted es independiente y puede completar la tarea de IHSS sin ayuda y una clasificación de 5 significa que no puede realizar la tarea de IHSS ya sea con o sin ayuda. Los niveles de clasificación de IHSS según su funcionamiento son los siguientes:

  • Clasificación 1: Usted es capaz de realizar las tareas de IHSS de forma independiente y sin ayuda. Un beneficiario con una clasificación de "1" en alguna función no puede recibir tiempo para dicho servicio.
  • Clasificación 2: Usted puede realizar las tareas de IHSS con ayuda verbal, como recordatorios, orientación o ánimos de un proveedor de IHSS.
  • Clasificación 3: Usted puede realizar las tareas de IHSS con algo de ayuda, incluyendo, entre otra, ayuda física directa de un proveedor de IHSS.
  • Clasificación 4: Usted puede realizar las tareas de IHSS, pero solo con ayuda considerable de un proveedor de IHSS.
  • Clasificación 5: Usted no puede realizar una tarea de IHSS, ya sea con o sin ayuda de un proveedor de IHSS.

Si su funcionamiento cambia a lo largo del mes, la clasificación funcional para cada tarea debe reflejar su funcionamiento con base en sus peores días.

Paso 2: Uso de las Pautas horarias estatales para tareas para autorizar tiempo con base en el funcionamiento

El siguiente paso es usar las HTG para determinar cuánto tiempo puede autorizarse para cada tarea. Las pautas están concebidas para ayudar a los trabajadores sociales de IHSS a determinar cuánto tiempo debe concederse para cada tarea de IHSS con la que necesita ayuda. Las pautas también ayudan a los trabajadores sociales de IHSS a identificar cuándo deben hacerse excepciones para que un beneficiario de IHSS pueda recibir la cantidad correcta de ayuda para cada tarea de IHSS.

Por ejemplo, para cada tarea de IHSS con la que usted necesite ayuda, las HTG proporcionan un rango de tiempo (de bajo a alto) para cada nivel de clasificación funcional. Por lo tanto, si tiene una clasificación 2 en la tarea de vestirse, hay un rango de tiempo que puede concedérsele. Recuerde, las HTG pueden usarse solo si son apropiadas para dar respuesta a sus circunstancias personales. Esto significa que puede recibir más o menos tiempo que el que las HTG dicen que puede recibir, siempre y cuando el trabajador social documente por qué necesita más o menos tiempo. La parte 3 de esta guía ofrece ejemplos acerca de cuándo las pautas no son apropiadas debido a circunstancias personales.

  • Registro diario
    • Una parte esencial de prepararse para una evaluación o una audiencia imparcial es el registro diario de lo que se hace cada día y cuánto se tarda en hacer cada tarea. Esto es porque usted puede recibir el tiempo que necesita para completar cada tarea de IHSS con la que necesita ayuda. Las personas no suelen darse cuenta de todas las tareas implicadas en la atención y cuánto tiempo se tarda en completarlas.
      • Ejemplo: en un accidente en el baño, el tiempo de limpieza (que es parte de la capacidad para hacer sus necesidades) no es solo el tiempo de limpieza, sino también el tiempo necesario para sacar los artículos de limpieza y guardarlos de nuevo. Si hay fluidos corporales o deposiciones involucradas, es necesario incluir el tiempo extra necesario para tomar precauciones universales. Las precauciones universales incluyen lavarse las manos y usar guantes o mascarilla siempre que se toquen fluidos corporales y desechos (orina, heces, sangre, secreciones vaginales, semen, pus, saliva) o se manipule ropa sucia, prendas u otras cosas manchadas con fluidos corporales.
    • El tiempo que una tarea implica puede cambiar cada día. Por ejemplo, el tiempo necesario para vestir a una persona con parálisis cerebral por cuadriplejía espástica puede ser el doble de un día para otro debido a las diferencias en la flexibilidad de las extremidades. IHSS basa las horas en el tiempo promedio, por lo que es importante conocer el rango de tiempo que una tarea puede necesitar.
    • Algunas veces, los trabajadores sociales de IHSS no siempre identifican cuándo usted necesita más tiempo del que las HTG recomiendan. Recuerde, usted tiene derecho a recibir el tiempo que se tarda en completar cada tarea de IHSS con la que necesita ayuda. Por eso es tan importante que usted y su proveedor lleven un registro de todos los servicios de IHSS con los que necesita ayuda y cuánto tiempo necesita para completar cada tarea. Le recomendamos que lo haga durante al menos 2 semanas antes de que el trabajador del condado venga a hacer una evaluación inicial o una reevaluación.
    • Si la siguiente visita del trabajador de IHSS del condado es para una reevaluación, revise el número de horas autorizadas actualmente para tareas específicas. Si el tiempo autorizado está fuera del rango para alguna tarea, esté preparado para explicar por qué necesita más tiempo (que el que permiten las HTG) para completar la tarea IHSS con la que necesita ayuda.

¿Cómo puedo hacer mi propia evaluación?

Antes de su audiencia o evaluación en el hogar, complete la hoja de trabajo de IHSS en la Parte 2. Esta hoja de trabajo le ayudará a llevar un registro de cuánto tiempo necesita para cada tarea de IHSS. La hoja de trabajo, al igual que el formulario de evaluación del condado, se basa en un período de una semana, excepto para la entrada de servicios domésticos, que es de un mes. Una vez que documente cuánto tiempo necesita para completar cada tarea de IHSS con la que necesita ayuda durante una semana, puede comparar con las HTG. Si necesita más tiempo del que las HTG recomiendan, con base en su funcionamiento, puede obtener más tiempo siempre y cuando su trabajador social documente (es decir, escriba la razón por la que necesita más tiempo en el expediente de IHSS de su caso) por qué necesita el tiempo adicional.

En esta guía usamos el formato de horas y minutos descrito en la ACIN núm. I-82-17 (del 5 de diciembre de 2017), disponible en Internet, en: http://www.cdss.ca.gov/inforesources/2017-All-County-Information-Notices Su NOA de IHSS también usa el formato de horas minutos.

Si necesita más tiempo de IHSS que el rango en las HTG (consulte el enlace a la ACIN núm. I-82-17 anterior), escriba las razones por las que necesita más tiempo. Para ayudarle, la Parte 3 de esta guía es un listado de los “Factores o razones por las que se necesita más tiempo de IHSS” que el que hemos observado en casos individuales. Algunas de estas razones podrían no corresponder en su caso.

¿Cómo me puedo preparar para la evaluación del condado?

El objetivo de la visita al hogar es averiguar qué puede y qué no puede hacer por sí mismo, qué servicios necesita y el tiempo que el proveedor necesita para realizar esos servicios. Su trabajo es ayudar al trabajador de IHSS del condado a entender toda su atención y necesidades de atención especial y lo que significan en términos de tiempo. Es importante ser honesto y abierto. No minimice sus problemas de discapacidad y sus necesidades de atención, ya que es posible que no obtenga las horas que necesita. Aunque se sienta avergonzado, explique las cosas completamente para que el trabajador del condado comprenda su situación.

Antes de que llegue el trabajador del condado, tenga lista la hoja de trabajo de IHSS en la Parte 2 con las horas que usted cree que necesita. Recuerde, el condado solo autorizará lo que usted realmente necesite y no permitirá tiempo extra para servicios por su “comodidad”. Un ejemplo de un servicio por comodidad es tiempo extra para limpiar el polvo para que el hogar se vea bonito.

Esté preparado para explicar las horas de su hoja de trabajo. Haga una lista para que no se le olvide nada:

  • qué tareas necesitan usted o su proveedor
  • cómo ha determinado el tiempo necesario para cada una de ellas (esto es particularmente importante si hay diferencias entre lo que el condado autorizó previamente y lo que usted cree necesitar ahora)
  • por qué las pautas horarias estatales para tareas no son apropiadas para sus necesidades de atención (podría no corresponder a su situación)
  • qué factores especiales deben tenerse en cuenta

¿Cómo puedo documentar factores especiales?

Obtenga documentación de su médico acerca de sus necesidades especiales. Ejemplos:

  • una nota de que usted necesita un entorno libre de polvo debido a alergias o problemas pulmonares o respiratorios
  • un justificante que verifique sus problemas para hacer sus necesidades
  • una nota sobre su necesidad de que se cambie la ropa de cama más de dos veces al mes

¿Qué son los servicios paramédicos?

Los servicios paramédicos los prescribe un médico por su salud y requieren cierta capacitación y juicio para su prestación. Algunos servicios habituales son inyecciones, irrigación de colostomía, inserción/cuidado de catéteres, succión, alimentación por sonda gástrica y nasogástrica, cuidado de ventilador y administración de oxígeno, impactación fecal, rango de movimiento para mejorar la función, cuidado de úlceras por heridas/decúbito y otros servicios que requieren procedimientos estériles. Pida tiempo suficiente para completar todo el servicio, desde la preparación hasta la limpieza. Los proveedores a veces no piden el tiempo extra que puede ser necesario para llevar registros; por ejemplo, para las pruebas de diabetes y la administración de inyecciones.

Los servicios paramédicos son importantes porque las personas que necesitan atención médica compleja pueden quedarse en casa en lugar de ir a casas de cuidados. Solo los médicos deciden qué servicios debe proporcionar el condado y cuántas horas debe pagar. El condado no puede recortar las horas de servicio prescritas por el médico. Los proveedores no necesitan licencias especiales para prestar los servicios.

Para poder optar:

  • El médico completa y firma una orden para los servicios con las horas necesarias: El médico decide las condiciones de elegibilidad al firmar la orden que prescribe los servicios y las horas. El condado puede enviar el formulario a su médico. Informe a la oficina del médico que van a recibirlo y que usted puede participar y ayudarles con él.
  • Usted no puede realizar el servicio en absoluto: Algún impedimento mental o físico le impide hacerlo, como poner una inyección o cambiar un catéter.
  • El servicio requiere capacitación y juicio para realizarlo: El proveedor recibe capacitación del médico u otro profesional de la salud sobre los pasos a seguir y cómo realizar cada uno para completar el servicio. Los pasos requieren que el proveedor lo observe atentamente para evitar errores.

El formulario paramédico, SOC 321, está disponible en Internet, en: http://www.cdss.ca.gov/cdssweb/entres/forms/English/SOC321.pdf

Los condados usan varias tácticas para denegar o cambiar los servicios paramédicos que los médicos han autorizado. Hay varias maneras de impedir que tengan éxito.

  • El condado le dice que algunos servicios no pueden permitirse como un servicio paramédico. Respuesta: Debatir el servicio con el médico. Explicar que todos los servicios facturados como de enfermería especializada al amparo de Medi-Cal/Medicare reúnen los requisitos. Los médicos suelen saber cuáles son.
  • El condado intenta persuadir al médico que cambie la orden de servicios u horas. Respuesta: Consulte con el médico primero y obtenga aprobación de las horas con base en su registro, argumente sus enfermedades y la necesidad de proteger la relación médico-paciente contra interferencias externas. Explique que la decisión del médico de firmar un Formulario SOC 321 es definitiva y que el condado debe cumplir con su obligación.
  • La enfermera del condado observa un día y basa la menor cantidad de horas en sus observaciones y llama al médico. Respuesta: El registro muestra que el tiempo varía; el tiempo promedio es mayor que el día de observación.
  • El condado dice que una agencia de cuidado de la salud en el hogar le prestará el servicio, por lo que primero debe presentar una solicitud allí. Respuesta: La agencia de cuidado de la salud en el hogar no es un recurso alternativo, ya que la agencia de cuidado de la salud en el hogar presta servicios limitados en el tiempo.
  • El condado dice que el rango de movimiento es un servicio de cuidado personal para el cual ellos deciden la elegibilidad y las horas. Respuesta: Cuando un médico prescribe un rango de movimiento para mejorar y mantener el funcionamiento al mismo tiempo, es un servicio paramédico.

Para obtener más información sobre los servicios paramédicos y consejos sobre cómo obtenerlos, por favor lea nuestra publicación sobre servicios paramédicos, disponible aquí: https://www.disabilityrightsca.org/publications/the-ihss-program-covers-paramedical-services

¿Qué es la supervisión de protección?

La supervisión de protección consiste en vigilar a las personas con impedimentos mentales graves para que no se lastimen al vivir en su hogar. A un proveedor de IHSS se le puede pagar para que vigile a un beneficiario de IHSS para prevenir lesiones o accidentes, cuando la persona necesita supervisión las 24 horas y puede permanecer seguro en su hogar si se le proporciona este servicio. La supervisión de protección es importante porque los beneficiarios de IHSS pueden recibir un gran número de horas al mes; al menos 195 en el caso de las personas sin impedimentos graves y 283 en el caso de las personas con “impedimentos graves”. Los beneficiarios de IHSS reciben el máximo (195 o 283) incluso si el condado recorta las horas para algún otro servicio de IHSS.

Para poder optar:

  • Una persona debe mostrar algún impedimento mental grave; mal juicio (tomar malas decisiones sobre la salud o la seguridad), confusión/desorientación (deambular; perderse; confundir a la gente, días u horas) o mala memoria (olvidarse de comenzar o terminar algo). Tales impedimentos pueden ocurrir con discapacidad intelectual, autismo, demencias y discapacidades psiquiátricas.
  • Una persona debe correr riesgo de lastimarse si se queda sola en casa (salir de la casa, dejar entrar a extraños, encender una estufa, encender fuego, dejar correr el agua, comer alimentos incorrectos o cosas no comestibles, golpearse la cabeza, morderse a sí misma, rascarse con cuchillos u otros objetos afilados de la casa).
  • Una persona debe necesitar ser supervisada las 24 horas del día (amigos o parientes que viven en casa, maestros en la escuela o en un programa diurno, y conductores de automóviles o autobuses).

El condado podría enviarle al médico tratante un formulario solicitando información sobre la enfermedad mental del beneficiario si esa persona necesita supervisión de protección. Informe a la oficina del médico que van a recibirlo para que usted pueda ayudarles a completar el formulario. También puede descargar el formulario por su cuenta y hacer que el médico lo complete. El formulario puede obtenerse aquí: http://www.cdss.ca.gov/cdssweb/entres/forms/English/SOC821.PDF 11

¿Cómo se evalúa a los niños para la supervisión de protección?

La carta para todo el condado (ACL, All County Letter) 15-25, en la página 6, dice que el condado debe seguir un proceso de 4 pasos para determinar la elegibilidad para la supervisión de protección. Debe determinar:

  1. ¿Es el menor incapaz de autorregularse debido al impedimento/enfermedad mental?
  2. Si el menor tiene algún impedimento/enfermedad mental y no puede autorregularse, ¿es probable que participe en actividades potencialmente peligrosas?
  3. ¿Necesita también “más supervisión” que un menor de una edad parecida que no tiene un impedimento/enfermedad mental conforme a una orden judicial de Garrett v. Anderson? “Más supervisión” puede ser más tiempo, más intensidad o ambos. La supervisión adicional necesaria debe ser significativamente más que el cuidado infantil rutinario, y no debe estar relacionada con las limitaciones funcionales del menor, sino que también debe permitir que este permanezca de forma segura en su propio hogar con esta asistencia. Por ejemplo, un menor no discapacitado reconoce el dolor e interrumpe el comportamiento perjudicial. Un menor con una discapacidad mental podría no reconocer el dolor y seguir haciéndose daño hasta que se le corrija. Podría ser necesaria más supervisión porque hay una necesidad constante de supervisión más intensa (es decir, vigilar al niño) y una necesidad constate de correcciones para evitar lesiones. Si se necesita “más supervisión”, ¿se necesitan 24 horas de supervisión al día para que el menor pueda permanecer en el hogar con seguridad?

Puede encontrar la ACL 15-25 en Internet, en: https://www.cdss.ca.gov/lettersnotices/EntRes/getinfo/acl/2015/15-25.pdf

Algunas otras ACL sobre supervisión de protección son:

ACL 98-87, en Internet, en: https://www.cdss.ca.gov/lettersnotices/entres/getinfo/acl98/98-87.PDF y,

ACL 17-95, en Internet, en: https://www.cdss.ca.gov/Portals/9/ACL/2017/17-95.pdf?ver=2017-09-14-113431-017.

¿Qué hago si se deniega la supervisión de protección?

Los condados argumentan muchas excusas para decirle a alguien que no es apto: He aquí una lista y algunas maneras de refutarlas.

¿Hay un impedimento mental grave?

  • Excusa del condado: No se observan impedimentos mentales severos en las visitas al hogar. Respuesta: Su registro diario, la declaración del médico, los registros del centro regional; visita al hogar demasiado corta, comportamiento observado y no respondió a las preguntas de las pautas; el documento de evaluación del condado muestra un impedimento mental grave.
  • Excusa del condado: Necesita supervisión de protección debido a un impedimento físico, no mental. Respuesta: Debido al impedimento mental no entiende los impedimentos físicos, no entiende o aprecia las consecuencias de las acciones sobre los impedimentos físicos (trata de levantarse o caminar sin ayuda cuando no puede hacerlo sin riesgo de lesión, comerá dulces a pesar de los riesgos de lesión debido a la diabetes, tratará de quitarse las vendas o tubos o aparatos ortopédicos porque le duelen o son irritantes, etc.).
  • Excusa del condado: Los impedimentos físicos causan un comportamiento peligroso. Respuesta: Los impedimentos mentales también lo causan; no se requiere demostrar que los impedimentos mentales son la única causa.

¿Hay un comportamiento peligroso en el hogar?

  • Excusa del condado: El diagnóstico formal de una enfermedad mental no demuestra la necesidad. Respuesta: Declaración del médico sobre el comportamiento típico de la persona con ese diagnóstico.
  • Excusa del condado: No ha habido lesiones recientemente. Respuesta: El beneficiario estaba bien supervisado.
  • Excusa del condado: No hay pruebas de un comportamiento peligroso en la visita al hogar del trabajador del condado. Respuesta: No ocurre con una frecuencia horaria; faltó el día anterior y posterior; no se puede generalizar de 1 hora a las 24 horas del día.
  • Excusa del condado: La parálisis física “completa” impide al beneficiario hacer nada que sea peligroso. Respuesta: Cualquier acción deliberada que sea peligrosa, quitarse un catéter, sonda gástrica, etc.
  • Excusa del condado: Es agresivo y antisocial si golpea a alguien o causa daños materiales. Respuesta: En adultos: las conductas autolesivas como morderse a sí mismo, golpearse la cabeza, destruir cosas, son comunes en los casos de trastornos psiquiátricos o mentales. En los niños: el comportamiento normal es a menudo agresivo y antisocial.

¿Es necesaria y se recibe la supervisión durante las 24 horas del día?

  • Excusa del condado: No necesita supervisión las 24 horas porque a veces no está supervisado, como en el autobús, en un auto. Respuesta: Siempre está supervisado, los autobuses/autos son entornos controlados con conductores adultos.
  • Excusa del condado: El beneficiario a veces se queda solo, por lo que no está supervisado las 24 horas del día. Respuesta: No se lo puede permitir, alguien lo observa, ha tenido suerte de que no haya habido accidentes, el estado del beneficiario ha empeorado.
  • Excusa del condado: Necesita correcciones físicas, no solo vigilancia o instrucciones verbales. Respuesta: La supervisión incluye correcciones y algunas intervenciones.
  • Excusa del condado: La familia desincentiva la independencia y es sobreprotectora de una persona con una discapacidad intelectual leve. Respuesta: Más independencia causó lesiones o cuasiaccidentes en el pasado; otros (médico del centro regional) recomiendan supervisión durante 24 horas.
  • Excusa del condado: Cambiar el entorno para eliminar riesgos: quitar las perillas de la estufa, guardar las herramientas, sujetar la silla de ruedas, atar a la persona a la silla de ruedas, quitar los mandos del grifo de agua caliente, subir las barras de la cama para evitar que deambule durante la noche, atornillar los muebles. Respuesta: No se pueden hacer todos los cambios; otros convierten el hogar en una casa de cuidados o en una celda de la cárcel; cuanto mayor sea el beneficiario, menor será el cambio posible sin perder las características distintivas del hogar.
  • Excusa del condado: El menor juega al aire libre sin la supervisión de un adulto. Respuesta: Jardín con cerca; no puede salir; no hay ningún peligro en el jardín
  • Excusa del condado: Los niños siempre necesitan ser supervisados por un adulto. Respuesta: Los padres no siempre están físicamente a la vista de los niños sin discapacidad mental; el niño necesita mucha más supervisión que otro de la misma edad. Cuanto menor sea el niño, más grave debe ser el comportamiento. Más difícil para los niños menores de 2 años de edad.
  • Excusa del condado: Vaya a una clase de crianza para abordar problemas de comportamiento. Respuesta: No resolverá el comportamiento subyacente; ha ido y no ha tenido éxito; irá, pero lo necesitará hasta que se demuestre que funciona.

¿El beneficiario ya no reúne las condiciones para optar al servicio?

  • Excusa del condado: El condado concedió la supervisión de protección incorrectamente; la reevaluación indica que no hay elegibilidad, aviso de cancelación. Respuesta: No hay cambios en la Línea H del SOC 293 sobre la clasificación de funcionamiento mental; no hay cambios en el estado físico o de la vivienda del beneficiario, apele inmediatamente para conservar los servicios de IHSS hasta la decisión. Este formulario se encuentra en su expediente de IHSS. Puede pedirle al condado que le facilite una copia de este formulario.

Para obtener más información sobre la supervisión de protección y cómo obtenerla, por favor lea nuestra publicación sobre supervisión de protección, disponible aquí: https://www.disabilityrightsca.org/publications/in-home-supportive-services-protective-supervision

¿Pueden obtener servicios de IHSS las personas con discapacidades psiquiátricas?

Sí. IHSS no es solo para las personas con discapacidades físicas o de desarrollo. Si usted tiene una discapacidad psiquiátrica, quizá pueda optar si necesita ayuda para vivir en su propio hogar o en el de otra persona. “Hogar” puede incluir un apartamento que usted comparta con otra persona o una habitación de hotel. Usted no puede optar a los servicios de IHSS o de cuidado personal si vive en un centro de pensión y cuidado o en un centro residencial de cuidado. Sin embargo, estos servicios pueden ayudarle a mudarse de un centro de pensión y cuidado a su propio apartamento o habitación de hotel.

Estas son algunas de las razones por las que podría necesitar los servicios de IHSS para poder vivir en su propio hogar o en el de un pariente o amigo:

  • Si necesita “recordatorios” para levantarse por la mañana y hacer tareas como bañarse, asearse, vestirse, tomar los medicamentos o comer. Los recordatorios y la asistencia son términos que describen la ayuda que las personas necesitan para comenzar una tarea y seguir los pasos necesarios para pasar de una tarea a otra. Debido a su discapacidad o a los efectos secundarios de su medicación, quizá no pueda hacerlo sin que haya alguien presente para indicarle los pasos del proceso.
  • De forma parecida, necesita “recordatorios” que le ayuden a hacer las tareas antes de irse a la cama por la noche.
  • Preparación de comidas que una persona podría no ser capaz de hacer de forma consistente y segura por sí sola.
  • Recordatorios para comer y beber.
  • Comprar, limpiar, lavar la ropa y planificar los menús.
  • Necesidad de monitorización e intervención como “supervisión de protección” porque usted podría ver una situación inofensiva y benigna como una que es personalmente amenazante y que piensa que necesita una respuesta que podría hacer que se autolesione. En ese caso, podría necesitar que reorienten o redirijan su atención, ayuda para darse cuenta de que no existe una amenaza o alguna acción para evitar que se lesione.

Los trabajadores del condado que procesan solicitudes para IHSS trabajan en la mayor parte con personas con discapacidades físicas (que usan una silla de ruedas o que no pueden hacer cosas porque padecen artritis grave) o tienen discapacidades cognitivas (tienen una discapacidad intelectual o demencia). No están acostumbrados a lidiar con solicitudes de personas con discapacidades psiquiátricas. Eso significa que el trabajador del condado necesitará más ayuda de usted y de las personas que le ayudan para comprender por qué necesita atención con asistente en su hogar. Usted necesitará una carta de su psiquiatra, psicólogo, trabajador social de la clínica a la que acuda o administrador de caso (o cualquier otra persona que le ayude y conozca sus necesidades). La carta debe explicar: 

  • Las cosas con las que necesita ayuda y el tipo de ayuda que necesita.
  • Por qué necesita esa ayuda debido a su discapacidad. Por ejemplo, pueden explicarle que su medicación más su discapacidad le dificultan levantarse a tiempo y hacer el resto de las tareas de la mañana sin ayuda.
  • Cómo no recibir la ayuda que necesita podría significar que no puede seguir viviendo en su propio hogar, habitación de hotel o apartamento.
  • Cómo no recibir la ayuda que necesita podría hacer que su situación empeore. Por ejemplo, sin ayuda para levantarse cada día y mantener el apartamento ordenado, su vida cotidiana sería caótica y podría provocarle una crisis. Sin ayuda que dé orden y estructura a su vida, usted corre el riesgo de sufrir una crisis que podría incluso conllevar una visita a la sala de emergencias.

¿Los niños pueden recibir servicios de IHSS?

Sí. Los niños pueden recibir:

  • Servicios de cuidado personal (bañarse, ir al baño, vestirse, alimentarse, ayuda para caminar, etc.).
  • Servicios relacionados (preparación de comidas, planificación y limpieza, lavar la ropa, comprar la comida).
  • Servicios paramédicos (si los prescribe un médico: inyecciones, catéteres, alimentación con sonda, succión).
  • Supervisión de protección (monitoreo las 24 horas y supervisión para prevenir lesiones) o Supervisión o cuidado infantil no rutinario
    • Debe diferenciar entre un menor discapacitado y otro niño de la misma edad.
  • Los menores no pueden recibir servicios domésticos

¿Pueden mis padres ser mis proveedores?

Sí. Si usted es un adulto, sus padres pueden ser sus proveedores sin restricciones.

¿Puede el padre de un menor ser su proveedor de IHSS?

Si usted tiene un hijo menor de edad que recibe servicios de IHSS, puede ser su proveedor si:

  • Deja su trabajo o no puede conseguir un trabajo porque debe cuidar de su hijo, y
  • no hay ningún otro proveedor de atención aceptable (dispuesto y capaz), y
  • su hijo corre el riesgo de ser colocado fuera del hogar o de recibir atención inadecuada.

Si ambos padres viven en el hogar, un padre puede recibir pago cuando el otro está en el trabajo, en la escuela, durmiendo o si tiene una discapacidad. Su hijo también puede recibir 8 horas de atención de tregua (de un proveedor que no sea uno de los padres) a la semana cuando usted va de compras, hace mandados u otras cosas para la familia.

Para obtener más información, consulte la ACL 19-02 (del 9 de enero de 2019) “Clarification of Regulations Regarding Minor Recipients Living With Parent(s)” (Clarificación de las normativas sobre los beneficiarios menores de edad que viven con sus padres) aquí: http://www.cdss.ca.gov/inforesources/2019-All-County-Letters

También podría interesarle consultar la ACL 15-45 que contiene “preguntas y respuestas sobre los beneficiarios menores de edad que viven con sus padres” en: http://www.cdss.ca.gov/lettersnotices/EntRes/getinfo/acl/2015/15-45.pdf.

¿Qué hago si se deniega la solicitud de ser proveedor paterno de IHSS?

¿Cumple el padre los requisitos para ser un proveedor (es capaz y está disponible)?

  • Excusa del condado: El padre puede trabajar a tiempo completo (40 horas a la semana) si envía a su hijo a una guardería. Respuesta: No hay ningún servicio de guardería apto, no puede contratar una niñera por el salario mínimo, el niño necesita estimulación especial de sus padres.
  • Excusa del condado: El padre trabaja menos de 40 horas, pero puede trabajar a tiempo completo. Respuesta: Las frecuentes visitas al médico, otras emergencias o el estrés impiden el trabajo a tiempo completo; pérdida de trabajos a tiempo completo previos.

¿Afectarán las ganancias de IHSS de un padre a los beneficios de ISS de un hijo menor de edad?

Las ganancias de IHSS del padre del hijo menor de edad a quien prestan servicios de IHSS no afectarán el monto del pago de SSI de ese menor. No obstante, otros ingresos que el padre reciba sí podrían afectar el monto del pago de SSi del menor.

¿Puedo recibir IHSS y aun así recibir servicios de tregua del centro regional?

Sí. Los servicios de tregua del centro regional son diferentes de IHSS. Usted debe poder recibir los servicios de IHSS, incluida la supervisión de protección, sin perder ninguna hora de tregua. Llame a Disability Rights California si el centro regional intenta recortar sus horas de tregua porque recibe servicios de IHSS.

¿Puede mi cónyuge ser mi proveedor?

Sí. En el caso de servicios personales no médicos (vea la categoría 4 en el formulario de la hoja de trabajo) y los servicios paramédicos, el proveedor pagado de IHSS puede ser su cónyuge o cualquier otra persona. En el caso de la supervisión de protección, su cónyuge puede ser su proveedor si:

  • su cónyuge deja el trabajo a tiempo completo; o
  • no puede obtener trabajo a tiempo completo porque no hay ningún otro proveedor aceptable; y
  • como resultado de ello, hay riesgo de una colocación inapropiada o fuera del hogar, o de atención inadecuada.

Si su cónyuge no puede o no está disponible, otras personas pueden prestar estos y otros servicios de IHSS. “No disponible” incluye el tiempo que el cónyuge pasa fuera del hogar debido al trabajo o por otras razones necesarias, o cuando el cónyuge está durmiendo o satisfaciendo las necesidades de otros miembros de la familia.

¿Cómo puedo obtener el máximo de 283 horas al mes de IHSS?

Debe tener un “impedimento grave” y recibir supervisión de protección o necesitar al menos 283 horas al mes de servicios de IHSS (sin incluir la supervisión de protección). Para determinar si usted reúne los requisitos para ser considerado como un beneficiario con un “impedimento grave”, sume las categorías de servicios “esenciales” indicadas con un asterisco (*) en la Parte 2 de la hoja de trabajo. Si suman 20 horas o más a la semana, usted reúne los requisitos para ser considerado como una persona con un impedimento grave.

Si es apto para recibir supervisión de protección, recibirá 283 horas si tiene un “impedimento grave”. Si no es apto para recibir supervisión de protección, recibirá 283 horas si sus necesidades de cuidado suman esta cifra cada mes.

Si es apto para recibir supervisión de protección, sus horas serán al menos 195 al mes si no tiene impedimentos graves. El número total de horas que reciba dependerá de la evaluación del condado y del programa de IHSS en el que participe. Si tiene preguntas sobre el programa de IHSS en el que participa, hable primero con su trabajador del condado. Si tiene alguna inquietud o preguntas después de hablar con el trabajador del condado, puede llamar a la línea de admisiones de DRC al 1-800-776-5746.

Si no está de acuerdo con las horas de IHSS, debe apelar y solicitar una audiencia imparcial.

¿Cuándo solicito una audiencia?

Si el condado reduce sus horas o cancela sus servicios de IHSS, debe solicitar una audiencia imparcial antes de que la reducción indicada en la NOA de IHSS entre en vigor. Si solicita una audiencia antes de que tenga lugar el cambio indicado en la NOA de IHSS, seguirá recibiendo todas las horas hasta que la audiencia se haya celebrado. La fecha de entrada en vigor de la medida se indica en la primera página de la NOA de IHSS. Si no recibe una NOA de IHSS o la medida entra en vigor en un plazo inferior a 10 días después de que la reciba, debe solicitar una audiencia y el pago de la ayuda pendiente de la celebración de la audiencia inmediatamente. Cuando usted solicite una audiencia, deberá explicar que no recibió una NOA de IHSS o que la recibió con demora. Si el condado ha denegado su solicitud de IHSS o de más horas, debe presentar una apelación en un plazo de 90 días?

¿Cómo solicito una audiencia?

Puede solicitar una audiencia a través de Internet, por teléfono, por correo o por fax.

Haga clic aquí para solicitar una audiencia por Internet.

Solicite una audiencia por teléfono:

Llame gratuitamente a la División de Audiencias Estatal (State Hearing Division) (800) 743-8525 o (855) 795-0634

Teléfono gratuito para consultas y respuestas públicas (Public Inquiry and Response) (800) 952-5253 o TDD (800) 952-8349

Solicite una audiencia por escrito:

Envíe su solicitud al departamento de bienestar del condado a la dirección que figura en la notificación de medida o por correo a:

California Department of Social Services State Hearings Division
P.O. Box 944243, Mail Station 9-17-37
Sacramento, California 94244-2430

Envíe la solicitud de audiencia por fax al (833) 281-0905

Si necesita un intérprete o si necesita un intérprete para alguien que vaya a testificar (como su proveedor de IHSS) inclúyalo en la solicitud. Para obtener más información sobre el proceso de audiencia, haga clic aquí para visitar el sitio web de la División de Audiencias Estatales.

¿Cómo puedo obtener información para mi audiencia?

Reúna información sobre cómo el trabajador de IHSS del condado determinó las horas que le autorizaron.

  • Concierte una cita para acudir a la oficina de IHSS para revisar su expediente de caso de IHSS.
  • Pídale a su trabajador una copia de los últimos formularios de “necesita evaluación”. Estos formularios del condado incluyen notas sobre por qué se concedieron o no las horas. Pida también una copia del formulario SOC 293 más reciente. Los formularios SOC 293 incluyen información sobre lo que puede hacer o no hacer según la clasificación funcional. Si presenta una queja por una reducción, pida copias de sus formularios de evaluación tanto viejos como nuevos y de sus formularios SOC 293 nuevos y viejos.
  • Pida una copia de las hojas en su expediente acerca de los contactos y las visitas que tuvo el último año.
  • Pida una copia de las pautas horarias del condado para tareas:
  • Pida copias de todos los informes médicos en su expediente y de los formularios paramédicos.
  • Si IHSS ha reducido sus horas, pida a su trabajador copias de las normativas enumeradas en su notificación de reducción.

¿Qué puedo hacer si el trabajador del condado no me entrega copias de mi expediente?

Dígale al trabajador que usted tiene derecho a inspeccionar su expediente, lo que también puede significar que el condado le entregue copias de documentos. Puede entregar una copia de la ACL 18-52 del 9 de mayo de 2018 llamada “Release Of In-Home Supportive Services (IHSS) Case Records To Applicant/Recipient Or Authorized Representative” (Divulgación de los expedientes de casos de Servicios de Apoyo en el Hogar [IHSS] al solicitante/beneficiario o a un representante autorizado). Esta carta contiene las leyes y normativas sobre su expediente e instrucciones para los condados.

¿Dónde puedo consultar las leyes acerca de IHSS?

Las normativas de IHSS se encuentran en la División 30 del Manual de Políticas y Procedimientos (Manual of Policy and Procedures) del Departamento de Servicios Sociales (Department of Social Services). Haga clic aquí para consultar las normativas de IHSS. Hay 4 entradas para las normativas de la División 30. Omita la primera entrada. Las normativas de IHSS comienzan unas 5 páginas después en la 2.a entrada, continúan en la 3.a y terminan en la 4.a.

Las cartas dirigidas a todos los condados son directivas que el Departamento de Servicios Sociales envía a los condados. Las cartas cubren muchos programas. Solo unas pocas serán sobre IHSS. Haga clic aquí para consultar las cartas dirigidas a todos los condados.

Las notificaciones informativas para todos los condados son notificaciones que el Departamento de Servicios Sociales envía a los condados. Las notificaciones abarcan muchos programas. Solo unas pocas serán sobre IHSS. Haga clic aquí para consultar las notificaciones informativas para todos los condados.

¿Qué pasa después de que presente una solicitud de audiencia?

Después de presentar una apelación, el estado le enviará información sobre sus derechos de audiencia. La información incluirá el nombre y los datos de contacto del trabajador del condado encargado de las apelaciones. El trabajador de apelaciones del condado es la persona que representará al condado en la audiencia. Su expediente de IHSS podría encontrarse en esa oficina. Muchos trabajadores de apelaciones intentan resolver las disputas sin que se celebre una audiencia. Los trabajadores de apelaciones a menudo tienen más experiencia y conocimientos que las personas con las que ha tratado en la oficina de IHSS.

El trabajador de apelaciones podría llamarle para considerar un “retiro condicional” (conditional withdrawal) para que pueda hacerse una nueva evaluación. Si acepta el retiro condicional de su solicitud de audiencia (apelación), no necesitará acudir a la audiencia. El condado tendrá que hacer algo (por ejemplo, completar una nueva evaluación), que es la condición de su retirada de la audiencia. El condado hará esto entregándole un documento llamado formulario de retiro condicional (conditional withdrawal form). Debe asegurarse de haber recibido, revisado, comprendido y aceptado el formulario de retiro condicional antes de firmar (aceptar) la retirada de la solicitud de una audiencia. La mayoría de los condados aceptarán proporcionarle el documento de retiro condicional por correo electrónico si se lo pide. Puede volver a programar la audiencia si no está de acuerdo con la nueva evaluación o si el condado no autoriza los beneficios retroactivos.

¿Puede obtener una copia de las pruebas del condado antes de la audiencia?

Sí. Usted tiene derecho a la declaración de la posición del condado al menos 2 días hábiles antes de la audiencia. Por ejemplo si su audiencia es el viernes, usted tiene derecho a recibir la declaración de posición para el miércoles por la mañana. No hay nada en las reglas que impida al condado entregársela antes, si está disponible. También puede consultar su expediente en cualquier momento, tanto si tiene o no una audiencia pendiente, como se ha indicado previamente.

La declaración de posición del condado le ayudará a identificar otras pruebas y testigos que necesite. Si no recibe una copia hasta justo antes de la audiencia, puede solicitar que “el expediente se deje abierto” para que pueda enviar otras pruebas (como cartas o declaraciones) para responder a cualquiera de los argumentos de la declaración de posición del condado. Incluso si recibe la declaración de posición del condado a tiempo, todavía puede pedir que el expediente de la audiencia se deje abierto para poder presentar más pruebas.

¿Qué pasa en la audiencia?

El condado expondrá primero y dirá por qué se le recortaron las horas o por qué no puede disponer de las horas adicionales que usted cree que necesita. Si el condado redujo sus horas o eliminó un servicio (como la supervisión de protección), es responsabilidad del condado demostrar cómo ha mejorado usted o cómo han cambiado sus circunstancias para que necesite menos horas.

Usted y el condado pueden presentar pruebas (testimonios de testigos, cartas, registros de diarios, informes médicos) sobre sus necesidades en cada categoría de servicio en la que usted y el condado no estén de acuerdo. Sus pruebas deben explicar:

  • qué servicios necesita
  • cuánto se tarda en prestar los servicios
  • la razón por la que necesita más tiempo que el establecido en la evaluación o en las pautas, y
  • a qué riesgos podría exponerse si no recibe ese nivel de servicios.

Las audiencias imparciales de IHSS son informales. Tienen lugar en torno a una mesa, no en un juzgado. Lo importante es explicar por qué se necesita más tiempo. Las mejores pruebas son las que aportan las personas que le prestan la atención y llevan un registro diario del tiempo que se necesita para ello. Los testigos pueden ser usted, proveedores anteriores y actuales de IHSS, el orientador del centro regional, amigos, familiares y cualquier otra persona que tenga información que el juez necesite. Para cada testigo, enumere los puntos que usted quiere que el testigo argumente y vaya tachándolos a medida que se vayan presentando.

¿Cómo puedo obtener ayuda para la audiencia?

Nuestra publicación Prepare for Hearing: IHSS Terminations or Reductions in Hours (Prepárese para la audiencia: cancelaciones o reducciones de horas de IHSS) (haga clic aquí) contiene más información sobre cómo defenderse en las audiencias. También tiene 2 formularios que podría necesitar usar:

  1. Formulario para obtener documentación de su médico acerca sus niveles de funcionamiento
  2. Formulario para explicar por qué necesita más que lo que las HTG permiten según su funcionamiento

Para obtener más ayuda, llame al centro regional (si usted es un cliente del centro regional), un centro de vida independiente, un programa de ayuda jurídica, un programa de defensa de personas mayores, al número gratuito de Disability Rights California (800) 776-5746 o al Centro Jurídico de Disability Rights al (213) 736-1031. Para obtener el número de teléfono del programa de defensa de personas mayores en su área, llame a la oficina para las personas mayores de su condado o al Departamento de Estado para las Personas Mayores (State Department of Aging) al (800) 510-2020.

Parte 2: Hojas de trabajo para autoevaluaciones (descarga aquí)

Parte 3: Factores o razones por las que se necesitan más horas de IHSS

Servicios domésticos

Las normativas estatales generalmente permiten solo 6 horas al mes por hogar para los servicios domésticos. Cuando se promulgaron las normativas, el estado explicó que las 6 horas al mes se basaban en recibir servicios domésticos dos veces al mes.

Si en el hogar viven 4 personas, el número total de horas de IHSS permitidas para el beneficiario será de 1.5 horas al mes. Si el compañero de apartamento de un beneficiario vive allí solo como asistente residente, los servicios domésticos no deben prorratearse.

El condado debe prorratear las horas solo para las áreas comunes de la vivienda; su propia habitación o baño deben autorizarse por separado. Si necesita más tiempo de servicios domésticos para poder permanecer de forma segura en su hogar, el condado debe permitir una excepción a la pauta de las 6 horas al mes. Por ejemplo:

  • Una alergia o problema de respiración pulmonar indica la necesidad de que exista un ambiente libre de polvo y la necesidad de limpiar el polvo y pasar la aspiradora con frecuencia.
  • La basura debe sacarse a diario, o con más frecuencia que dos veces al mes, debido a la presencia de cucarachas u otros problemas de plagas.
  • Si se le cae la comida o la bebida con frecuencia, se necesita una limpieza frecuente, especialmente si hay problemas de cucarachas u otras plagas.
  • La incontinencia hace necesario limpiar de forma focalizada los pisos, muebles, etc. con frecuencia.
  • El contenedor de basura se encuentra detrás de dos puertas cerradas con llave en la parte trasera del edificio y se tarda 10 minutos en llegar allí y volver.
  • Si usted come en la cama, la cama debe ser aspirada y volverse a hacer 3 veces al día para quitar las migas. Las sábanas deben cambiarse con más frecuencia debido a los derrames.
  • Si tiene incontinencia/accidentes, las sábanas deben cambiarse con más frecuencia que dos veces al mes (a diario, tres veces a la semana, una vez a la semana, etc.).
  • Debido a la fragilidad de la piel y al riesgo de sufrir úlceras de decúbito, las sábanas deben mantenerse lisas para evitar el desarrollo de puntos calientes; es necesario asegurarse de que nada en la cama roce o irrite la piel.
  • Debido a que se le caen las cosas, es necesario recoger con más frecuencia.
  • Debido a que las juntas del refrigerador están gastadas, se necesita más tiempo para limpiar y descongelar el refrigerador.
  • Debido a que usted pasa la mayor parte del tiempo en la cama o debido al sudor, es necesario cambiar las sábanas más de dos veces al mes.
  • Un tratamiento contra una plaga de cucarachas que afecta a todo el edificio exige que, una única vez, se vacíe la cocina y que se laven todas las estanterías y que, después del tratamiento, se vuelva a poner todo en su sitio. (El tiempo para esta actividad es justificable no solo por razones de salud y seguridad, sino también para establecer y mantener una situación de vida independiente, puesto que incumplir las normas puede exponerlo a que lo desahucien).

Servicios de cuidado personal

Los servicios de cuidado personal deben evaluarse individualmente. Asegúrese de contabilizar el tiempo para toda la tarea, de principio a fin. Si necesita más tiempo de servicios de cuidado personal para permanecer de forma segura en su hogar, el condado debe permitir una excepción a las pautas. Por ejemplo:

  • No se puede acceder al baño en silla de ruedas. Esto significa que se necesita más tiempo para bañarse y realizar otras actividades de cuidado/aseo personal.
  • Los accidentes en el baño requieren limpieza extra en el área de capacidad para hacer sus necesidades.
  • Usted es sensible al dolor; incluso peinarse le resulta doloroso. Los servicios de cuidado personal deben realizarse lentamente y con cuidado.
  • Come y mastica con lentitud y deben persuadirlo o deben manipularle la mandíbula manualmente. Puede tardar hasta 45 minutos en consumir cada comida.
  • Aunque puede alimentarse a sí mismo, necesita que haya un asistente presente para ayudarle a levantar cosas y por sus problemas de atragantamiento.
  • Debe bañarse más de dos veces a la semana debido a los derrames que sufre, incontinencia o problemas cutáneos.
  • Tiene la piel frágil y es vulnerable a los puntos calientes que pueden convertirse en úlceras de decúbito; necesita asegurarse de que nada frote o irrite la piel, como la ropa o la forma en que se coloca en la silla de ruedas, etc.
  • Es necesario lavar su cabello con champú más de una vez a la semana porque tiene caspa o porque se lo ensucia con comida.
  • Necesita tiempo extra para comunicarse con el proveedor de IHSS (ya que tiene parálisis cerebral y debe usar una tabla alfabética).
  • Es susceptible a sufrir infecciones respiratorias, por lo que debe secarse el cabello después de lavarlo.

Servicios relacionados

Se necesita tiempo extra para preparar las comidas y/o elaborar los menús porque:

  • Necesita una dieta especial sin sal y azúcar o requiere alimentos frescos
  • Necesita que le corten la comida o que se la hagan puré
  • Necesita beber líquidos y comer refrigerios entre comidas
  • Su dieta y patrones de alimentación difieren de los del resto de la familia, por lo que las comidas se preparan por separado

Necesita 2 o 3 veces más comida debido a su parálisis cerebral con espasticidad y, por lo tanto, necesita más tiempo para preparar las comidas, elaborar los menús, limpiar, comprar y alimentarse.

Se necesita tiempo extra en limpieza de comidas para limpiar la mesa, la silla de ruedas y el piso debido a los derrames.

Se necesita tiempo extra para lavar la ropa porque:

  • Se necesitan más cambios de sábanas y de ropa debido a problemas de incontinencia, derrames y la necesidad de enjuagar antes de lavar.
  • Se necesita tiempo extra para cumplir con las precauciones universales cuando hay fluidos corporales implicados (orina, heces, sangre, saliva, mocos, vómito) para tareas como enjuagar, separar del resto de la ropa sucia y lavar por separado.
  • Necesita permanecer en el lugar mientras lava la ropa para que no se la roben.
  • Necesita hacer un ciclo de enjuagado extra debido a la sensibilidad de la piel.

Necesita tiempo extra para hacer compras y mandados porque:

  • El mercado está lejos.
  • Necesita ir al mercado con más frecuencia o ir a más de un lugar debido a sus necesidades de dieta o para comprar alimentos frescos.
  • Necesita comprar medicamentos con frecuencia debido a las limitaciones de Medi-Cal en cuanto al tamaño de las recetas o porque no puede conseguir todos los medicamentos en un mismo lugar.
  • Al vivir en un área de renta baja, hay menos mercados y están más concurridos, lo que significa que debe esperar su turno por más tiempo.
  • Necesita usar taxis y transporte público.