Planilla de ABD FPL para un adulto soltero que no vive en una institución de alojamiento y cuidado

Publications
5450.02-Worksheet1

Planilla de ABD FPL para un adulto soltero que no vive en una institución de alojamiento y cuidado

Los pasos 1 a 12 que se enumeran a continuación corresponden a los pasos enumerados en la planilla en blanco. El programa de Medi-Cal del Índice Federal de Pobreza para Personas de la Tercera Edad, Ciegas y con Discapacidades (ABD FPL) sigue las normas de ingresos del Ingreso del Seguro Suplementario, así como las normas de elegibilidad para Personas con Necesidades Médicas de Medi-Cal.1

Para ser elegible para el programa ABD FPL, no puede exceder los límites de ingresos permitidos establecidos por el Estado. Hay deducciones de ingresos. Por ejemplo, puede deducir cualquier prima mensual de un plan médico, como una póliza dental, de salud o de la visión. Sin embargo, a diferencia del programa para Personas con Necesidades Médicas de Medi-Cal, no puede “gastar” el excedente de sus ingresos en gastos médicos para reunir los requisitos para el programa ABD FPL.

Si hay niños en el hogar, consulte la planilla 3 para obtener información sobre el adulto cuyo cónyuge o hijo no reúne los requisitos.

Paso 1

Ingrese el ingreso no percibido previo a cualquier deducción de primas por seguro médico o retención de impuestos. El ingreso no percibido incluye intereses, pensiones, anualidades, seguros estatales por discapacidad y beneficios por desempleo.

CONSEJO: Si recibe beneficios del Seguro Social de los cuales se deducen las primas de Medicare, Medi-Cal pagará su prima de Medicare ese mismo mes cuando cumpla con alguno de los siguientes requisitos:

  • Reúne los requisitos para el programa ABD FPL.
  • Reúne los requisitos para cualquier otro programa de Medi-Cal sin costo compartido.
  • Reúne los requisitos para Medi-Cal con costo compartido y cubren dicho costo correspondiente a ese mes.

Paso 2

Deduzca $20 del ingreso no percibido.

Paso 3

Ingrese el saldo, si existe alguno. El saldo es el ingreso contable no percibido total.

Paso 4

¿Percibe algún ingreso? En caso afirmativo, especifique el ingreso bruto percibido antes de cualquier deducción. El ingreso percibido incluye cualquier ingreso sobre el cual se pagan, o son pagaderos, los impuestos por Seguro Social. El ingreso bruto no incluye el ingreso percibido de un plan flexible de beneficios (cafetería) para trabajos como cuidado infantil o gastos médicos porque ese ingreso no está sujeto a los impuestos del Seguro Social.2

CONSEJO: Si trabaja por cuenta propia, el ingreso bruto percibido es su ingreso bruto ajustado (es decir, los recibos de ingreso bruto menos las deducciones permitidas por el Servicio de Impuestos Internos).3

Paso 5

Deduzca $20 ahora si no lo hizo en el paso 2. La deducción de $20 solo se puede hacer una vez.

Paso 6

Deduzca $65 del incentivo laboral del ingreso percibido.

Paso 7

Deduzca cualquier gasto laboral relacionado con la discapacidad de las ganancias del solicitante. Usted puede reunir los requisitos para beneficiarse de esta deducción si tiene menos de 65 años. Si tiene 65 años o más, puede beneficiarse de esta deducción si reunía los requisitos para recibir beneficios de Medi-Cal u otros beneficios debido a que presentaba una discapacidad antes de los 65 años.

CONSEJO: Los gastos laborales relacionados con las discapacidades son gastos en efectivo en los que incurre tanto porque trabaja como porque tiene una discapacidad. Algunos ejemplos incluyen el cuidado a cargo de un asistente para que lo ayude antes, durante y después del trabajo; el transporte cuando no puede utilizar o hacer uso en forma confiable del transporte público debido a su discapacidad. Los gastos laborales relacionados con las discapacidades también incluyen gastos médicos en efectivo que se necesitan para trabajar, incluso si incurriera en los mismos gastos si no estuviese trabajando.

Paso 8

Ingrese el subtotal luego de deducir la parte no utilizada de la deducción de $20 de cualquier ingreso, si existe (paso 5); la deducción del ingreso percibido de $65 (paso 6), y cualquier deducción de gastos laborales relacionados con las discapacidades del ingreso bruto percibido (paso 7).

Paso 9

Deduzca el 50 % del subtotal ingresado en el paso 8. Esta es una deducción adicional del incentivo laboral.

Paso 10

Ingrese el saldo después de deducir el monto del paso 9 del monto del paso 8. Este es su ingreso contable percibido total. Los montos que figuran en los pasos 9 y 10 deberían ser los mismos.

CONSEJO: Por ejemplo, si su único ingreso es de $1,000 por trabajar como maestro y gasta $50 por mes en gastos laborales relacionados con las discapacidades (Impairment-Related Work Expenses, IRWE), su cálculo del paso 4 al 10 se ve así:

Paso 4: $1000

Paso 5: $1000 - $20 (deducción de cualquier ingreso) = $980

Paso 6: $980 - $65 (deducción de ingresos percibidos) = $915

Paso 7: $915 - $50 (IRWE) = $865

Paso 8: $865

Paso 9: $865 / 2 = $432.50

Paso 10: $432.50 (ingreso contable total)

Paso 11

Agregue el ingreso contable no percibido total (paso 3) y el ingreso contable percibido total (paso 10).

Paso 12

Deduzca cualquier pago mensual de prima por seguro médico, como el seguro de Medi-Gap, dental o de la visión. Esto incluye las primas de la Parte B de Medicare.

CONSEJO: Puede encontrar información adicional en la carta a los directores de bienestar de todos los condados

(ACWDL) N.o 01-18 del Departamento de Servicios de Salud (DHCS); planilla del grupo del Índice de Pobreza para Personas de la Tercera Edad y con Discapacidades, MC 176 AD (revisado en octubre de 2020).

Paso 13

Lo que sobra es el ingreso contable del individuo.

Planilla de A&D FPL en blanco para una persona
Paso 1 Ingreso no percibido total antes de cualquier deducción de Medicare u otras    
Paso 2 Menos deducción de $20 de cualquier ingreso -20.00  
Paso 3 Ingreso contable no percibido total    
Paso 4 Ingreso bruto percibido antes de cualquier deducción    
Paso 5 Menos el saldo de la deducción de $20 de cualquier ingreso del paso 2 anterior, si existe alguno    
Paso 6 Menos la deducción de $65 del ingreso percibido -65.00  
Paso 7 Menos cualquier gasto laboral relacionado con la discapacidad    
Paso 8 Subtotal    
Paso 9 Menos el 50 % del subtotal del paso 8 como deducción adicional del incentivo laboral    
Paso 10 Ingreso contable percibido total    
Paso 11 Sume el ingreso contable no percibido total (paso 3) y el ingreso contable percibido total (paso 10) para obtener el ingreso contable total    
Paso 12 Deduzca cualquier pago de prima por seguro médico, incluidas las primas de Medicare4    
Paso 13 Ingreso considerado para determinar si reúne los requisitos para el programa ABD FPL    

¿El monto que figura en el paso 13 es igual o menor a $1,801 en 2025? En caso afirmativo, usted reúne los requisitos para recibir los beneficios de Medi-Cal sin costo compartido.

  • 1. Cal.Welf. & Inst.Code § 14005.40. Carta a los directores de bienestar de todos los condados (ACWDL) N.o 00-57, 00-68, 01-18, 02-38, 23-03.
  • 2. CFR, título 20, artículo 416.1110(a); Sistema Manual de Operación de Programas (POMS) de Seguro Social SI 00820.100-C.1.
  • 3. Puede calcular cuál es su ingreso mensual actual según la declaración de impuestos de sus ingresos del año pasado, y la comparación entre el ingreso bruto ajustado del año anterior y los recibos brutos del año anterior. Si el año pasado su ingreso bruto ajustado fue el 50 % de sus recibos brutos (es decir, $20,000, basados en recibos de $40,000), al momento de determinar su ingreso del año actual, el Seguro Social asumirá que este año su ingreso bruto ajustado mensual será el 50 % de sus recibos totales.
  • 4. Si reúne los requisitos, el programa de Medi-Cal pagará la prima de la Parte B de Medicare en forma directa. Luego, recibirá un cheque del Seguro Social sin la deducción de Medicare.