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13 de abril de 2010

Asegúrese de que su Autoridad de Vivienda Pública solicite vales para personas discapacitadas que no son de edad avanzada

5,300 vales de vivienda para personas discapacitadas que no son de edad avanzada. Boletín de información n.° 307 (4/2010).

Muchos de ustedes recordarán el Boletín de Información publicado el 30/06/09 que anunciaba que el HUD había emitido una «Notificación propuesta» de $30 millones para 4,000 vales de vivienda para personas discapacitadas que no son de edad avanzada.

¡El HUD recibió 175 comentarios! Una respuesta magnífica. ¡Muchos de ustedes le escribieron al HUD! Muchos de los problemas de la Notificación propuesta (aunque no todos) se han eliminado o modificado.

El 7 de abril de 2009, el HUD y los CMS emitieron un comunicado conjunto en el que anunciaron una Notificación de Disponibilidad de Fondos (Notice of Funding Availability, NOFA). La cantidad de vales que estarán disponibles ha aumentado a 5,300 y ellos aportarán $40 millones. Haga clic aquí para ver la NOFA.

Estos vales se otorgarán en forma competitiva. Su Autoridad de Vivienda Pública debe solicitarlos para recibirlos. Pero aquí comienza la diversión. Ustedes –los defensores de las personas con discapacidades– deben asegurarse de que su Autoridad de Vivienda Pública los solicite antes del 7 de julio de 2010. El HUD planea anunciar los ganadores en octubre de 2010.

Hay dos categorías de vales: la Categoría 1 para 4,300 personas con discapacidades y la Categoría 2 para 1,000 personas con discapacidades que se encuentren en instituciones y que quieran vivir en la comunidad pero no puedan costearlo sin un vale. Las Autoridades de Vivienda Pública pueden presentar solicitudes para las dos categorías. La cantidad máxima de vales para las Autoridades de Vivienda dependerá de la cantidad de unidades de base que ya posean –es decir, las Autoridades de Vivienda más grandes pueden solicitar más vales que las pequeñas– así como de otros «requisitos mínimos».

El término familia discapacitada que no es de edad avanzada significa que la persona a cargo, el cónyuge o el miembro único de la familia es menor de 62 años y tiene una discapacidad. ¿Puede su Autoridad de Vivienda identificar a dichas familias en su lista de espera?

Una Autoridad de Vivienda puede utilizar los fondos de la Categoría 1 para personas que se encuentran en instituciones siempre y cuando se establezca una preferencia según su programa de vales de elección de viviendas. Los fondos de la Categoría 2 se destinarán únicamente a las familias que están haciendo la transición de una institución a la comunidad. Para las personas que podrían «correr el riesgo» de ingresar en una institución, el HUD establece que «Se alienta a las Autoridades de Vivienda Pública a que establezcan una preferencia para las familias que están en riesgo de institucionalización en la Categoría 1...»

Las personas que se encuentran en instituciones –es decir, quienes pertenecen a la Categoría 2– no son los electores naturales de las Autoridades de Vivienda Pública. Además, es probable que las personas que se encuentran en instituciones ni siquiera estén en la lista de espera de una Autoridad de Vivienda Pública. Por lo tanto, debe utilizarse un poco de esfuerzo creativo en esta categoría. La «Respuesta a los Comentarios Públicos» (Response to Public Comments) del HUD, que se encuentra en la dirección web que figura arriba, explica lo que pueden llevar a cabo las Autoridades de Vivienda para abordar este tema.

Los defensores de los discapacitados deben comunicarse inmediatamente con sus agentes de Medicaid estatales. Sus agentes de Medicaid estatales saben si hay una agencia estatal que pueda solicitar directamente vales de la Categoría 2. En caso de que así fuera, compruebe que esto realmente se esté llevando a cabo. Si no hubiera dicha agencia estatal, entonces sus agentes de Medicaid estatales (MFP y otros) deben establecer rápidamente una relación con las Agencias de Vivienda Pública locales. Probablemente, esto sea un procedimiento nuevo para sus agentes de Medicaid locales y las Agencias de Vivienda Pública.

No esperamos que sus Autoridades de Vivienda los reciban con los brazos abiertos (ni siquiera a su agencia de Medicaid estatal), porque solicitar dichos vales les demandará trabajo, esfuerzo y tiempo. Ofrézcase como voluntario para ayudarlos.

En varios Estados, creemos que sus agentes de Medicaid estatal no van a darle una cálida bienvenida, porque hace tanto que no se ocupan de liberar a personas con discapacidades de instituciones que dichos esfuerzos no son parte de su cultura. Cielos, liberar a la gente. Qué idea tan novedosa.

Sí, ¡nada es fácil! Tiene usted 90 días. Ya está pasando el tiempo. Hay defensores de los discapacitados en todo el país que lo ayudarán. Avísenos si necesita ayuda.

También le pedimos que guarde un registro de las personas con las que se haya comunicado, las fechas, lo que le dijeron, etc. Los recolectaremos después del 07/07/10.

Las ediciones anteriores de otros Boletines de información se encuentran disponibles en línea en http://www.stevegoldada.com a través de un archivo histórico consultable dividido en diferentes temas. Para comunicarse con Steve Gold directamente, escriba a stevegoldada@cs.com o llame al 215-627-7100.

-- Steve Gold, La odisea de la discapacidad continúa